Derecho y salud
Por Diego Valadés , Ingrid Brena , Carlos Campillo y
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Diego Valadés
Escritor. Entre sus obras destacan La región más transparente, Aura, La muerte de Artemio Cruz y Terra Nostra, además de varias colecciones de ensayos. Aficionado al cine, escribió guiones de películas como El gallo de oro, en colaboración con Gabriel García Márquez y Roberto Gavaldón, y Los caifanes. Fue embajador de México en Francia de 1975 a 1977. Entre otras distinciones, recibió el Premio Xavier Villaurrutia, el Premio Cervantes y el Príncipe de Asturias. Ingresó a El Colegio Nacional el 17 de octubre de 1972.
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Derecho y salud - Diego Valadés
Primera edición: 2020
Primera edición digital: 2020
D. R. © 2020. El Colegio Nacional
Luis González Obregón 23
Centro Histórico
06020, Ciudad de México
ISBN: 978-607-724-368-7 El Colegio Nacional
ISBN: 978-607-30-2947-6 UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas
ISBN digital: 978-607-724-382-3 El Colegio Nacional
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ÍNDICE
Consideraciones en torno al pensamiento
jurídico contemporáneo
Diego Valadés ix
Presentación
Ingrid Brena xv
Las personas con trastornos mentales a la luz de la salud
pública, los derechos humanos y la discapacidad
Carlos Campillo
La justiciabilidad del derecho a la salud en México
y en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Rodrigo Gutiérrez Rivas
El derecho al envejecimiento saludable en México
Luis Miguel F. Gutiérrez Robledo
Algunas experiencias inherentes a la aplicación
de estas áreas del conocimiento
Guillermo Soberón
Pendientes en salud reproductiva en México
Regina Tamés
Consideraciones en torno al pensamiento jurídico contemporáneo
El derecho es uno de los más complejos fenómenos sociales. Al examinar sus funciones se advierte que igual acompaña los cambios en la vida de una comunidad que los propicia, los retrasa o los deforma.
Se sabe que la norma obliga, prohíbe, permite o premia conductas; sin embargo, hay ocasiones en que la rapidez de los procesos sociales, en especial los asociados con la tecnología y la innovación, parecen anticiparse a su regulación formal. Llega a suceder que las conductas resultantes de nuevas formas de interrelación dan la impresión de desbordar los marcos normativos aplicables. En un sentido inverso, ocurre que a partir de la norma se generan nuevas condiciones de organización y de relación, o se sustituyen de manera deliberada formas de comportamiento antes aceptadas. Aun cuando la plenitud del ordenamiento jurídico hace suponer que no existen vacíos legales, la realidad, en particular cuanto concierne a los desarrollos científicos y tecnológicos, indica otra cosa.
El derecho no es por sí solo un vehículo de cambio ni una causa de estancamiento. Puede ser utilizado como un factor conservador para reprimir cambios o como un elemento dinamizador que los desencadena. Hay una tensión continua entre ambas posibilidades que se resuelve conforme a las decisiones que en cada caso toman los Estados, en especial al establecer sus normas básicas o constitucionales, pues ahí residen los principios que vertebran el resto del ordenamiento. En casos concretos esos principios llegan a colidir y en su desarrollo legislativo y reglamentario pueden contener soluciones o desencadenar consecuencias contradictorias.
El análisis de las normas permite identificar su significado en tanto que reglas susceptibles de aplicación coactiva. Quienes se interesan por contrastar el enunciado normativo con la normalidad social siguen otra vía de estudio. Los métodos analítico y sociológico permiten verificar los diferentes aspectos del ordenamiento. Hay quienes indagan otros elementos, como el nexo entre la norma y los valores éticos, y una forma más de ver el derecho es en su relación con el entorno cultural, pues aquí es donde se advierten de manera más clara los efectos sinérgicos entre el universo normativo y el universo normado.
Ahora bien, el derecho es una técnica de organización institucional, por lo que hay que prestar especial atención al diseño aplicado en cada caso. Las mismas normas tienen consecuencias diferentes en contextos distintos y provocan efectos de magnitud variable según el diseño completo de cada ordenamiento. El margen de decisión de los órganos competentes en cuanto a las disposiciones jurídicas del Estado está relacionado con la calidad y la eficacia delas instituciones, con la materia que se regula y con los interesesde los sujetos a regular. Un mismo Estado adopta diferentes enfoques o dispone de distintas capacidades de acción en sus diversas etapas históricas.
En ese punto debe tenerse presente que la soberanía de los Estados no es, ni ha sido nunca, un atributo absoluto. Los condicionamientos que relativizan el poder del Estado mudan de intensidad según la posición y la dimensión de otros procesos de poder internos o externos. El Estado constitucional sólo dispone del monopolio del poder coactivo, pero no monopoliza el poder total.
La soberanía es un constructo que permite identificar uno de los elementos del Estado. Con frecuencia se incide en el equívoco de entenderla como un poder único e ilimitado, pero en el universo de las instituciones jurídicas y políticas no existe la absolutidad, por eso los procesos legiferantes están sujetos a una gama de factores que incluye ideologías, intereses, corrientes de opinión, compromisos, acuerdos, inercias, exigencias y expectativas a los que obedecen quienes dictan cada regla por las vías legislativa, jurisprudencial o administrativa, en un lugar y en un momento determinados. Enla creación normativa no existen la neutralidad de los agentes ni la potestad exclusiva y suprema de los legisladores.
Además, el derecho tiene un alto grado de plasticidad que lo mismo lo hace un instrumento progresivo que regresivo, liberador que represor, concentrador o descentralizador. Catalogar las normas conforme a alguna de esas o de otras categorías no significa que el correspondiente ordenamiento jurídico sea homogéneo. Santi Romano concebía el ordenamiento como un sistema de normas concatenadas entre sí lógicamente
, aunque estuviera formado por trozos
y de manera imperfecta,¹ por lo que se puede constatar que en cualquiera que se analice son identificables los elementos dominantes, pero sin que en todos los casos exista una coherencia sistémica que lo ponga a salvo de antinomias y hasta de aporías. El ordenamiento, en un sentido descriptivo, es el conjunto de normas e instituciones vigentes y válidas en un Estado.
Todo lo anterior viene a propósito del gran tema que inspira la colección de estudios de la que forma parte este volumen. Al examinar las principales corrientes de pensamiento en diferentes disciplinas jurídicas, se pretende identificar cuáles son los rumbos que la doctrina, la legislación y la jurisprudencia han seguido para responder a las necesidades del tiempo presente y, en muchos casos, para anticipar las del futuro previsible. Esas demandas actuales o potenciales corresponden lo mismo a las de equidad, justicia o democracia que a las de organización administrativa, prestación de servicios, fiscalidad, utilización de los recursos naturales o desarrollo general. Todo esto, por otra parte, es regulado por normas defuente nacional e internacional, con la tendencia al incrementode estas últimas. Las áreas jurídicas en las que inciden esas demandas son