verbal


También se encuentra en: Sinónimos.

verbal

(Del lat. verbalis.)
1. adj. Que se refiere a la palabra o se sirve de ella.
2. Que se hace o estipula sólo de palabra y no por escrito tienen un contrato verbal. oral escrito
3. GRAMÁTICA Del verbo.
4. GRAMÁTICA Se aplica a las palabras que nacen o se derivan de un verbo.
Gran Diccionario de la Lengua Española © 2022 Larousse Editorial, S.L.

verbal

 
adj. Referente a la palabra o que se sirve de ella.
Que se hace de palabra y no por escrito.
gram. Díc. de la palabra que se deriva de un verbo.
Relativo al verbo.
ling. Díc. del sintagma cuyo núcleo es un verbo que suele abreviarse o simbolizarse por SV. Consta obligatoriamente de los elementos auxiliares del verbo (tiempo, número, persona, modalidad, etc.) y de constituyentes optativos de distintas funciones (sintagma nominal, complemento directo, etc.)
Diccionario Enciclopédico Vox 1. © 2009 Larousse Editorial, S.L.

verbal

(beɾ'βal)
abreviación
1. gráfico que se relaciona con las palabras o se sirve de ellas Los poemas son creaciones verbales.
2. que se hace o estipula de palabra un acuerdo verbal
3. gramática del verbo o relacionado con este tipo de palabras A los estudiantes les cuesta aprender las conjugaciones verbales.
Kernerman English Multilingual Dictionary © 2006-2013 K Dictionaries Ltd.
Sinónimos

verbal

adjetivo
Diccionario Manual de Sinónimos y Antónimos Vox © 2022 Larousse Editorial, S.L.
Traducciones

verbal

verbal

verbal

orale, verbale

verbal

verbale

verbal

verbale

verbal

verbale

verbal

verbal

verbal

λεκτική

verbal

口头

verbal

口頭

verbal

verbal

verbal

מילולית

verbal

구두

verbal

verbal

verbal

ADJ (gen) → verbal; [mensaje] → oral
Collins Spanish Dictionary - Complete and Unabridged 8th Edition 2005 © William Collins Sons & Co. Ltd. 1971, 1988 © HarperCollins Publishers 1992, 1993, 1996, 1997, 2000, 2003, 2005
Ejemplos ?
En una ocasión tuvo que cruzar la puerta y desplegó su banderín mientras pasaba un tren, a la vez que le hacía algún comunicado verbal al conductor.
Las faltas leves darán lugar a la imposición de sanciones de amonestación verbal, amonestación escrita o sanción pecuniaria administrativa o multa.
378.- Si la amenaza hecha con orden y bajo condición ha sido verbal, el culpado será reprimido con prisión de uno a seis meses y multa de cuarenta sucres.
64.- Potestad sancionadora.- La máxima autoridad del establecimiento educativo ejercerá la potestad sancionadora al personal docente que le atribuya la presente ley, y demás normativa, de acuerdo con la faltas cometidas; respetando el debido proceso y el derecho a la defensa. Las sanciones que imponga la máxima autoridad de la unidad educativa son: a. Amonestación verbal; b. Amonestación escrita; y, c.
43.- Sanciones disciplinarias.- Las sanciones disciplinarias por orden de gravedad serán las siguientes: a) Amonestación verbal; b) Amonestación escrita; c) Sanción pecuniaria administrativa; d) Suspensión temporal sin goce de remuneración; y, e) Destitución.
43.- Sanciones disciplinarias.-Las sanciones disciplinarias por orden de gravedad son las siguientes: a) Amonestación verbal; b) Amonestación escrita; c) Sanción pecuniaria administrativa; d) Suspensión temporal sin goce de remuneración; y, e) Destitución.
La amonestación verbal se aplicará por faltas leves, según lo determine el reglamento institucional 12 de personal. La amonestación escrita se impondrá cuando el servidor haya merecido durante un mismo mes calendario dos o más amonestaciones verbales y en los demás casos, las sanciones se impondrán de acuerdo a la gravedad de las faltas y de conformidad a los reglamentos institucionales de personal.
En estricto apego a las normas de actuación antes expuestas, y como paso inicial, presentamos al Gobierno de Guatemala una protesta verbal, la que rechazó parcialmente; y después una protesta escrita que fue rechazada en su totalidad.
52.- Ninguna persona, natural o jurídica, podrá alegar en estrados ni exponer ningún asunto en forma verbal ante la Corte Plena, si no es en asuntos jurisdicciones que le competan.
Artículo adicionado DOF 10-12-2004 Artículo 33 Quáter.- El que haya recibido orden de arresto, deberá comunicar al superior de quien dependa así como al que se la impuso, el inicio y término de su cumplimiento. Los Generales, Jefes y Oficiales lo harán por escrito y la Tropa de forma verbal.
La autoridad competente para conocer un asunto determinado se designará teniendo en cuenta las funciones de los organismos y las características de las diferencias en disputa, de conformidad al siguiente procedimiento: 1°) Recibida la solicitud por parte de la unidad o funcionario inconforme, la AGU mediante acuerdo señalará la sesión plenaria en que dará audiencia verbal a las partes interesadas...
VI.- La traducción a otros idiomas, la variación ortográfica caprichosa o la construcción artificial de palabras no registrables; : :VII.- Las que reproduzcan o imiten, sin autorización, escudos, banderas o emblemas de cualquier país, Estado, municipio o divisiones políticas equivalentes, así como las denominaciones, siglas, símbolos o emblemas de organizaciones internacionales, gubernamentales, no gubernamentales o de cualquier otra organización reconocida oficialmente, así como la designación verbal de los mismos...