Papers by Hugo José Francisco Velázquez
Instituto de Estudios Sociales, Política y Cultura (IESPYC)), 2022
Constituye un lugar común dentro de la ciencia jurídica–especialmente en la dogmática jurídica–la... more Constituye un lugar común dentro de la ciencia jurídica–especialmente en la dogmática jurídica–la práctica metodológica de intentar determinar la naturaleza de las instituciones jurídicas. Actualmente, los juristas de todas las ramas del derecho siguen empeñados en descubrir y discutir acerca de las naturalezas jurídicas de los contratos, las sociedades anónimas, los honorarios, etc. Sin embargo, ellos no han resuelto qué debe entenderse por “naturaleza jurídica”, ni han logrado ponerse de acuerdo sobre cuál ha de ser el método para determinarla. Menos aún, se han preguntado sobre si dichas pretensiones son alcanzables o útiles. El objetivo del presente escrito será revelar que tal pretensión metodológica y los debates suscitados en torno a ella constituyen, en realidad, pseudo-disputas entre juristas, es decir, discusiones inauténticas y aparentes que no merecen la pena plantearse y que se encuentran motivadas, principalmente, en enredos o malentendidos lógico-lingüísticos. Para mostrar nuestro punto de vista, se analizará el caso paradigmático de las disputas en torno a la naturaleza jurídica del matrimonio, cuyas conclusiones podrán ser extendidas al resto de los institutos jurídicos. Por último, este trabajo adopta una metodología cualitativa, basada en la teorización y reflexión crítica a partir del análisis bibliográfico o documental.
Revista Jurídica Derecho, 2021
Si bien a lo largo de la historia del derecho, el razonamiento jurídico fue concebido de muchas d... more Si bien a lo largo de la historia del derecho, el razonamiento jurídico fue concebido de muchas diversas maneras, en la actualidad existe el consenso de definirlo como aquel razonamiento práctico de tipo justificativo cuya diferencia específica consiste en el carácter institucional de sus premisas operativas. A pesar de tal consenso, existen varios juristas y filósofos del derecho como, por ejemplo, Alexy, Nino o Atienza que afirman que el razonamiento jurídico es un mero caso de razonamiento práctico moral, pues, la racionalidad práctica-que está fundada, en última instancia, en razones morales-es unitaria. Esto se conoce como la tesis de la unidad del razonamiento práctico. El presente trabajo pretende realizar un análisis crítico de dicha tesis a fin de mostrar los serios problemas que posee. Palabras clave: razones morales, razonamiento práctico, razonamiento jurídico, unidad del razonamiento práctico, críticas.
IESPYC, 2021
Resumen: Comúnmente, se cree que la ciencia y el conocimiento científico suponen un conjunto de l... more Resumen: Comúnmente, se cree que la ciencia y el conocimiento científico suponen un conjunto de leyes y teorías que muestran, realmente, cómo es y funciona el mundo, independientemente de las creencias, necesidades e intereses de la gente. Se trata de un saber neutral y objetivo basado, estrictamente, en la observación y en la experimentación. Así, la ciencia aparece como una empresa ética y políticamente neutra, en ella no hay
Andamios, 2021
El presente articulo intenta responder algunos de los mas importantes interrogantes sobre la logi... more El presente articulo intenta responder algunos de los mas importantes interrogantes sobre la logica deontica, puesto que ha habido profundos malentendidos con respecto a su naturaleza y a la forma en que se diferencia de otros tipos de logica. Algunos de los problemas que se han abordado en este trabajo son: ?que entendemos cuando hablamos de logica deontica? ?Cual es su objeto de estudio? ?Es lo mismo que la logica juridica? ?Es mas deseable definir tal disciplina simplemente como logica del deber ser? ?Existe alguna diferencia entre normas y proposiciones normativas? Las respuestas a estos interrogantes permitiran arribar una nocion mas nitida de logica deontica y esclareceran su peculiar jurisdiccion conceptual.
