Ambas cuestiones fueron tratadas de un modo interesante, y teniendose por inconducentes las objeciones relativas á esta clase de establecimientos estando ya verificado el de Chile, la discusion se reduxo fundamentalmente á los medios de impedir que el goze de las prerrogativas de aquella Legion en este territorio pudiese cruzar en algun sentido la accion de nuestras leyes y ordenanzas militares sobre todos los subditos del Estado, manifestandose en todo lo demas por los Señores Diputados el mas vivo desee de conciliar con esta necesaria limitacion todas las consideraciones debidas á la Antoridad Suprema, é ilustre.
Otros, de los que tienen el prurito de averiguar el porque de todas las cosas, se han empeñado en saber el porque de la tal órden general.¿Porque se abrirán ahora las cartas en los correos?, este fué el grande asunto, que agitó por algunos dias á los oradores de la Calle-ancha, y ocupó muchos mas á los de las Cortes. En las Cortes se trató solemnemente: hubo aquello de proposicion, admision discusion, votacion....
51° Luego que la Cámara abra sus sesiones deberá el Ministro presentarle una memoria detallada del estado de la Provincia en los negocios de su respectivo ramo. 52° Puede el Secretario concurrir á las sesiones de la Cámara, tomar parte en la discusion; pero no votar.
G.-REGULACION DE LA FACULTAD PRESIDENCIAL DE DICTAR REGLAMENTOS DE NECESIDAD Y URGENCIA Y PROCEDIMIENTOS PARA AGILIZACION DEL TRAMITE DE DISCUSION Y SANCION DE LAS LEYES.
Desde que se presentó el proyecto al congreso hasta que fué lei de la República trascurrió un largo espacio de tiempo, -no porque se la hubiese sometido a una detenida discusion, que se contrajo casi esclusivamente a los puntos mas importantes tales como la base de los mayores contribuyentes, el voto acumulativo, etc.,-sino porque mirada con cierto recelo por una fraccion del senado, permaneció en la carpeta de la cámara por mucho tiempo.
M. B., no obstante la discusion pendiente. Éste esclarecimiento era tanto mas necesario, cuanto que el Gobierno de las Provincias Unidas, no habia recibido en aquella fecha anuncio alguno ó notificacion de este suceso tan original como imprevisto, sin lo que le daba el hecho mismo de la llegada á Buenos Aires el 15 del citado Enero, de su guarnicion y súbditos espedidos de esta manera sorprendente; ni su legacion en esta córte tenia otra idea de las intenciones del Gobierno de S.
l Soberano Congreso Nacional de las Provincias Unidas del Rio de la Plata ha sancionado y accedido á la incorporacion de individuos de aquel Estado en la Legion de Mérito de Chile como consta de las sesiones siguientes: Aprobada la acta antecedente, se puso en discusion el reglamento de la Legion de Mérito de Chile en la parte que respecta á los gefes, y demás militares dependientes de este Gobierno; siendo la consulta del Supremo Director, si los indicados gefes, oficiales, y soldados podrán aceptar la condecoracion con que se les distingue en dicho reglamento respectivamente, y si las gracias exenciones y prerrogativas, que goza la Legion en Chile, podrán gozarse tambien dentro de este territorio.
Si él disiente, reconsiderada la materia, los cinco votos unánimes podrán sancionar la necesidad de la reforma; y se procederá á hacerla con cuatro votos de los cinco. 122. Si en la nueva discusion no se conformasen los cinco votos unánimes quedará el proyecto desechado. 123.
Pueblo de Chile, cuyos afectos é intereses estan ligados tan intimamente con los nuestros, y la proteccion que demandan los relevantes méritos de aquel egército auxiliar. La discusion terminó por el acuerdo siguiente.
"Que sobre estas condiciones haga el Director las observaciones y reparos que juzgue convenientes, y las pase al Congreso; y que en caso de no ocurrirle ningun reparo conteste al Director de Chile en conformidad á ellas." Concluida la lectura se puso en discusion este proyecto, y habiendose pueste al primer artículo la dificultad de que siendo la banda en este Estado una divisa particular de la Suprema Magistratura, era inconciliable con esta calidad el uso de ella en los términos concedidos en el decreto ereccional á los grandes Oficiales convino la sala despues de algunas observaciones en que se reformase el primer artículo, y la reforma acordada fue: Que los Grandes Oficiales dentro de este territorio usen la banda debajo de la casaca .
La urjencia que se reclamaba en su despacho cuando se lograba ponerla en discusion, urjencia que decia con los jenerales i vehementes deseos de efectuar la próxima eleccion bajo su imperio, fué causa de que, descuidando sus detalles, quedasen en ella algunos vacios que llenar, algunas deficiencias que salvar.
respecto de las Islas Malvinas, que la que un jefe de este Departamento de Negocios Estrangeros le habia dado verbalmente, indicándole que se iban á espedir instrucciones sobre la discusion, al nuevo Ministro Mr.