Generalidades del derecho migratorio mexicano
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Generalidades del derecho migratorio mexicano - Edith Roque Huerta
Índice
Prólogo
Introducción
Breves antecedentes
Generalidades del derecho migratorio mexicano
De los extranjeros
Marco jurídico
Regulación migratoria
Control migratorio
Procedimientos migratorios
Protección a grupos vulnerables
Referencias
Abreviaturas
Glosario
Anexos
Autora
Prólogo
La dinámica migratoria es un fenómeno de relevancia global que trasciende fronteras y culturas, impactando profundamente a individuos, sociedades y naciones. México, como país de origen, estancia, tránsito y destino de migrantes, despliega un papel esencial en este complejo escenario. La obra que tiene el lector entre manos, Generalidades del derecho migratorio mexicano, surge como una guía fundamental para adentrarse en este campo multifacético del derecho.
En un mundo interconectado, donde las fronteras son cada vez más permeables y los flujos migratorios se han convertido en un fenómeno trascendental, el derecho migratorio emerge como una disciplina esencial; no solo es una obra de referencia para estudiantes, profesionales y académicos en la materia, sino también una guía fundamental para comprender y abordar uno de los desafíos más relevantes de nuestro tiempo.
El fenómeno migratorio, en sus diversas modalidades, ha dejado de ser una realidad aislada y ha adquirido protagonismo central en la agenda global. México, en su posición geográfica estratégica, se encuentra en el epicentro de este escenario. Las dinámicas de movilidad humana, ya sea por motivos económicos, políticos, sociales o familiares, tienen un impacto directo en nuestra sociedad y en la vida de millones de personas, tanto nacionales como extranjeras.
El derecho migratorio es una disciplina legal de creciente relevancia en el contexto global contemporáneo, se presenta como un complejo tejido de normativas y prácticas que regulan la movilidad de personas a través de las fronteras nacionales. En este contexto, el derecho migratorio se erige como un pilar fundamental para garantizar los derechos y los deberes de los migrantes, así como para regular el flujo de personas a través de nuestras fronteras. Este campo multifacético abarca diversas áreas, y en su esencia, se clasifica en cuatro pilares fundamentales: regulación migratoria, control migratorio, verificación migratoria y atención a grupos vulnerables.
La regulación migratoria constituye el marco legal que establece las bases para la entrada, la permanencia y la salida de extranjeros en un país. Esta parte del derecho migratorio define los visados, los permisos de trabajo y otras condiciones que rigen la estadía de personas de distintas nacionalidades en un territorio.
Por otro lado, el control migratorio se refiere a los mecanismos y los procedimientos empleados para supervisar y regular el flujo de personas a través de las fronteras. Comprende la seguridad en los puntos de entrada y salida, la verificación de documentos, así como los procesos de detección, aseguramiento y custodia de personas en situación migratoria irregular.
La verificación migratoria se encarga de garantizar que las personas extranjeras cumplan con las condiciones y los requisitos establecidos por la regulación migratoria. Esta fase implica la revisión y la validación de la documentación, así como la verificación de la legalidad de la estadía y las actividades de los extranjeros en el país de destino.
Finalmente, la atención a grupos vulnerables se enfoca en la protección y la asistencia de aquellos migrantes que enfrentan situaciones de vulnerabilidad. Esto incluye refugiados, solicitantes de asilo, víctimas de trata de personas y personas apátridas, entre otros. La atención a estos grupos involucra programas institucionales, procedimientos de reconocimiento de estatus y medidas para garantizar su bienestar y seguridad.
El derecho migratorio, en su conjunto, representa un campo que aborda cuestiones profundamente humanas: la búsqueda de oportunidades, la huida de la persecución, la reagrupación familiar y la lucha contra la explotación y el tráfico de personas. La aplicación justa y equitativa de estas leyes y prácticas es esencial para garantizar que los derechos fundamentales de todos los individuos, sin importar su origen, sean respetados y protegidos.
Este libro se adentra en cada uno de estos pilares, desglosando las normativas, los procedimientos y las implicaciones que conforman el derecho migratorio en sus diversas dimensiones. Ofrece una brújula esencial para estudiantes, profesionales del derecho, académicos y todas las personas interesadas en comprender y analizar este complejo campo, que tiene un impacto profundo en la vida de millones de personas en todo el mundo.