The following paper intends to answer some of the most fundamental questions that relate to deont... more The following paper intends to answer some of the most fundamental questions that relate to deontic logic, due to deep misunderstandings regarding its nature and the way it differentiates itself from other types of logic. Some of the issues that have been addressed to in this work are: What do we understand when we talk about deontic logic? Which is its object of study? Is it the same as legal logic? Is it more accurate to de fine such discipline simply as duty logic? Is there any difference between norms and normative propositions? The answers to these questions will allow to arrive at a clearer notion of deontic logic and clarify its specific conceptual jurisdiction.El presente artículo intenta responder algunos de los más importantes interrogantes sobre la lógica deóntica, puesto que ha habido profundos malentendidos con respecto a su naturaleza ya la forma en que se diferencia de otros tipos de lógica. Algunos de los problemas que se han abordado en este trabajo son: ¿ qué enten...
Usualmente, concebimos a la ciencia como un conjunto de teorías y leyes verdaderas que describen,... more Usualmente, concebimos a la ciencia como un conjunto de teorías y leyes verdaderas que describen, explican y predicen de forma objetiva los hechos de la realidad. Su validez y objetividad dependen de la aplicación rigurosa de métodos lógico-racionales basados únicamente en evidencia empírica por científicos libres de toda injerencia social externa. Esta concepción de la ciencia fue impuesta por el positivismo lógico y sus sucesores (concepción heredada), siendo asumida de manera acrítica por la primera sociología de la ciencia (paradigma funcionalista). Sin embargo, dicha concepción representa una visión reduccionista y distorsiva del quehacer científico, pues, ignora la influencia del contexto de producción, especialmente, de los factores sociales. El presente trabajo pretende analizar el desarrollo del llamado giro constructivista en la sociología de la ciencia y sus críticas a la concepción heredada.Fil: Velázquez, Hugo José Francisco. Universidad Nacional de Tucuman. Facultad de...
Ciencia y Sociedad, 2020
The standard conception of science considers that scientific knowledge implies rational, objectiv... more The standard conception of science considers that scientific knowledge implies rational, objective and reliable knowledge. From this perspective, science must dispense with value judgments and scientific knowledge and its applications must be ethically neutral. Thus, scientists and technologists are not morally responsible for the use that is made of the scientific knowledge and applications that they have helped to produce. Commonly, this position is known as the value neutrality thesis of science. This article aims to carry out a critical analysis of this thesis in order to determine to what extent it is possible to speak of axiological neutrality in the scientific field and, consequently, to establish to what extent scientists and technologists are morally responsible for their discoveries. Between others authors, the approaches of Maliandi, Jonas, Postman, and Olive are taken as reference point. This study adopts a qualitative methodology, based on critical theorizing and reflection from bibliographic or documentary analysis.
Nuevo Pensamiento, 2020
En 1951 von Wright construyó el primer sistema de lógica deóntica, iniciando el estudio riguroso ... more En 1951 von Wright construyó el primer sistema de lógica deóntica, iniciando el estudio riguroso y sistemático de una nueva rama de la lógica: la lógica deóntica. Dicho sistema, a pesar de sus múltiples virtudes, posee una estructura simple basada principalmente en la lógica proposicional y en la lógica modal alética, la cual, no es capaz de dar cuenta del carácter dinámico propio de las acciones que, justamente, constituyen el objeto de las normas. En razón de ello, von Wright refinó su aparato conceptual y desarrolló, en su obra Norm and Action (1963), un nuevo sistema de lógica deóntica más complejo y apto para representar el cambio y el carácter dinámico propio de las acciones. No obstante, tal sistema no está exento de problemas y dificultades conceptuales. El presente trabajo pretendeanalizar la estructura y los principales elementos teóricos del sistema de Norm and Action y mostrar algunos de sus más importantes problemas conceptuales.
