Ejemplos ?
Dice asi:-En caso de imposibilidad de un alcalde (en el desempeño del juzgado de policía local) será subrogado según el órden de designación, por los otros, i a falta de éstos, para suplencia accidental i mientras se reúna la municipalidad, por el rejidor que el gobernador o subdelegado, en su caso, designare.
Artículo 16.- Cuando el Presidente de la Junta por enfermedad, ausencia del territorio de la República u otro grave motivo de carácter temporal no pudiere ejercer su cargo, será subrogado por el miembro titular de la Junta que le siga en el orden de precedencia.
126.- De la Subrogación.-Cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular.
(Enmendado en el 1976, ley 157) En los casos de transmisión o gravamen de un apartamiento proyectado y no comenzado a fabricar, se entenderá adquirida por el nuevo propietario, o gravada la participación que corresponde al transmitente, o en su caso, al deudor, en los elementos comunes del inmueble en proyecto y el derecho que tenga a que se le construya el apartamiento entendiéndose subrogado el adquirente en el lugar y grado de aquél, a todos los efectos legales.
1589.- El que paga sin conocimiento del deudor no tendrá acción sino para que éste le reembolse lo pagado; y no se entenderá subrogado por la ley en el lugar y derechos del acreedor, ni podrá compeler al acreedor a que le subrogue.
Artículo 17.- Si por las circunstancias expresadas en el inciso primero del artículo anterior, cualquiera de los integrantes de la Junta no pudiere ejercer su cargo, será subrogado por el Oficial General de Armas en servicio activo más antiguo en su respectiva institución, quien se integrará a la Junta en el cuarto orden de precedencia.
ASUNCION Artículo 74 El juez municipal de Faltas asumirá al cumplirse seis (6) meses desde el inicio de funciones de cada gobierno municipal, a fin de evitar la coincidencia con su elección. AUSENCIAS Artículo 75 El juez municipal de Faltas será subrogado de acuerdo con el orden del concurso original.
En el caso de ocupaciones temporales a que se refiere la Base 9 de esta Ley, si existiesen gravámenes hipotecarios a favor de las entidades oficiales mencionadas en la Base 1, el Estado abonará los intereses y demás cargas de los mismos estipuladas en los respectivos contratos, deduciendo su importe en cuanto sea posible de la renta reconocida al propietario. Si lo pagado por el Estado excediere de la renta, quedará él subrogado en los derechos del acreedor por el importe del exceso.
Si por no pagar el obligado, conforme al párrafo anterior, lo hiciere el legatario, quedará éste subrogado en el lugar y derechos del acreedor para reclamar contra aquél.
132.- Subrogación o encargo.-Cuando por disposición de la ley o por orden escrita de autoridad competente, un servidor deba subrogar a superiores jerárquicos que perciban mayor remuneración mensual unificada, recibirá la diferencia de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha en que se inicia tal encargo o subrogación y hasta por un máximo de sesenta días, sin perjuicio del derecho del titular.
Artículo 2352.- No obstante lo dispuesto en el artículo que precede, el donatario queda subrogado en todos los derechos del donante si se verifica la evicción.
El Comisariato responderá en todo caso, de la veracidad de las declaraciones estampadas en los documentos a que se refiere el artículo 35, aunque las especies consignadas se hayan perdido o deteriorado por caso fortuito o fuerza mayor, sin perjuicio de que pueda perseguir las indemnizaciones que procedan, a cuyo efecto se entenderá subrogado en los derechos del consignante, contra terceros responsables.