A medida que nos adentramos en las páginas de esta obra, es fundamental recordar que el derecho migratorio es un reflejo de los valores y las prioridades de una sociedad. El cómo abordemos estos desafíos y oportunidades en el ámbito migratorio reflejará nuestra capacidad como sociedad para construir un mundo más justo, inclusivo y humanitario. Este libro es una herramienta esencial para aquellos que desean comprender y contribuir a la construcción de un sistema migratorio que respete la dignidad y los derechos de todos los individuos, sin importar su nacionalidad o condición; representa un llamado a la reflexión y la acción. El derecho migratorio es un reflejo de nuestra capacidad como sociedad para abordar los desafíos y oportunidades que ofrece la movilidad humana en el siglo xxi. Está en nuestras manos garantizar que la migración se gestione de manera justa y equitativa, y que los derechos de todos los individuos sean respetados por todas las personas.
Se alza como una brújula esencial en un mar de regulaciones y realidades migratorias, esperando servir como faro para todos aquellos que deseen comprender, analizar y navegar con conocimiento y comprensión en el complejo entramado del derecho migratorio mexicano.
Introducción
La migración es un fenómeno global que moldea sociedades, economías y culturas en todo el mundo y que no conoce fronteras. México, en su posición geográfica estratégica y su historia de migración, desempeña un papel central en este escenario. Generalidades del derecho migratorio mexicano es una obra concebida como una guía esencial para comprender y analizar el marco legal y las prácticas que regulan la movilidad de personas en y a través de las fronteras mexicanas.
El derecho migratorio consiste en el conjunto de disposiciones jurídicas pertenecientes al ámbito del derecho público, destinadas a regular el movimiento internacional de personas, tanto nacionales como extranjeras; determina las condiciones y los requisitos para el ingreso, la estancia y la salida de extranjeros del territorio de un Estado, como su emigración y repatriación de nacionales. Está estrechamente vinculado con áreas como el derecho de asilo, el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
El panorama de las políticas migratorias ha experimentado transformaciones significativas a raíz de la globalización, el incremento de la movilidad humana, la seguridad nacional y transfronteriza, lo cual obliga a México a gestionar una regulación y unas políticas migratorias mediante las cuales se equilibre la seguridad nacional y el control de sus fronteras con el respeto a los derechos humanos de los migrantes, en consonancia con los compromisos internacionales. Esta obra aborda aspectos específicos del derecho migratorio mexicano, enfocada en la migración de destino, es decir de las personas extranjeras que ingresan a territorio nacional con la intención de permanecer de forma temporal o definitiva.
Desde una mirada de los principales antecedentes históricos hasta cuestiones contemporáneas de seguridad, regulación y protección de grupos vulnerables, la migración, cual río incesante que cruza fronteras y culturas, constituye uno de los fenómenos más trascendentales y transformadores de nuestro tiempo. En un entorno global donde la información y las personas fluyen a velocidades insospechadas, la comprensión y la gestión de la migración se convierten en imperativos ineludibles para gobiernos, sociedades y comunidades. Es en esta intersección de realidades que México, con su posición geográfica estratégica, se alza como un epicentro de reflexión y acción en el ámbito migratorio.
En 2022, se estimó que el total de extranjeros con alguna condición de estancia fue de 39, 535, 631.
El derecho migratorio mexicano se presenta como un mosaico de regulaciones y prácticas, articulando un compendio legal que aborda cuatro pilares fundamentales: la regulación migratoria, el control migratorio, la verificación migratoria y la protección a grupos vulnerables, que se desglosan en el siguiente capitulado.
El primer capítulo, titulado Breves antecedentes
, nos llevará en un viaje a través del tiempo para comprender cómo ha evolucionado el derecho migratorio en México y cómo se ha adaptado a los desafíos cambiantes a lo largo de la historia.
En el segundo capítulo, Generalidades del derecho migratorio mexicano
, exploraremos los fundamentos de la política migratoria en México, los flujos migratorios que atraviesan el país y los aspectos clave relacionados con la entrada, la estancia y la salida de extranjeros.
