Aula para todos
Si tu estás,
estamos todos
Boletín especial de la Fundación Saldarriaga Concha sobre Educación Inclusiva
Bogotá DC, Colombia, abril de 2011
nota editorial
Si haces planes para un año, siembra arroz;
si los haces para 2 lustros, planta árboles.
Si lo haces para toda la vida, educa a una persona.
Proverbio chino
Inclusión educativa, una apuesta
por el acceso, la calidad y la
pertinencia en la educación
L
a inequidad en el acceso a las oportunidades de
desarrollo humano es determinante para mantener y agravar las situaciones de pobreza, más
aún cuando se trata de exclusión y discriminación en
el derecho a la educación, que es el motor de progreso
para cualquier persona y comunidad.
Tal y como se concluyó en el estudio La Situación
de la educación en Colombia, para la población con
discapacidad en el país, la desigualdad se refleja no
sólo en el grado de analfabetismo que es tres veces
mayor (22,5%) al del resto de los ciudadanos (7%), es
decir, 475.000 personas con discapacidad con mínimas posibilidades de progreso y con mayores riesgos
de pobreza1, sino además, en el hecho de que solo el
27% de los niños y niñas accedan a la primaria, o que
sólo el 3% acceda a la educación superior.
Este mismo estudio, encontró que:
(...) los niños y niñas con discapacidad entran más tarde
a la educación formal básica, tienen un nivel de repetición alto en los primeros años de la básica primaria y se
retiran en mayor proporción que los que no tienen discapacidad; todo esto redunda en que cerca de la mitad
tienen como máximo nivel de escolaridad alguno de los
cinco niveles básicos
Frente a esta realidad, surge la necesidad de generar
medidas que faciliten el acceso, la permanencia y la
promoción en el sistema educativo colombiano, que
apoyen su flexibilización y promuevan nuevos criterios
y valores para entender que una escuela con calidad
es aquella que desarrolla empatía y solidaridad, y que
construye relaciones de respeto a la diversidad.
En este sentido, la sentencia T-974 de 20102, establece:
c
o
n
t
e
n
i
d
o
Una reflexión. ¿Por qué hablar de inclusión? / 2
Diana Patricia Martínez Gallego
Ajustes razonables para la inclusión educativa de las personas
con discapacidad en Colombia / 3
Natalia Ángel Cabo / Lucas Correa Montoya / Alejandra Cardona Acebedo
La educación inclusiva: una invitación a la transformación
de la escuela / 6
Rafael Pabón García
Decálogo de la Inclusión / 8
Retos para alcanzar la inclusion. Visión desde las familias / 9
Mónica Alexandra Cortés
El sector público y sus responsabilidades frente a la inclusión
educativa / 10
Fulvia Cedeño Ángel
¿Qué significa la educación inclusiva hoy? / 11
Marisol Moreno Angarita
Generando capacidades para la inclusión en el aula / 12
E d u c a c i ó n i n c l u s i va / a b r i l de 2011
2
Una reflexión
Viene de la primera página
nota...
Desde la perspectiva del derecho a la educación de las personas con
discapacidad, la regla general es la garantía de la posibilidad de acceder al sistema educativo en aulas regulares de estudio, esto es, a una
educación incluyente. La educación especial debe entenderse como la
última opción, es decir, debe operar de forma excepcional. Acerca de la
importancia que tiene la política de educación inclusiva, puede observarse el desarrollo de la normativa interna, los tratados internacionales de
Derechos Humanos sobre personas con discapacidad y su incidencia
en la jurisprudencia constitucional, y algunos ejemplos del desarrollo de
dicha política en otros países, (…).
De igual forma, aclara la complementariedad que existe entre los
servicios de habilitación o rehabilitación, y los de educación inclusiva
que suponen apoyos pedagógicos, al señalar:
Cabe advertir que la normatividad nacional actual, Decreto 366 de
2009 y los instrumentos internacionales acerca de la protección que
debe brindarse a la población con discapacidad es clara: existen diferencias entre la atención integral en salud y el derecho a la educación,
pero ello no implica que los dos sistemas no brinden su cooperación
para promover la realización efectiva de los derechos fundamentales.