En 1951 von Wright construyó el primer sistema de lógica deóntica, iniciando el estudio riguroso ... more En 1951 von Wright construyó el primer sistema de lógica deóntica, iniciando el estudio riguroso y sistemático de una nueva rama de la lógica: la lógica deóntica. Dicho sistema, a pesar de sus múltiples virtudes, posee una estructura simple basada principalmente en la lógica proposicional y en la lógica modal alética, la cual, no es capaz de dar cuenta del carácter dinámico propio de las acciones que, justamente, constituyen el objeto de las normas. En razón de ello, von Wright refinó su aparato conceptual y desarrolló, en su obra Norm and Action (1963), un nuevo sistema de lógica deóntica más complejo y apto para representar el cambio y el carácter dinámico propio de las acciones. No obstante, tal sistema no está exento de problemas y dificultades conceptuales. El presente trabajo pretendeanalizar la estructura y los principales elementos teóricos del sistema de Norm and Action y mostrar algunos de sus más importantes problemas conceptuales.In 1951 von Wright created the first syst...
Nuevo Pensamiento, Aug 10, 2020
In 1951 von Wright created the first system of deontic logic, initiating the rigorous and systema... more In 1951 von Wright created the first system of deontic logic, initiating the rigorous and systematic study of a new branch of logic: deontic logic. This system, despite its many virtues, has a simple structure based mainly on propositional logic and alethic modal logic, which is not able to account for the dynamic nature of the actions that, precisely, constitute the norms's object. Because of this, von Wright refined his conceptual structure and developed, in his work Norm and Action (1963), a new and more complex deontic logic's system,which is able to represent the change and dynamic character of actions. However, this system is not exempt from important conceptual problems and difficulties. The following paper aims to analyze the structure and the main theoretical elements of Norm and Action's system and to show some of its most important conceptual problems.
Revista de la Facultad de Derecho (Universidad de la República), 2019
Resumen: La lógica deóntica nació en 1951 con la publicación, en la revista Mind, del célebre art... more Resumen: La lógica deóntica nació en 1951 con la publicación, en la revista Mind, del célebre artículo de Georg Henrik Von Wright: Deontic Logic. Ese momento constituye un hito en la historia de esta lógica particular, ya que, a partir de ahí comenzó su estudio sistemático. Ahora bien, el Sistema Clásico de Lógica Deóntica, que nació con dicho artículo, es uno de los más extendidos, especialmente, entre juristas y filósofos del dere cho. Esto se debe, entre otras cosas, a su estructura simple y al hecho de que responde más adecuadamente a nuestras intuiciones acerca de cómo funcionan los conceptos deónticos (permitido, prohibido y obligatorio), sin embargo, este sistema no está exento de impor tantes problemas y dificultades. En este sentido, el presente trabajo pretende: 1. Efectuar una exposición detallada de la estructura y elementos esenciales del Siste ma Clásico de Lógica Deóntica. 2. Mostrar los problemas y paradojas principales a las que dicho sistema se enfrenta. 3. Efectuar un breve balance sobre la importancia de tal sistema a la luz de sus diver sos problemas y virtudes.
Palabras clave: lógica deóntica, Von Wright, sistema clásico, paradojas, Dilema de Jørgensen.
Revista de la Facultad de Derecho, 2019
Hacer filosofía hoy: Ensayando respuestas, 2019
En el presente ensayo se intentará, no sin cierto recelo, brindar una respuesta personal, reflexi... more En el presente ensayo se intentará, no sin cierto recelo, brindar una respuesta personal, reflexiva y justificada a al pregunta "¿Qué es la filosofía?". En primer lugar, se dirá que la filosofía solo puede germinar en un ámbito de libertad de pensamiento o, al menos, en defensa de él, por ello, su mejor luz solo podrá aparecer en la escritura ensayística que es ajena a formas limitantes receptando la espontaneidad y la creatividad propia de todo genio filosófico. En segundo lugar, se aclara que dicha afirmación no debe hacer pensar que el rigor y la racionalidad son extrañas a la filosofía, pues, esta constituye una actividad eminentemente racional, argumentativa y, sobre todo, crítica. Por ultimo, para la justificación de tal postura se emplean los aportes de Ortega y Gasset, Samuel Schkolnik y Ludwig Wittgenstein.
