1845.- La aceptación consistirá en un hecho que la suponga, como la litis contestación con el cesionario, un principio de pago al cesionario, etc.
Que en orden a la séptima, ella abre margen al despotismo, fomenta las parcialidades y expone al estado a una disolución general pues que exigiéndose en el diputado la calidad de que haya demostrado de modo indeficiente su fervorosa adhesión a la libertad, lo primero que se presenta es el no saberse en qué se haga consistir esa fervorosa adhesión, si en un firme convencimiento de los principios y justicia en que está solidada la libertad del suelo americano, o un desenfrenado charlatanismo, motivo que funda en el vulgo la opinión de una persona que a proporción de su locuacidad considera mayores o menores grados de esa adhesión y además no se alcanza quién sea el que sea juez de esta litis.
Todo pago realizado sin observar lo prescripto y el pacto de cuota litis o desistimiento no homologados, serán nulos de pleno derecho.
Se ha procurado igualmente regularizar la comparecencia de diversas personas en una misma litis, sea como partes directas, sea como terceros coadyuvantes u opositores.
Era forzoso entablar un litis, y aquel hombre generoso, dolido de mi orfandad, lo siguió con incansable solicitud, hasta hoy, que la corte falló definitivamente en mi favor.
Artículo 779.- La Junta desechará aquellas pruebas que no tengan relación con la litis planteada o resulten inútiles o intrascendentes, expresando el motivo de ello.
En cuanto al primer punto, puesto que el tema está sujeto a controversia y tenemos al respecto una litis abierta, la dejemos de lado por el momento.
En lo que exceda de este monto, quedarán afectadas a embargo en la proporción que fije la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo Nacional, con la salvedad de las cuotas por alimentos o litis expensas, las que deberán ser fijadas dentro de los límites que permita la subsistencia del alimentante.
Los tribunales no tienen límites temporales para ordenar la aportación de las pruebas que juzguen indispensables para formar su convicción respecto del contenido de la litis, ni rigen para ellos las limitaciones y prohibiciones, en materia de prueba, establecidas en relación con las partes.
5 ° En las demandas en que debe procelerse por escrito, presentado el memorial ó demanda, se dará traslado á la parte y con lo que esta responda se recibirá la causa á prueba, si el litis versa sobre algun hecho que deba probarse, y si el asunto fuere meramente de derecho con dos escritos de parte á parte sobre lo principal se dará la causa por conclusa para sentencia 6 ° Concluido el término, probatorio se hará publicacion de probanzas á solicitud de parte, y se pasarán los autos en traslado por su orden á las partes para tachar los testimonios y alegatos de bien probado.
19 ° Los escribanos no podrán suspender el curso de una causa por falta de papel sellado, en cuyo caso actuarán en papel comun con la clausula (para reponerse) que pondrán al márgen, y al fin del litis se agregará á las partes en la planilla de costas el importe del papel que debe reponerse, cuyo papel inutilizado se agregará al espediente.
En ningún caso se admitirán pruebas contra del derecho o la moral; que se hayan ofrecido extemporáneamente, sobre hechos no controvertidos o ajenos a la litis; sobre hechos imposibles o notoriamente inverosímiles, o bien que no reúnan los requisitos establecidos en el artículo 1198 de este Código.