El tercer capítulo, De los extranjeros
, nos adentrará en los aspectos constitucionales, los derechos, las obligaciones, la retención de documentos, la naturalización y las implicaciones de la pérdida de nacionalidad mexicana por naturalización.
El cuarto capítulo, Marco jurídico
, se centrará en las normativas nacionales e internacionales que regulan el derecho migratorio, el principio de legalidad y las diversas autoridades involucradas en la aplicación de estas leyes.
El quinto capítulo, Regulación migratoria
, abordará la conceptualización de la regulación migratoria, la discrecionalidad en su aplicación y las condiciones migratorias, incluyendo los visados y la preservación de la unidad familiar.
En el sexto capítulo, Control migratorio
, nos adentraremos en los mecanismos y los procedimientos utilizados para supervisar y regular el flujo de personas en los puntos de entrada y salida del país, así como en los puntos terrestres.
El séptimo capítulo, Verificación migratoria
, explorará la diferencia entre control y verificación migratoria, los procedimientos de detección, aseguramiento, custodia y las implicaciones legales de estos procesos.
En el octavo capítulo, Procedimientos migratorios
, abordaremos los acuerdos de readmisión, los recursos administrativos, el juicio de nulidad, el juicio de amparo y las consecuencias de la violación de los derechos humanos.
Finalmente, el noveno capítulo, Protección a grupos vulnerables
, se centrará en la atención de personas en situación de vulnerabilidad, programas institucionales, refugiados, asilados políticos, protección complementaria, apatridia y trata de personas.
A lo largo de este libro, se proporcionará una visión completa de los aspectos legales, procedimientos y desafíos que caracterizan al derecho migratorio mexicano. Se explorarán conceptos clave, se analizarán casos prácticos y se brindarán herramientas para comprender el funcionamiento de un sistema legal que impacta profundamente la vida de millones de personas en México y más allá.
Esta obra busca servir como una referencia indispensable para estudiantes, profesionales del derecho, académicos y todas las personas interesadas en comprender y contribuir a la construcción de un sistema migratorio que respete la dignidad y los derechos de todos los individuos, sin importar su origen o condición. Con este enfoque, les invitamos a embarcarse en un viaje a través del derecho migratorio mexicano y descubrir sus matices y complejidades en las páginas que siguen.
En un contexto donde la migración es a la vez un derecho humano y un desafío complejo para la sociedad, este libro se alza como una brújula esencial. Invita a la reflexión sobre la implementación justa y equitativa de las leyes y prácticas migratorias, señalando la importancia de respetar los derechos fundamentales de todas las personas, independientemente de su origen o condición.
A través de este libro, extendemos una invitación a explorar y sumergirse en un dominio que sobrepasa las barreras geográficas y culturales, y que demanda un entendimiento sólido e informado para encarar con éxito los desafíos y las oportunidades que la migración plantea en el siglo xxi.
Breves antecedentes
Los antecedentes de la legislación migratoria en México se remontan al periodo de la Independencia y han evolucionado a lo largo del tiempo, adaptándose a las necesidades y a las circunstancias políticas, sociales y económicas del país. A continuación, se desglosa la cronología de algunos de los eventos y decretos clave en la legislación migratoria mexicana:
Decreto de Gobierno: Acta de Independencia, 6 de octubre de 1821. (inm, 2000). El proceso de independencia de México trajo consigo el inicio de una nueva nación y, por ende, la necesidad de regular la situación de los extranjeros que se encontraban en el territorio. Aunque el Acta de Independencia no abordó específicamente cuestiones migratorias, marcó el inicio de la soberanía de México como Estado.
Decreto de Gobierno: Proclamación de la Independencia de México, 6 de octubre de 1821. Al igual que el Acta de Independencia, este decreto no trataba sobre cuestiones migratorias directamente; sin embargo, la independencia generó la necesidad de establecer medidas para la seguridad del país y el establecimiento de su gobierno.
Orden de prohibición para clasificar ciudadanos, 17 de septiembre de 1822; fue un documento clave que promovió la igualdad de derechos y no discriminación entre los ciudadanos mexicanos, incluyendo a los extranjeros residentes en el país. Aunque no se enfocaba específicamente en temas migratorios, su espíritu de igualdad y protección de los derechos de todos los ciudadanos sentó las bases para futuras legislaciones migratorias en México.