Se reitera que aunque en el caso concreto el derecho a la salud y el
derecho a la educación se inter-relacionan y se complementan, cada
una de estas áreas debe ser atendida por la entidad competente. Lo
anterior obedece a que la discapacidad no sólo debe tratarse desde el
punto de vista médico sino desde una perspectiva integral, que abarca,
tratándose de la hija de la actora, el reconocimiento del derecho a una
educación inclusiva.
Bajo estas premisas de equidad, dignidad y derechos, el Programa
de inclusión educativa de la Fundación Saldarriaga Concha plantea un acompañamiento técnico y financiero a las secretarías de
educación desde el enfoque de atención a la diversidad, en el que
se generan alianzas estratégicas sostenibles con universidades,
fundaciones, asociaciones de padres y comunidad en general para
ayudar a transformar y entender la inclusión como una variable necesaria de la calidad y la pertinencia en la educación.
De una parte, se busca ayudar a superar los mitos y barreras actitudinales de la comunidad educativa frente al tema de inclusión de niños con discapacidad en los colegios, enfatizando en que este tema
no afecta el desarrollo académico, sino que al contrario fortalece el
clima escolar y la convivencia entre los estudiantes. También ayuda
a entender los alcances y limitaciones de la institución educativa en
este tema, y ayuda a generar alianzas y corresponsabilidad entre
los diferentes actores involucrados.
De otra parte, a través de la formación a docentes en detección
temprana y atención a la diversidad y didácticas flexibles se dan
herramientas básicas de aprendizajes colaborativo, inteligencias
múltiples y diseño universal de currículo para que los docentes de
aula entiendan el tema desde otra perspectiva y cualifiquen su enseñanza para todos sus alumnos en función de sus capacidades.
A partir del índice de inclusión educativa de la Unesco, adaptada
tanto para los colegios con la Guía 34, como para los jardines infantiles, el acompañamiento a las instituciones, parte de un diagnóstico sobre la inclusión y los retos que deben trabajarse para la
transformación de las políticas, prácticas y de la gestión escolar,
con un enfoque de inclusión,
Los apoyos e incentivos a los colegios, docentes y rectores, buscan
ser facilitadores de los procesos de inclusión y afianzar el compromiso de quienes han hecho posible la inclusión de estudiantes con
discapacidad. Entre ellos se destaca el Premio al Maestro Incluyente,
becas para rectores y canastas educativas complementarias.
¿Por qué hablar
de inclusión?
Diana Patricia
Martínez Gallego
Consultora ProyeCto InClusIón
en la PrImera InfanCIa
fundaCIón saldarrIaga ConCha
L
a palabra Inclusión parece ya hoy un término
algo desgastado, al cual
cada quien le asigna un
significado, un sentido
diferente a partir de sus vivencias,
sus conocimientos, sus valores, sus
circunstancias, su contexto, y sus
creencias. El interrogante planteado
para reflexionar es ¿Por qué razón
tenemos que hablar de Inclusión?,
y se podría responder con rapidez:
porque simplemente existe la exclusión, históricamente en el mundo
se ha dado la segregación de determinados grupos poblacionales por
distintas razones, entre otras, por
raza, política, religión, discapacidad,
género, originándose de alguna manera, una categorización de los seres
humanos con mayor o menor valor,
de acuerdo a sus características, lo
cual se convierte además en el determinante para tener o no los mismos
derechos que posee cada individuo,
por el sólo hecho de ser persona.
En la actualidad contamos con marcos políticos, normativos y legales,
así como documentos, investigacio-
nes, estudios y hasta expertos que
pueden explicar clara y ampliamente
el tema de la inclusión, sin embargo
no es propiamente esto lo que ha
logrado que las personas, en general, acepten la diferencia y la puedan
vivenciar como algo extraordinario
que enriquece y muestra otras facetas de estas personas al afrontar
una situación similar.
Frente a este panorama, tal vez lo
que se requiere es de una verdadera
transformación de paradigma, que
transcienda las barreras culturales
existentes, que modifique nuestros
imaginarios, que nos permita comprender la diversidad como inherente al ser humano, y tener la firme
convicción de que la garantía de los
derechos de las personas no está
mediada por la decisión de alguien
que considera equivocadamente
que el mundo es homogéneo, y se
muestra completamente intolerante
respecto a las diferencias.
