Papers by Carlos Ignacio Massini Correas
treinta libros y más de doscientos artículos científicos en América y Europa. Ha sido investigado... more treinta libros y más de doscientos artículos científicos en América y Europa. Ha sido investigador Principal de CONICET y becario del servicio Alemán de Intercambio Académico DAAD. Ha ejercido varios cargos directivos universitarios y dirigido carreras de doctorado e institutos de Investigación. Carlos I. Massini Correas / Francesco Viola. Ley humana, rule of law y… / 1-59 www.revistaryd.derecho.uncu.edu.ar
Anuario de Filosofía del Derecho, Dec 18, 1993
Revista de Derecho Público, Oct 12, 2016
Colegas universitarios, estudiantes, amigos, señoras y señores: Quiero ser breve en los necesario... more Colegas universitarios, estudiantes, amigos, señoras y señores: Quiero ser breve en los necesarios agradecimientos, no sólo para no aburrirlos y cansarlos, sino para no dar la impresión de que me creo demasiado todo lo que han dicho y hecho en este Acto. Pero como la gratitud es una virtud anexa a la justicia, trataré de cumplir mínimamente con sus exigencias. Ante todo, debe agradecer a las autoridades de esta Universidad, en especial a su Rector, Dr. Ing. Salvador Navarría, que motorizó este homenaje; a los integrantes del Consejo Superior, que decidieron otorgarme el título que hoy recibí; al Dr. Emilio Vázquez Viera, quien propuso en el Consejo que se me otorgara esa distinción, y todos los que de un modo u otro colaboraron con ese objetivo; Además, quiero agradecer a quienes han hablado en este acto, Juan, Carlos, Diego y Mauricio, con quienes me une una amistad intelectual y personal de varios años, y a quienes considero firmes esperanzas de la Universidad y de la ciencia de nuestro País; todo lo que han dicho, está indudablemente influido por esa amistad, por lo que, si bien lo agradezco de corazón, lo tomo cum grano salas; También debo agradecer a todos aquellos que han compartido conmigo diferentes facetas de la vida universitaria, colegas, estudiantes, discípulos, empleados administrativos, ocasionales adversarios y hasta detractores, ya que de todos ellos he aprendido algo, de algunos mucho, y he podido trabajar en uno de los ambientes más gratos y acogedores, como es el de la universitas studiorum; en ella se da una forma especial de amistad, que mi padre denominó en un libro "amistad universitaria" y que constituye una de las fornas más elevadas y finas de esa virtud; no quiero dejar de reconocer asimismo-en este acápite acerca de la amistad-a todos mis amigos, aún los que están lejos, ya que-como decía Tomás de Aquino-la amistad es el mayor de los bienes que el hombre puede alcanzar en la tierra; También quiero recordar aquí a los que ya no están, en especial a Héctor Corvalán Lima y Salvador Puliafito, rectores de especial relevancia, que brought to you by CORE View metadata, citation and similar papers at core.ac.uk
Revista de Derecho Público, Oct 3, 2016
Anuario Filosófico, Oct 4, 2018
The author exposes the doctrine of "Deontologic Liberalismo which is described, mainly, by J. Raw... more The author exposes the doctrine of "Deontologic Liberalismo which is described, mainly, by J. Rawls, specially about the "privatization" that he makes of the human good and the consequent founding of the moral duties in a "public agreement". Then, he compares that to the doctrine of Millán-Puelles about the comunity and the objectivity of the human good, as well as of the founding of Ethics in the human nature and, finally, in the transcendent Absolute.