Decreto sobre Colonización, 18 de agosto de 1824. Este decreto ofreció a los extranjeros la posibilidad de establecerse en México, siempre y cuando respetaran las leyes del país; gozarían de seguridad jurídica para sus propiedades e integridad física. Fue uno de los primeros intentos para atraer población extranjera al territorio mexicano.
Decreto de Gobierno: Medidas para la seguridad de la República, 23 de diciembre de 1824; contenía disposiciones que afectaban a los extranjeros residentes en México, especialmente en relación con la obtención de la ciudadanía y el control de la inmigración. Estas medidas contribuyeron a sentar las bases para futuras regulaciones migratorias en el país.
Ley de Expulsión de Españoles de 1827 y 1829 y su reglamento. En este periodo postindependencia, se promulgaron leyes que buscaban expulsar a los ciudadanos españoles residentes en México, debido a conflictos políticos y tensiones con la antigua potencia colonial.
Ley sobre la Expulsión de Extranjeros No Naturalizados de 1832. Esta ley buscó limitar la permanencia de extranjeros no naturalizados en México, estableciendo restricciones y mecanismos para su expulsión.
Decreto de Gobierno: Libertad de españoles por los Tratados de Córdoba y Plan de Iguala, 1842. Aseguraba la libertad y la protección de los españoles residentes en México, en concordancia con los acuerdos previamente establecidos en los Tratados de Córdoba y el Plan de Iguala. Fue una medida importante para mantener la estabilidad y la seguridad en el país después de la independencia.
Decreto de Gobierno: Derechos y Obligaciones de los Mexicanos, 1842. Se contribuyó a la consolidación de los derechos y los deberes de los ciudadanos mexicanos, lo que tuvo implicaciones para la regulación de la ciudadanía y la naturalización de extranjeros en el país en las futuras leyes y decretos migratorios.
Decreto de Gobierno: Naturalización de Extranjeros, 1846. Establecía los procedimientos y los requisitos para que los extranjeros pudieran obtener la ciudadanía mexicana por naturalización, fomentando así su integración y participación activa en la sociedad del país.
Decreto sobre Extranjería y Nacionalidad de los Habitantes de la República Mexicana del 30 de enero de 1854. Estableció que los extranjeros no gozarían de derechos políticos, no podrían obtener beneficios eclesiásticos, tampoco podrían ejercer la pesca en las costas mexicanas, ni practicar el comercio por medio de sus buques mercantes; igualmente, no podrían obtener cargos municipales, ni otros similares en el estado.
Decreto de Gobierno: Pasaportes, 1854. Regulaba el uso y la expedición de pasaportes, estableciendo un sistema para controlar los movimientos de personas dentro y fuera del territorio nacional. Este decreto buscaba proteger la soberanía del país y brindar seguridad y control en los viajes de sus ciudadanos y extranjeros que ingresaban o salían del país.
Ley de Matriculación de Extranjeros del 16 de marzo de 1861. Se instauró un registro para matricular a los extranjeros ante la Secretaría de Estado y el Despacho de Relaciones Exteriores, a efecto de hacer constar su nacionalidad y gozar de los derechos que les concediesen las Leyes y los Tratados que México hubiese firmado con sus respectivas naciones.
Correspondencia sobre la ruptura de Relaciones Diplomáticas con los Estados de Europa, 1867. Fue una serie de comunicaciones oficiales que marcaron la ruptura de relaciones diplomáticas entre México y las naciones europeas que habían intervenido en el país durante la Segunda Intervención Francesa. Esta correspondencia fue un reflejo del proceso de restauración de la República mexicana y la reafirmación de su soberanía e independencia frente a la intervención extranjera.
Circular de la Secretaría de Gobernación: Medidas para prevenir la invasión del cólera asiático, 1885.
Ley de Extranjería y Naturalización del 20 de mayo de 1886. Incorporó el derecho de los extranjeros para radicar en el país. Asimismo, dispuso que los extranjeros gozaran de los derechos civiles y garantías otorgadas por la Constitución mexicana de la misma manera que los nacionales, salvo la facultad del gobierno para deportar a extranjeros perniciosos
.