Apuntemos desde una reflexión profunda a la construcción de una sociedad inclusiva, de una sociedad para
todos, que respeta sin excepción, a
cada ser humano desde lo que es, y
atiende sus necesidades para lograr
una mejor calidad de vida.
Esto significa ser congruente con lo
que se piensa, se cree y se habla.
Fundación Saldarriaga Concha
www.saldarriagaconcha.org
Carrera 11 No. 94-02 of. 502
PBX: 622 6282 eXt: 126 / Bogotá DC - ColomBia
Soraya Montoya
DireCtora ejeCutiva
Carolina Cuevas
gereNte De iNversióN soCial
María Adelaida Pérez
gereNte aDmiNistrativa y fiNaNCiera
Jacopo Gamba
Notas
séNior eN PlaNeaCióN y formulaCióN
1 Situación de la educación en Colombia. Alfredo Sarmiento Gómez. Educación Compromiso de Todos. Bogotá, 2010.
séNior eN seguimieNto y evaluaCióN
2 Sentencia T-974 de 2010. Magistrado ponente: Dr. Jorge Ignacio Pretelt
Chaljub.
José Miguel Barrera
Luisa Fernanda Berrocal
CoorDiNaDora De ComuNiCaCioNes
E d u c a c i ó n i n c l u s i va / a b r i l de 2011
3
Ajustes razonables para la inclusión educativa
de las personas con discapacidad en Colombia1
Natalia Ángel Cabo
Lucas Correa Montoya
Alejandra Cardona Acebedo
El punto de partida:
el concepto de discapacidad
L
a discapacidad es entendida, a la luz de los planteamientos generales de la
Convención de Naciones
Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (en adelante CDPD) (ONU,
2007) no como una enfermedad, un
problema o una anormalidad que hay
que prevenir o corregir, sino que por
el contrario debe ser entendida como
una manifestación de la pluralidad y
de la diversidad humana y como tal
debe ser protegida y respetada.
La CDPD abandona la salud y la rehabilitación como la prioridad y pone
en el eje de la discusión a la persona
con discapacidad, la cual es entendida como un ser humano digno, plural
y diverso, pleno sujeto de derechos;
en donde todos y cada uno de los
derechos deben tener presencia y
ninguno de ellos puede primar sobre
los demás. En este marco el derecho
a la educación inclusiva juega un
papel vital.
De esta manera la discapacidad en
los términos de la CDPD se entiende
como aquellas deficiencias físicas,
mentales, intelectuales o sensoriales
a largo plazo que, al interactuar con
diversas barreras, puedan impedir
su participación plena y efectiva en
la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás (Artículo 1°,
ONU, 2007).
De lo anterior debemos entender
que hay dos elementos que deben
conjugarse para que se configure
una discapacidad:
• El primero de ellos es la limitación
o deficiencia que puede ser, entre otros, de tipo física, sensorial,
cognitiva o mental; y que además
puede ser de carácter temporal o
permanente y variar en intensidad
o grado.
• En sí misma la limitación no constituye una discapacidad sino que
necesita interactuar con un segundo elemento: las barreras físicas,
actitudinales y comunicativas que
impiden, en todo o en parte, incluirse socialmente, disfrutar plenamen-
te de los derechos y acceder a los
servicios sociales en condiciones
de igualdad con las demás personas.
De esta manera la definición de
discapacidad abandona el modelo
médico y adopta el modelo social,
bajo el cual, ya no es un problema
personal o individual, sino un asunto
ambiental, relacional y social principalmente (Palacios, 2008). En línea
con lo planteado la Corte Constitucional Colombiana2 ha considerado
que el gran cambio frente a la discapacidad de las últimas décadas
ha consistido precisamente en reconocer que un medio social negativo
puede convertir la discapacidad en
invalidez, y que, por el contrario, un
ambiente social positivo e integrador
puede contribuir de manera decisiva
a facilitar la vida de las personas con
discapacidad.