Actualidad del Pragmatismo, 2018
Como se sabe, a partir del surgimiento de la corriente pragmatista -a raíz de la formulación por ... more Como se sabe, a partir del surgimiento de la corriente pragmatista -a raíz de la formulación por parte de Charles S. Peirce de la máxima pragmática- la noción de “verdad” ha ocupado un lugar central en su modo peculiar de pensar. Tal es el peso que esta cuestión tiene desde el origen del pragmatismo que el más reconocido de sus representantes, William James, llegó a decir que el pragmatismo debe entenderse como una teoría de la verdad. En este sentido, me resulta desmesurada la postura rortiana en tanto que pretende interpretar al espíritu pragmatista como una actitud filosófica que considera que respecto de la verdad, como así también de otras nociones epistemológicas, no hay algo interesante para decir más allá de lo que pueda pensarse dentro de determinadas prácticas sociales. Más que una interpretación del movimiento pragmatista, Rorty efectúa una relectura forzada llevando agua para su molino neopragmatista. Es cierto que Dewey y James no son Peirce, pero lejos están de encarnar claros antecedentes del espíritu rortiano, el cual explica el conocimiento en términos de solidaridad y la verdad en términos de un acuerdo no forzado de un grupo particular. Tales nociones rortianas de verdad y conocimiento enclavadas en el culturalismo permiten ubicar tanto a James como a Dewey fuera de la jurisdicción del neopragmatismo radical y, consecuentemente, acercarlos al reformismo tal y como pretende Haack. En efecto, la fundadora del fundherentismo distingue entre un pragmatismo reformista y un pragmatismo radical. El primero, a cuya cabeza se ubica Peirce, va a reconocer la validez de las problemáticas tradicionales sobre la verdad, el conocimiento y la realidad, aceptando cierta objetividad en torno a ellas. En cambio, el segundo, llamado también pragmatismo revolucionario o vulgar, no reconoce legitimidad alguna a las cuestiones epistemológicas fuera de las prácticas sociales, y rechazan todo tipo de objetividad en relación al conocimiento, a la verdad y a la realidad. A partir de esta distinción Haack coloca a Dewey y a James a medio camino entre el reformismo y el radicalismo, por lo que pasarían a integrar un pragmatismo intermedio en donde algunos de sus miembros se acercarían más al reformismo, otros al radicalismo. Sin embargo, Del Castillo considera vanos los esfuerzos por parte de Haack para acercar a James y a Dewey al reformismo peirceano. Por el contrario, sostiene que ambos filósofos integran las filas del radicalismo, aunque un radicalismo distinto del de Rorty. Sin ánimos de participar de la polémica, al menos en esta oportunidad, encuentro más acertada la propuesta de Susan Haack pues, sencillamente, entiendo que para ambos filósofos sí tiene cierta legitimidad e importancia la reflexión en torno a las tópicas epistemológicas, especialmente, en torno a la noción de verdad.
Dejando de lado tales disputas, deseo señalar que es opinión de muchos considerar la teoría pragmática de la verdad como aquella que identifica la verdad con lo útil, con lo que funciona, o bien con lo que nos provoca satisfacción. Como corolario, quienes así entienden la teoría pragmatista de la verdad, ven en el pragmatismo una corriente de pensamiento oportunista, inescrupulosa y relativista, en la que todo vale en tanto se satisfaga nuestros intereses personales o de una determinada comunidad, y esto –sostienen– acarrea nefastas consecuencias ético-políticas como la legitimación del uso de la fuerza, la aceptación de la supervivencia del más fuerte, la justificación del imperialismo o del totalitarismo, entre otras. Tal cuestión interpretativa no carece de relevancia, prueba de ello es que filósofos de gran talla como Russell y Moore interpretaron la teoría de la verdad pragmática en modo semejante. En este sentido, y a fin de zanjar esta cuestión, el objeto del presente trabajo será explicitar la concepción acerca de la verdad que sostiene el filósofo John Dewey y sus réplicas a este impropio modo de interpretar al pragmatismo.