Decreto del Congreso: No pérdida de nacionalidad de mexicanos en el extranjero, 1891. Fue una medida legislativa que buscaba proteger la nacionalidad mexicana de aquellos ciudadanos que vivían en el extranjero, asegurando que mantuvieran sus derechos y lealtad a México. Esta medida reflejaba el interés del Congreso por fortalecer la identidad nacional y proteger los derechos de los mexicanos, incluso fuera de las fronteras del país.
Ley de Inmigración, 22 de diciembre de 1908. Esta ley estableció restricciones para la admisión de extranjeros en México, incluyendo motivos de salud pública. Además, determinó que los extranjeros con residencia de más de tres años sin ausencias serían tratados de manera similar a los ciudadanos mexicanos.
Ley de Migración, marzo de 1926. Esta ley tipificó por primera vez como delito el tráfico de indocumentados, creó un Registro de Extranjeros y Nacionales, y reguló la salida de trabajadores mexicanos al extranjero. Marcó un hito en la regulación migratoria del país.
Ley de Migración, 30 de agosto de 1930. Fue promulgada una nueva Ley de Migración que recogió buena parte del espíritu de la anterior y simplificó muchos de sus procedimientos. Dicha ley dividió el servicio de migración en central, a cargo del Departamento de Migración de la Secretaría de Gobernación, de puertos y fronteras, e interior y exterior.
Ley General de Población, agosto de 1936. Se promulgó para regular los asuntos migratorios y los relativos al turismo, la demografía y la identificación y el registro de personas. También se creó la Dirección General de Población dentro de la Secretaría de Gobernación.
Ley General de Población. En diciembre de 1947, se promulgó una nueva Ley General de Población que prevaleció hasta 1974, que estableció las tres calidades migratorias hasta ahora vigentes: No Inmigrante, Inmigrante e Inmigrado, y circunscribió el Registro Nacional de Extranjeros a las dos últimas calidades. Simplificó los requisitos de internación para inversionistas, técnicos, peritos o personal especializado. Por último, dispuso el establecimiento de estaciones migratorias.
Ley General de Población del 7 de enero de 1974. Esta ley introdujo las categorías migratorias de No Inmigrante, Inmigrante e Inmigrado, estableciendo los criterios para su otorgamiento y los requisitos para la internación y permanencia en México.
En julio de 1977, la Dirección General de Población se transformó en Dirección General de Servicios Migratorios, como el antecedente más inmediato del Instituto Nacional de Migración. En 1990 se adicionaron las características migratorias de refugiados y asimilados a la Ley General de Población, con lo cual se dio respuesta efectiva al refugio de guatemaltecos que se registró en la frontera sur de México desde finales de los años setenta y hasta mediados de los años noventa.
El 19 de octubre de 1993 fue creado el Instituto Nacional de Migración, el cual tiene por objeto la planeación, la ejecución, el control, la supervisión y la evaluación de los servicios migratorios, al igual que las relaciones de coordinación con las diferentes dependencias de la Administración Pública Federal que concurrieran en la atención y la solución de los asuntos relacionados con la materia.
Ley General de Población, reforma de 1996.
Ley de Migración del 25 de mayo de 2011. Esta ley fue una de las últimas reformas importantes en la legislación migratoria mexicana y buscó actualizar y fortalecer la regulación de los flujos migratorios en el país.
Generalidades del derecho migratorio mexicano
Los escenarios o agentes generadores de los procesos migratorios son: políticos, bélicos, económicos, sociales, fenómenos naturales y religiosos.
El Estado mexicano garantizará a toda persona extranjera el ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Constitución, en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano y en las disposiciones jurídicas aplicables, con independencia de su situación migratoria.
En el caso de niñas, niños y adolescentes migrantes se garantizarán, de manera adicional a lo establecido en el párrafo anterior, los derechos y principios establecidos en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y su Reglamento, incluyendo el de la no privación de la libertad por motivos migratorios. (Artículo 6o, Ley de Migración, 2022)
De conformidad con la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación, se estableció que de enero a junio de 2023 se tienen reportadas las siguientes estadísticas en territorio mexicano (Unidad de Política Migratoria, s.f.):