Como se desprende de lo anterior,
el elemento central para definir la
discapacidad ya no es la limitación
o la deficiencia de la persona, sino
que el criterio central lo constituye
la igualdad y la no discriminación
de las personas con discapacidad
en relación con aquellos que no la
tienen. En este sentido el concepto
de “Ajustes Razonables” resulta de
vital importancia para esta población
en la medida que el grueso de las
causas que discriminan y excluyen
requieren de cambios y modificaciones en el espacio físico, en los
procesos comunicativos, en los comportamientos e imaginarios, cambios
que de no ajustarse, perpetúan la
discriminación y exclusión3.
El objetivo del presente texto es
precisamente reseñar algunos ajustes razonables que son necesarios
para garantizar el goce efectivo del
derecho a la educación inclusiva
por parte de las personas con discapacidad.
El derecho a la educación
inclusiva de las personas
con discapacidad
La Declaración Universal de los
Derechos Humanos estipula en su
artículo 26 que toda persona tiene
derecho a la educación y que ésta
tiene como objeto:
• El pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del
respeto a los derechos humanos y a
las libertades fundamentales.
• Favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas
las naciones y los grupos étnicos
o religiosos.
• Promover el desarrollo de las
actividades de las Naciones
Unidas para el mantenimiento
de la paz.
Sin embargo, cuando se trata de
personas con discapacidad que intentan incluirse en el sistema educativo, la realidad en Colombia les ha
ofrecido una serie de opciones que
pueden sintetizarse en tres grandes
categorías:
• El acceso a la educación de forma
segregada, mediante la cual las
personas con discapacidad acceden al derecho a la educación
en instituciones especializadas,
primordialmente diferentes a las
aulas a las que asiste el resto de
la población. En muchos de los
casos este tipo de educación se
prefiere por considerarse que allí:
las personas están mejor atendidas,
están rodeadas de sus iguales, protegidas de los demás y que la institución responde a sus necesidades
particulares, las cuales difícilmente
pueden ser satisfechas en el sistema educativo regular.
• El acceso a la educación integrada,
mediante la cual las personas con
discapacidad asisten a las instituciones de educación regular, se
“integran” físicamente hablando al
aula, pero en su desarrollo no se
despliegan los ajustes razonables
para el acceso en condiciones de
igualdad y por ello, si bien la perso-
4
na se le permite “estar”, en la mayoría de los casos deben soportar
una enorme cantidad de barreras
que terminan por ponerlos en desventaja y excluirlos.
• El acceso a la educación inclusiva,
que corresponde al norte e ideal
que debe conseguirse. Este modelo
hace referencia a que la institución
educativa regular, en todos sus
espacios, momentos y experiencias, debe desarrollar los ajustes
razonables para que las personas
con discapacidad, en función de
su diversidad, puedan acceder y
permanecer en condiciones de
igualdad y gozar así del derecho a
la educación.
En diciembre de 2006, la Asamblea
General de las Naciones Unidas
adoptó la CDPD, que en el artículo 24 garantiza el derecho a una
educación inclusiva en el derecho
internacional. Para lograrlo se exige
la inclusión como una práctica que
debe ser desarrollada por el sistema educativo regular, y se enfatiza
en la necesidad de que los niños
y niñas con discapacidad reciban
efectivamente el apoyo individual
que sea necesario para garantizar
el goce del derecho en condiciones
de igualdad.
Sin embargo el discurso a favor de
la inclusión educativa genera algunos rechazos en la comunidad en
general y en las personas con discapacidad, pero su principal enemigo
es su defectuosa implementación.
El rechazo no se da tanto porque
la inclusión de una persona con
grandes, especiales y complejas
necesidades educativas en un aula
regular al interior de un centro educativo ordinario sea imposible, no tanto
porque la inclusión como concepto
abstracto sea negativo, sino porque
ante la ausencia de los ajustes razonables, los recursos materiales y
humanos necesarios para atender
debidamente esas necesidades, o
por su defectuosa implementación,
a la postre, se estaría en presencia
de una mayor exclusión.
El reto social a la luz del artículo
24 está en identificar las barreras
que impiden el desarrollo pleno de
la educación inclusiva y la efectiva
implementación de los ajustes razonables necesarios para superarlas,
se trata de una discusión e investigación sobre cómo se materializa el
derecho en la práctica.
