Papers by Sebastián Navia Ramírez
En los últimos años se viene produciendo una demanda y un uso creciente de procedimientos de seda... more En los últimos años se viene produciendo una demanda y un uso creciente de procedimientos de sedación para la práctica de diversos tratamientos odontológicos, lo que han dado lugar a un debate sobre los requisitos de seguridad referentes a la formación de los facultativos, las condiciones de las instalaciones y los tipos de procedimientos de sedación que cabe realizar en las clínicas o consultorios dentales autorizados conforme al epígrafe C.2.5.1 del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. A este respecto, de acuerdo con la bibliografía científica internacional consultada y el asesoramiento recibido de diversos expertos y de Sociedades científicas, la Asamblea General del Ilustre Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España, en su reunión de 27 de junio de 2008, ha adoptado por unanimidad la siguiente Declaración, que se registra con el número de orden AA08/2008: 1. Niveles de sedación en Odontología Los procedimientos clínicos odontológicos en las clínicas o consultorios dentales ordinarios se pueden beneficiar de las técnicas "sedación consciente" en los niveles de: • "Sedación mínima" o "ansiolisis", mediante: § el uso de fármacos administrados por vía oral o § sedación inhalatoria con oxido nitroso • Sedación Moderada, mediante la administración de fármacos por vía endovenosa. 2. Requisitos del personal Las técnicas de sedación consciente en Odontología deberían ser realizadas por médicos especialistas en anestesiología, reanimación y terapia del dolor (en adelante anestesistas), o por médicos estomatólogos y por odontólogos debidamente formados. Como formación adecuada se entiende:
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