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Fijación de precios

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La fijación de precios es considerada una práctica anticompetitiva en materia de competencia económica.

El Derecho de la competencia en México, es una disciplina jurídica, que se encarga de regular y ordenar los comportamientos de los Agentes Económicos.

La materia de competencia en México, garantiza la libre concurrencia y competencia económica, previene, investiga y combate conductas anticompetitivas, como las prácticas monopólicas absolutas y relativas, barreras a la competencia económica, la negativa de trato, así como la fijación de precios.

Definición

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La fijación de precios hace referencia a los acuerdos entre competidores, los cuales determinan un nivel de venta de los productos o servicios, determinan aquellas condiciones de venta que tienen por objeto o por afecto aumentar, disminuir, fijar, bloquear o estabilizar precios.[1]​Los contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos que compiten entre sí, y que tienen por objeto o afecto elevar o manipular el precio de venta o compra de bienes y servicios, que son ofrecidos en los mercados, se considera como Prácticas Monopólicas Absolutas, como lo establece el artículo 53 fracción I de la LFCE.[2]​ El momento en que los Agentes Económicos que compiten entre si establecen precios de bienes o servicios están violando la LFCE, por lo tanto son acreedores de una sanción dictada por la autoridad competente, siempre y cuando se demuestre que los presuntos responsables intercambiaron información para fijar los precios de distribución.

La práctica ilícita que se comete es la fijación o elevación de los precios manipulados por los agentes económicos, que actuaron junto con sus competidores con el fin de obtener más ganancias a precios elevados, lo cual va en contra de la libre competencia, por lo tanto, se considera un práctica anticompetitiva.

La fijación de precios también puede tener consecuencias penales si existe una amenaza que tenga como objetivo impedir que el vendedor venda el producto a precio más bajo del que indica el proveedor. También cuando la amenaza tenga como consecuencia mantener o incrementar precios del producto en el mercado.

Para determinar que dos o más agentes económicos están incurriendo a esta conducta ilícita, es necesario saber identificarla, ya que no todos los contratos entre agentes económicos son una fijación de precios, para ello existen conductas que demuestran tal practica.

Conductas

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  1. Acuerdos que limitan determinados descuentos al fijar los precios de venta y de reventa.
  2. Acuerdos entre los miembros de una asociación empresarial para imponer determinado precio sobre los distribuidores.
  3. Convenios destinados a fijar un mecanismo uniforme de cálculo de precios.
  4. Sistema de precios recomendados por una organización empresarial.
  5. Convenios mediante los cuales determinan la forma en que variarán los precios de las partes involucradas, durante cierto periodo.
  6. Acciones concretadas dirigidas a determinar precios mínimos o máximos.[3]

Casos de fijación de precios en México

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  • En febrero del 2016 dos representantes del sector en Jalisco firmaron un acuerdo anticompetitivo para fijar un rango de precios entre 9 y 14 pesos el kilo, posterior al acuerdo, el precio promedio de la tortilla en Guadalajara aumentó el 7.6% mientras que en otras ciudades se mantuvo igual, por lo tanto, las familias de Jalisco pagaban 52.6 millones de pesos más por el incremento del precio de la tortilla. En octubre del 2017 la COFECE sancionó a los líderes por el acuerdo y al Secretario por proporcionarlo, con multas de 394 mil pesos[4]
  • La COFECE sancionó a agentes económicos y personas físicas, ya que encontró evidencia de una probable colusión para fijar, elevar o manipular el precio de venta en el mercado de gasolinas y diésel en estaciones de servicio en el territorio nacional.[5]
  • En el año 2000 un agente realizó una denuncia a varias empresas ante la Comisión por presunta coordinación de posturas o abstención en licitaciones públicas para la adquisición de material radiológico. En 2006 la Comisión inició una investigación sobre una posible colusión entre empresas farmacéuticas para establecer, concertar y coordinar posturas en licitaciones públicas, la investigación se concentró en el análisis de medicamentos como la insulina y sueros realizadas entre el 2003 y 2005. La Comisión identificó que las empresas involucradas participaban en reuniones de la Comisión de Abasto de la Cámara Nacional de la Industria Farmacéutica (CANIFARMA), por lo tanto, era fácil comunicarse entre ellos.[6]

Fijación de precios para la reventa

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La fijación de precio para la reventa se originó en 1911, cuando un fabricante de medicamentos intento controlar el precio de la reventa de su producción, decía que tenía derecho de elegir a sus compradores y poner condiciones de la reventa de sus productos.[7]

Esta fijación tiene como consecuencias practicas anticompetitivas, ya que facilita colusiones entre el fabricante y el distribuidor, practicas que afectan a los consumidores por la elevación de precios.

La fijación de precios para la reventa se combina con la denegación de trato, ya que niega la producción a algunos distribuidores por no aplicar el precio de la reventa acordado por el fabricante.[8]

No existe fijación de precios cuando el productor sugiere el precio para la reventa y el comprador es libre de aceptar o no la sugerencia.

Referencias

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  1. Pereznieto Castro, Leonel (2002). «Derecho de la competencia en Estados Unidos de América.». Derecho de la competencia económica. Mexicana. p. 161 ISBN 970-613-659-2
  2. «Ley Federal de Competencia Económica». 
  3. Ginebra Serrabou, Xavier (2001). «Elementos constitutivos de las Prácticas Monopólicas Absolutas». Derecho de la competencia. México: México 2001. p.44 | ISBN 968-401-450-3.
  4. «Fijación de precios». 
  5. García, Karol (20 de enero de 2023). «Cofece activa proceso contra gasolineros por prácticas monopólicas». EL ECONOMISTA (México). Consultado el 11 de junio de 2024. 
  6. «Análisis de casos COFECE». 
  7. Doctor Miles Medical Co. contra John D. Park & Sons. 220 U.S. 373,1911
  8. Casto, Leonel. «5». Derecho de la competencia económica. Oxeord. p. 166 y 167.