Actualidad del pragmatismo, 2018
Como se sabe, a partir del surgimiento de la corriente pragmatista -a raíz de la formulación por ... more Como se sabe, a partir del surgimiento de la corriente pragmatista -a raíz de la formulación por parte de Charles S. Peirce de la máxima pragmática- la noción de “verdad” ha ocupado un lugar central en su modo peculiar de pensar. Tal es el peso que esta cuestión tiene desde el origen del pragmatismo que el más reconocido de sus representantes, William James, llegó a decir que el pragmatismo debe entenderse como una teoría de la verdad. En este sentido, me resulta desmesurada la postura rortiana en tanto que pretende interpretar al espíritu pragmatista como una actitud filosófica que considera que respecto de la verdad, como así también de otras nociones epistemológicas, no hay algo interesante para decir más allá de lo que pueda pensarse dentro de determinadas prácticas sociales. Más que una interpretación del movimiento pragmatista, Rorty efectúa una relectura forzada llevando agua para su molino neopragmatista. Es cierto que Dewey y James no son Peirce, pero lejos están de encarnar claros antecedentes del espíritu rortiano, el cual explica el conocimiento en términos de solidaridad y la verdad en términos de un acuerdo no forzado de un grupo particular. Tales nociones rortianas de verdad y conocimiento enclavadas en el culturalismo permiten ubicar tanto a James como a Dewey fuera de la jurisdicción del neopragmatismo radical y, consecuentemente, acercarlos al reformismo tal y como pretende Haack. En efecto, la fundadora del fundherentismo distingue entre un pragmatismo reformista y un pragmatismo radical. El primero, a cuya cabeza se ubica Peirce, va a reconocer la validez de las problemáticas tradicionales sobre la verdad, el conocimiento y la realidad, aceptando cierta objetividad en torno a ellas. En cambio, el segundo, llamado también pragmatismo revolucionario o vulgar, no reconoce legitimidad alguna a las cuestiones epistemológicas fuera de las prácticas sociales, y rechazan todo tipo de objetividad en relación al conocimiento, a la verdad y a la realidad. A partir de esta distinción Haack coloca a Dewey y a James a medio camino entre el reformismo y el radicalismo, por lo que pasarían a integrar un pragmatismo intermedio en donde algunos de sus miembros se acercarían más al reformismo, otros al radicalismo. Sin embargo, Del Castillo considera vanos los esfuerzos por parte de Haack para acercar a James y a Dewey al reformismo peirceano. Por el contrario, sostiene que ambos filósofos integran las filas del radicalismo, aunque un radicalismo distinto del de Rorty. Sin ánimos de participar de la polémica, al menos en esta oportunidad, encuentro más acertada la propuesta de Susan Haack pues, sencillamente, entiendo que para ambos filósofos sí tiene cierta legitimidad e importancia la reflexión en torno a las tópicas epistemológicas, especialmente, en torno a la noción de verdad. Dejando de lado tales disputas, deseo señalar que es opinión de muchos considerar la teoría pragmática de la verdad como aquella que identifica la verdad con lo útil, con lo que funciona, o bien con lo que nos provoca satisfacción. Como corolario, quienes así entienden la teoría pragmatista de la verdad, ven en el pragmatismo una corriente de pensamiento oportunista, inescrupulosa y relativista, en la que todo vale en tanto se satisfaga nuestros intereses personales o de una determinada comunidad, y esto –sostienen– acarrea nefastas consecuencias ético-políticas como la legitimación del uso de la fuerza, la aceptación de la supervivencia del más fuerte, la justificación del imperialismo o del totalitarismo, entre otras. Tal cuestión interpretativa no carece de relevancia, prueba de ello es que filósofos de gran talla como Russell y Moore interpretaron la teoría de la verdad pragmática en modo semejante. En este sentido, y a fin de zanjar esta cuestión, el objeto del presente trabajo será explicitar la concepción acerca de la verdad que sostiene el filósofo John Dewey y sus réplicas a este impropio modo de interpretar al pragmatismo.