Persona y derecho: Revista de fundamentación de las Instituciones Jurídicas y de Derechos Humanos, 2019
Con licencia eclesiástica Su pensamiento claro, firme, apoyado siempre sobre sólidos fundamentos ... more Con licencia eclesiástica Su pensamiento claro, firme, apoyado siempre sobre sólidos fundamentos filosóficos, constituyó, desde hace treinta años, una brújula wgur,t y su pala bra de í<.liento, un estímulo constante. Con Jorge Llambías se ha ido de este mundo atribulado en que vivimos, alguien a quien cabe llamar, sin temor de exagerar, un varón justo. El dolor de su muerte, más intenso cuanto más grande es el valor de lo perdido, tiene sin embargo un consuelo proporcionado por la fe. Su sed de justicia, según la promesa de la bienaventuranza, será saciada ahora sin tasa, con el gozo del Creador, que habrá de compensarle, con generosidad sin límite, su indeclinable afán por servirlo. Quede, en estas líneas, el testimonio de gratitud que la Universidad Cató lica debe a Jorge Llambías por la obra cumplida en su seno, que, sin duda, ha sido decisiva en su trayectoria; y nuestra oración para que la Madre de Dios, Sede de la sabiduría, a quien él amó y sirvió, interceda para que alcan ce el premio de los justos, y para que los que aquí quedamos, seamos capaces de seguir su ejemplo y su enseñanza. JORGE A. MAZZINGHI , .",'.: (57) LACHANCE, LUIS, El C01lCeptO de Derecho según Aristóteles y Samo Tomás de Aquino, op. cit., p. 176. (58) E. N., VI, 10, 1143 a. 8; en rigor, parece ser que es sólo en esta oportunidad que Aristóteles enumera al mandato entre los actos de la prudenc2a. (59) S. T., 11-11, q. 47, a. 8. (60) SACHERI, CARLOS, op. cit., p. 143.
Hay matices diferenciales entre "no prohibido", "permitido", "tolerado". 4 Infra IX in fine YX, d... more Hay matices diferenciales entre "no prohibido", "permitido", "tolerado". 4 Infra IX in fine YX, desarrollaremos la tesis de que no todo DS es poder jurídico (PI). El derecho, pues, decimos nosotros, existe antes que la garantía. Esta no es entonces, esencial a él. 9 ' En la misma línea, en definitiva, aunque no con la misma terminología, se movía Luis Legaz y Lacambra en la 2<1-edición de su Filosofía del Derecho: el DS (facultas agendi) deriva del "DO" ("norma agendi"), pero "no es cosa di~tinta del DO" y esto no porque lo subjetivo haya de absorberse en lo objetivo, sino porque son la misma realídad,lO En la página 246 señalaba que se trata de un término "equívoco", aunque luego hablaba de "análogo", buscando un "concepto unitario" de derecho. En rigor, si DO y DS "son la misma C'Osa", habría que hablar en términos de uni vocidad. En la quinta edición 11 Legaz corrigió: en página 253 dice que "d tJ "no expresa un concepto unívoco", y en página 254 señala "en términos esco~ l~cos" que "expresa un concepto analógico". Busca (página citada) ~.~. una estructura subyacente a las distintas significaciones de la que pue da predicarse la condición de jurídica (bastardilla nuestra), 10 que nos hace caer de nuevo en la univocidad. Cabe preguntarse, entonces, si•husca la definición de '''jurídico'' o de :'d~'. Enpágioa26P responde que el Derecho es "vida humana", y comienza un laborioso trabajo que termina en la definición: el Derecho es una forma de vida social en la cuál se reáIiza un punto de vista sobro la justicia, que delimita las respectivas esferas de licitud y deber, me diante,un sistema de legalidad, dotado de válor autárquico (p. 289)~. . Luego define al DS como aquella situación del sujeto de derecho en la cuál y por virtud de la cuál una conducta del mismo significa una participación en el proceso crea dor del Derecho, porque la imposición de. deberes jurídicos de otro sujeto, y la creación de situaciones jurídicas. nuevas en beneficio pro pio o de tercero, se halla a su disposición (p. 731). Han sido necesarias, entonces, dos definiciones de "d" como parece exigir la analogía, y no una, como parece exigido por la univoCidad. La expresión "no es cosa distinta del DO" se halla también en la 5\1. edición, pero referida no al DS sino al "acto facultativo". Se habría subsanado la identidad injustificad~ entre DS y DO, pero identificando mal "acto" y DO. Para Del Vecchio DO y DS se reducen en el fondo a un solo concepto; ambos "momentos" "se unen en la realidad y constituyen una sola cosa".1.2
Metafísica y persona, 2010
En el presente trabajo se intenta un esclarecimiento de la noción de derechos humanos a partir de... more En el presente trabajo se intenta un esclarecimiento de la noción de derechos humanos a partir de las ideas desarrolladas por John Finnis en el marco de la tradición iusnaturalista clásica. En especial, se estudian las relaciones de esa noción con la de bienes humanos básicos y se intentan resolver algunas de las principales cuestiones que se plantean contemporáneamente en el ámbito de la filosofía de los derechos.
Persona y derecho: Revista de fundamentación de las Instituciones Jurídicas y de Derechos Humanos, 2018
Revista de la Universidad de Mendoza, 1979
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