La práctica de la educación
inclusiva: elementos
y condiciones necesarias
La transición desde la segregación e
integración hacia una educación in-
E d u c a c i ó n i n c l u s i va / a b r i l de 2011
clusiva no significa un simple cambio
a nivel técnico u organizacional que
pueda ser potenciado únicamente
por una norma jurídica; significa por
el contrario un movimiento de reforma social de imaginarios y prácticas
con una clara dirección filosófica: la
plena inclusión de las personas con
discapacidad.
El desarrollo de la educación inclusiva exige cambios estructurales que
involucran a la totalidad del sistema
educativo, estudiantes, docentes,
padres y madres de familia y a la sociedad en general. Y estos cambios
requieren, como lo señala la Unesco
(2004), de un esfuerzo conjunto y
coordinado por dos razones:
• Porque es difícil avanzar en una
educación inclusiva cuando otros
aspectos del sistema educativo y
social se mantienen sin reformar
y tienen efectos excluyentes haciendo que cualquier intervención
parcial sea ineficaz.
• Porque con el propósito de generar
un impulso detrás del movimiento
de la educación inclusiva, es más
fácil crear consenso cuando la inclusión se perciba como parte de un
proceso más amplio: hacer efectiva
toda la educación o para crear una
sociedad más inclusiva.
El reto de generar la inclusión debe
pasar por hacerse una pregunta
central: ¿qué es necesario modificar en las prácticas y en la realidad
para avanzar en la inclusión? De las
respuestas, surgen algunos ajustes
razonables como elementos y condiciones que deben estar presentes
y que son una manifestación directa
de la igualdad y la prohibición de
discriminación.
El primero de dichos elementos es
la necesidad de una política pública
de reforma educativa hacia la inclusión. Si bien las políticas generales y
nacionales tienen un efecto mediato
e indirecto para transformar las vidas de las personas, su necesidad
es impostergable. Como lo plantea
Porter (s.f.) es preciso contar con
lineamientos generales y políticas
públicas que por lo menos:
1. Hagan una apuesta certera por la
inclusión educativa.
2. Dispongan de los recursos necesarios para lograrlos.
Disponer del recurso humano adecuado, suficiente y capacitado en las
instituciones y aulas es el segundo
ajuste razonable para que la inclusión se haga realidad.
En los sistemas educativos del mundo los docentes constituyen el recurso más costoso, y a su vez, el más
poderoso. El desarrollo de maestros
es crucial especialmente en países
donde otros tipos de recursos son
relativamente escasos.
Lo anterior lo explica la Corte Constitucional, cuando considera que “la
educación no es un ejercicio unilateral cuya eficacia pueda medirse por
la capacidad del educando para captar y reproducir las enseñanzas que
el maestro le imparta, sino que es un
proceso complejo que además de la
simple instrucción en ciertas artes o
técnicas comprende la formación de
un individuo en interrelación con los
demás miembros del conglomerado
social y que según el artículo 1 de
la ley 115 de 1994 se fundamenta
en una concepción integral de la
persona humana, de sus derechos y
de sus deberes”4.
Dicho recurso humano se compone,
a grandes rasgos de:
El docente directo. Todos los maestros sin excepción alguna deben
tener un grado suficiente de conocimiento acerca de los enfoques
inclusivos, la inclusión educativa es
una responsabilidad de la planta docente en general, no únicamente de
los maestros especializados. El reto
de la inclusión comienza desde la
formación temprana del maestro.
El docente formador. Los maestros
especializados en inclusión educativa que desempeñan un rol de facilitadores en la institución, promotores
del cambio de mentalidad y en el
desarrollo y puesta en marcha de
las reformas necesarias. Mientras
el docente directo es el responsable de cada grupo, de cada materia, de cada estudiante, el docente
indirecto es un docente de apoyo
en la institución. Líder y generador
del cambio.
Además del personal docente, en
muchos de los casos es necesaria la
presencia de otras figuras de apoyo
en el aula que varían en función de
las necesidades particulares de cada
persona con discapacidad y constituyen una superación de las barreras
a las que se enfrentan las personas
y que son el último elemento que se
reseña. Son ejemplos:
• Los intérpretes de lengua de señas.