Ideas & Derecho, 2018
El presente artículo tiene como objeto mostrar que la indistinción entre las expresiones “lógica ... more El presente artículo tiene como objeto mostrar que la indistinción entre las expresiones “lógica jurídica”, “lógica deóntica” y “lógica normativa” constituye un gran desacierto, pues, tal confusión provoca graves malentendidos entre lógicos y juristas, lo cual impide fecundos encuentros entre ambos campos disciplinares. Este modo de concebir dichas denominaciones fue sostenido por Carlos Cossio, filósofo del derecho argentino, fundador de la Escuela Egológica del Derecho. En tal sentido, tomando como punto de partida el análisis del planteamiento cossiano y sus problemas, se pretende proponer una solución razonable a la cuestión de la denominación de la lógica jurídica teniendo en cuenta algunos de los más importantes desarrollos y contribuciones en este campo particular.
Humanitas, revista de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Tucumán, 2018
Resumen Este trabajo tiene por objeto el análisis de la Gesta Revolucionaria de Mayo de 1810, per... more Resumen Este trabajo tiene por objeto el análisis de la Gesta Revolucionaria de Mayo de 1810, pero no desde una óptica estrictamente historiográfica sino, más bien, desde el ámbito de la filosofía de la historia. En efecto, nos hemos valido de los análisis historiográficos para reflexionar acerca del concepto de revolución a fin de examinar y sugerir cuáles podrían ser las condiciones de satisfacción del mismo en relación al movimiento de mayo. En otros términos, dicho examen se circunscribe a indagar y tratar de responder el interrogante de si la revolución de mayo fue verdaderamente una revolución. Como cabe observar, tal interrogante surge de la articulación de dos conceptos fundamentales, a saber: la clave histórica de la verdad y la noción harto compleja de revolución. En este sentido, buscamos responder al mencionado interrogante a través del examen, confrontación y crítica de dos líneas historiográficas que conciben al proceso de mayo de manera contraria: la oficial (liberal) y la de izquierda (marxista). Debe tenerse presente que ambas tesituras entrañan, a su vez, concepciones de la verdad opuestas. Palabras clave: Revolución de Mayo, historiografía oficial, historiografía marxista, verdad, concepto de revolución.
Este trabajo tiene por objeto el análisis de la Gesta Revolucionaria de Mayo de 1810, pero no des... more Este trabajo tiene por objeto el análisis de la Gesta Revolucionaria de Mayo de 1810, pero no desde una óptica estrictamente historiográfica sino, más bien, desde el ámbito de la filosofía de la historia. En efecto, nos hemos valido de los análisis historiográficos para reflexionar acerca del concepto de revolución a fin de examinar y sugerir cuáles podrían ser las condiciones de satisfacción del mismo en relación al movimiento de mayo. En otros términos, dicho examen se circunscribe a indagar y tratar de responder el interrogante de si la revolución de mayo fue verdaderamente una revolución. Como cabe observar, tal interrogante surge de la articulación de dos conceptos fundamentales, a saber: la clave histórica de la verdad y la noción harto compleja de revolución. En este sentido, buscamos responder al mencionado interrogante a través del examen, confrontación y crítica de dos líneas historiográficas que conciben al proceso de mayo de manera contraria: la oficial (liberal) y la de...
Verdad, realidad y lógica, 2017
En numerosas ocasiones dentro de los claustros académicos, tanto de la Facultad de Derecho como d... more En numerosas ocasiones dentro de los claustros académicos, tanto de la Facultad de Derecho como de la de Filosofía y Letras, cuando se escucha el nombre de los famosos autores Berger y Luckmann muchos estudiantes y docentes suelen catalogarlos como defensores de una corriente que estilan denominar constructivismo social. Tal corriente postula que aquello que llamamos realidad es configurada a través de procesos sociales interactivos entre los distintos miembros de una comunidad. Dicho de otro modo, plantea que la realidad es socialmente construida, que es, en suma, institucionalmente configurada. Ahora bien, ante tal situación cabría preguntarse ¿cuál realidad? Esta interrogación, a su vez, es respondida diciendo que se trataría de todos los hechos independientes y ajenos a nuestra voluntad. ¿Es esto posible? ¿Es posible que todo lo que consideramos real sea un mero constructo producto de la interacción social? ¿Es, entonces, la realidad algo relativo al contexto histórico-social? Estos y muchos otros interrogantes filosóficos que surgen de esta cuestión y que, por cierto, son de vital interés, me remiten a intentar un análisis de la reconocida obra de Peter Berger y Thomas Luckmann donde se trata precisamente esta cuestión, me refiero a La construcción social de la realidad. Dicho análisis tiene por objeto explicitar clara y ordenadamente el contenido de las enseñanzas vertidas en la obra en sus aspectos más esenciales, esto es, su concepción de realidad, de conocimiento y los procesos por los cuales se forjan dichas concepciones; todo ello, a fin de revelar si estos sociólogos plantean un constructivismo social en el sentido en que fue propuesto algunos renglones más arriba.
Nuevo Pensamiento, 2017
Samuel Schkolnik (1944-2010) fue un destacado filosofo y literato argentino. Nacio y murio en la ... more Samuel Schkolnik (1944-2010) fue un destacado filosofo y literato argentino. Nacio y murio en la ciudad de San Miguel de Tucuman, Argentina. Su pensamiento no se caracterizo por ser sistematico, sin embargo es posible hallar tematicas comunes a lo largo de su variada obra, como por ejemplo la muerte, lo universal, lo publico, la sociedad, el tiempo, el sentido de la vida, etc. Esta reflexion sobre las preguntas esenciales de la filosofia lo llevo muchas veces a renegar de los canones academicos. A pesar de la vastedad de tematicas tratadas por el filosofo tucumano, en este trabajo intentareexponer y analizar sus ideas en torno a lo estetico. En otras palabras, el objetivo de este escrito consiste en examinar e intentar sistematizar la concepcion estetica de Samuel Schkolnik.
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Papers by Hugo José Francisco Velázquez
Palabras clave: lógica deóntica, Von Wright, sistema clásico, paradojas, Dilema de Jørgensen.
Dejando de lado tales disputas, deseo señalar que es opinión de muchos considerar la teoría pragmática de la verdad como aquella que identifica la verdad con lo útil, con lo que funciona, o bien con lo que nos provoca satisfacción. Como corolario, quienes así entienden la teoría pragmatista de la verdad, ven en el pragmatismo una corriente de pensamiento oportunista, inescrupulosa y relativista, en la que todo vale en tanto se satisfaga nuestros intereses personales o de una determinada comunidad, y esto –sostienen– acarrea nefastas consecuencias ético-políticas como la legitimación del uso de la fuerza, la aceptación de la supervivencia del más fuerte, la justificación del imperialismo o del totalitarismo, entre otras. Tal cuestión interpretativa no carece de relevancia, prueba de ello es que filósofos de gran talla como Russell y Moore interpretaron la teoría de la verdad pragmática en modo semejante. En este sentido, y a fin de zanjar esta cuestión, el objeto del presente trabajo será explicitar la concepción acerca de la verdad que sostiene el filósofo John Dewey y sus réplicas a este impropio modo de interpretar al pragmatismo.
Palabras clave: lógica deóntica, Von Wright, sistema clásico, paradojas, Dilema de Jørgensen.
Dejando de lado tales disputas, deseo señalar que es opinión de muchos considerar la teoría pragmática de la verdad como aquella que identifica la verdad con lo útil, con lo que funciona, o bien con lo que nos provoca satisfacción. Como corolario, quienes así entienden la teoría pragmatista de la verdad, ven en el pragmatismo una corriente de pensamiento oportunista, inescrupulosa y relativista, en la que todo vale en tanto se satisfaga nuestros intereses personales o de una determinada comunidad, y esto –sostienen– acarrea nefastas consecuencias ético-políticas como la legitimación del uso de la fuerza, la aceptación de la supervivencia del más fuerte, la justificación del imperialismo o del totalitarismo, entre otras. Tal cuestión interpretativa no carece de relevancia, prueba de ello es que filósofos de gran talla como Russell y Moore interpretaron la teoría de la verdad pragmática en modo semejante. En este sentido, y a fin de zanjar esta cuestión, el objeto del presente trabajo será explicitar la concepción acerca de la verdad que sostiene el filósofo John Dewey y sus réplicas a este impropio modo de interpretar al pragmatismo.