• Los guías intérpretes para personas
sordociegas.
• Los modelos lingüísticos.
• El apoyo y la asistencia personal
en el aula.
En tercer lugar se requiere la participación activa de la familia y la sociedad para lograr la inclusión educativa
de las personas con discapacidad.
En la mayoría de los casos la educación se ve como un asunto que
concierne principalmente a los profesionales antes que a las familias y a
las comunidades. Estos últimos sólo
juegan un pequeño papel, en donde
simplemente reciben los servicios
que los profesionales en educación
proporcionan. Tradicionalmente no
se espera que jueguen un rol significativo en la educación de sus hijos
e hijas y tienen pocos derechos formales para participar en el proceso
de toma de decisiones en lo que
respecta a la educación.
El panorama es diferente en los
países en donde se han adoptado
enfoques más inclusivos en cuanto
las familias y las comunidades han
asumido un rol central en este proceso. En algunos países, existen estímulos orientados hacia los padres
para que participen en la toma de
decisiones y de esta manera contribuyan en la educación de sus hijos
e hijas. En otros casos, han sido las
propias familias y comunidades las
que han asumido el liderazgo para
promover avances hacia una educación más inclusiva. Tal es el caso
de Sudáfrica en donde se acepta
axiomáticamente que la comunidad
puede y debe participar en los procesos educativos de sus hijos e hijas
(Sayed, 1998).
El objetivo de la educación inclusiva
no es solamente que se eduque a los
alumnos en escuelas ordinarias, sino
también que se los mantenga en el
seno de sus familias y comunidades
(Unesco, 2004). La visión amplia del
documento de la Unesco en donde
se plantea la estrategia “Educación
para Todos” concibe el aprendizaje
como un concepto holístico, que
tiene lugar tanto en el hogar y en la
comunidad, como en las escuelas
y otros centros de aprendizaje. La
participación activa de las familias y
las comunidades es esencial.
En Colombia, la Corte Constitucional
en Sentencia T-513 de 1999 ha considerado que el proceso de integración
es complejo y que requiere de la participación de todos los agentes educativos, es decir, directivas, profesores,
padres y estudiantes. Sin embargo,
este proceso sería más beneficioso
en la medida en que todos estos actores entiendan que es necesario un
compromiso de todos los miembros
de la comunidad educativa para lograr la adaptación de los niños con
discapacidad y permitirles, al mismo
tiempo, ser tratados de la misma manera que los otros niños.
El currículo abarca todas las experiencias de aprendizaje disponibles
para los estudiantes en sus escue-
5
E d u c a c i ó n i n c l u s i va / a b r i l de 2011
las instrucciones de los maestros.
Por el contrario, todos los niños,
independientemente si tienen o no
discapacidad, deben trabajar a su
propio ritmo respetando, claramente, un marco común de actividades
y objetivos (Unesco, 2004).
Finalmente se requiere que la institución, los maestros y las autoridades
públicas se den a la tarea de identificar las barreras, sean estas físicas,
comunicativas o actitudinales, a las
que se enfrentan las personas con
discapacidad y sus familias y se dispongan a superarlas. Esto incluye,
entre muchos otros ajustes:
• Que las instalaciones físicas de
los colegios sean completamente
accesibles a las personas con discapacidad.
• Que los sistemas de transporte que
usan los estudiantes permitan una
fácil movilización.
• Que los materiales didácticos y
las tecnologías disponibles sean
adaptadas a las personas con discapacidad.
• Que las personas con discapacidad
sensorial cuenten con apoyos especializados para facilitar su proceso
comunicativo tanto con los docentes como con sus compañeros.
las así como en sus comunidades.
En él se planifican, principalmente,
las oportunidades de enseñanza y
aprendizaje disponibles a nivel del
aula ordinaria. El currículo no debe
entenderse como algo inamovible,
sino que por el contrario debe adaptarse a las necesidades y a la diversidad que cada grupo presenta, entre
ellos las personas con discapacidad
y este es precisamente el cuarto
elemento necesario para lograr la
inclusión.
cimientos transmitidos por el docente, es seguro que las escuelas se
mantendrán encerradas en currículo
y prácticas de enseñanza organizadas rígidamente (Unesco, 2004). Es
muy importante tener en cuenta que
lo que busca la educación inclusiva
es poder responder a la diversidad
y a estar abiertos a nuevas ideas,
empoderando a todos los miembros
de una comunidad y respetando las
diferencias de manera digna (Carrington, 1999).
El desarrollo de un currículo que
incluya a todos los alumnos podría
requerir una ampliación de la definición de aprendizaje que tienen
los maestros y quienes toman las
decisiones en el sistema educativo.
Mientras se siga entendiendo por
aprendizaje la adquisición de cono-
La visión de un currículo inclusivo
muestra el rol del maestro como
facilitador más que como instructor.
Esto conlleva a que un grupo diverso
de estudiantes se eduquen juntos,
ya que no todos tienen el mismo
punto de partida en su aprendizaje
ni todos reciben de la misma manera
• Que se eviten y ataquen los prejuicios en contra de las personas
con discapacidad generando una
cultura de reconocimiento del otro
como una persona valiosa.
Palabras finales
El reto de avanzar el goce efectivo
del derecho a la educación inclusiva
de las personas con discapacidad se
requiere por lo menos:
Una apuesta institucional, no sólo en
el nivel nacional, sino principalmente
en el nivel local para lograrla. La oferta local de instituciones inclusivas es
uno de los principales determinantes
del acceso real a este derecho.
Dicha apuesta debe además preguntarse y actuar directa y asertivamente por los ajustes necesarios
que deben realizarse. La apuesta por
la inclusión educativa trasciende las
declaraciones formales de las autoridades públicas hacia las prácticas
pedagógicas y didácticas.
Las personas, sus familias, las organizaciones y los docentes deben
desempeñar un rol central en la exigencia, desarrollo y seguimiento a
los procesos de educación inclusiva,
incidir política y judicialmente para
presionar el avance certero de la oferta local para acceder al derecho.
Hacer la educación inclusiva de las
personas con discapacidad una
realidad incluye la discusión jurídica
sobre el derecho, pero desborda
las posibilidades reales de su reclamación judicial. Se requiere tener
conocimiento sobre los ajustes razonables necesarios para hacerlo vivo
y exigirlo judicialmente, pero sobretodo política y socialmente.
Bibliografía
Carrington, Suzanne (1999) ‘Inclusion
needs a different school culture’.
En: International Journal of Inclusive Education, 3: 3, 257-268.
Corte Constitucional Colombiana. Sentencia T-329 de 1997. Magistrado
Ponente: Fabio Morón Díaz.
Corte Constitucional Colombiana.
Sentencia T-513 de 1999. Magistrado Ponente: Martha Victoria
Sáchica Moncaelano.
Corte Constitucional Colombiana.
Sentencia T-826 de 2004. Magistrado Ponente: Rodrigo Uprimny
Yepes.
Organización de las Naciones Unidas.
(2007). Convención sobre los
Derechos de las Personas con
Discapacidad. ONU: Nueva
York.
Palacios, Agustina. (2008). El modelo
social de discapacidad: orígenes,
caracterización y plasmación
en la Convención Internacional
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Cermi:
Madrid.
Porter, Gordon L. (s.f.). Disability and
Education: Toward an Inclusive
Approach. Documento inédito.
Sayed, Yusuf and Carrim, Nazir (1998)
‘Inclusiveness and participation
in discourses of educational
governance in South Africa’. En:
International Journal of Inclusive
Education, 2: 1, 29.
Unesco. (2004). Temario abierto sobre
educación inclusiva. Santiago de
Chile: Unesco.
Notas
1 El presente texto sintetiza los hallazgos
de la investigación sobre educación
inclusiva desarrollado durante el 2010
por el Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social (PAIIS) de la
Facultad de Derecho de la Universidad
de los Andes, el cual que desde el 2007
produce conocimiento y genera acciones para el avance de los derechos humanos, la igualdad y la inclusión social
de la población de especial protección
constitucional en Colombia (especialmente la población con discapacidad
y las personas mayores).
2 Corte Constitucional. Sentencia T-826
de 2004. Magistrado Ponente: Rodrigo
Uprimny Reyes.
3 Dichos ajustes están constitucionalmente justificados en el artículo 13,
incisos 2° y 3°.
4 Corte Constitucional. Sentencia T-329
de 1997. Magistrado Ponente: Fabio
Morón Díaz.
6
E d u c a c i ó n i n c l u s i va / a b r i l de 2011
La educación inclusiva: una invitación
a la transformación de la escuela
Rafael Pabón García1
La educación inclusiva
y el derecho a la educación
E
s cada vez mayor la importancia y la
relevancia de la educación inclusiva
en las políticas educativas del mundo
entero. Es natural que así sea pues, a
pesar de la consolidación de los sistemas educativos con una capacidad de cobertura cada vez
mayor en nuestros países latinoamericanos, aún
estamos lejos de garantizar el propósito de una
educación para todos. Durante la segunda mitad
del siglo pasado se dio una verdadera expansión
de los sistemas educativos en nuestros países que
permitió una atención casi universal. Sin embargo esta expansión ha sido acompañada por una
gran inequidad y, sobre todo, aún se presentan
variadas y múltiples formas de discriminación y
de exclusión, que atentan contra la garantía del
derecho a la educación de todos nuestros niños,
niñas y jóvenes (Sarmiento et al. 2011; CLADE,
2009).
Es por lo anterior que debemos asumir que la educación inclusiva es antes que nada una expresión
y una manifestación de búsqueda por asegurar y
garantizar el derecho a la educación de todos más
allá, o mejor tomando en cuenta, determinadas
condiciones individuales, o particulares situaciones individuales. Esta garantía del derecho a la
educación implica cuatro aspectos relacionados
entre sí. Se trata, en primer lugar de asegurar el
acceso de todos al sistema educativo sin discriminación alguna. En segundo término es necesario
que la educación sea realmente asequible para
las condiciones individuales o esas situaciones
particulares de todos los estudiantes. En tercer
lugar, se requiere que esa educación tenga la
capacidad de ser adaptable, es decir con posibilidades de responder a las necesidades específicas de los estudiantes, de ser flexible, y de hacer
ajustes en función de esos estudiantes. Por último,
la educación inclusiva se interesa y se orienta a
asegurar a que la educación sea aceptable para
las condiciones o las situaciones de todos y a
que, por tanto, tenga la capacidad de responder
a necesidades específicas (ONU, 2007).
El derecho a educarnos juntos
La pretensión de garantizar una educación para
todos más allá de las condiciones individuales,
o de las condiciones particulares es fundamental para la inclusión educativa. Sin embargo, va
más allá de ello al establecer como principio que
todos los niños, niñas y jóvenes tienen derecho
a estudiar juntos, sin establecer ningún tipo de
diferencias en el sistema educativo formal o regular. Todos los estudiantes, de acuerdo con este
principio, tienen características, intereses, capacidades, y necesidades de aprendizaje particulares,
lo que no es, o no debería ser, obstáculo para que
tengan acceso al sistema de educación regular, y
encontrar acomodo en él mediante estrategias pedagógicas específicas y formas de organización y
de orientación de las comunidades educativas.
La Conferencia Mundial sobre Necesidades
Educativas Especiales, realizada en Salamanca,
España, en 1994 propuso no sólo promover el
derecho a la educación de quienes presentan
lo que de manera tradicional se ha denominado
necesidades educativas especiales, de manera
particular en razón a su condición de discapacidad
(Unesco, 1994). También insistió en la necesidad
de garantizar el derecho a la educación en igualdad de condiciones y a través de las escuelas
regulares, como instituciones educadores de
nuestro tiempo. La declaración de esta Conferencia afirmó:
Todo menor con necesidades educativas especiales debe tener acceso a una escuela normal
que deberá acogerlo y acomodarlo dentro de una
pedagogía centrada en el menor que cubra dichas
necesidades.
Garantizar este derecho a la educación pasa por
superar las distintas barreras para el acceso, el
reconocimiento, la participación y el aprendizaje
de los y las estudiantes. Tales barreras son de
diferente tipo y se pueden originar en diferentes
causas: en primer lugar pueden tener que ver con
el currículo y las maneras de clasificar y organizar
el saber en los planes de estudio, en las prácticas
pedagógicas, y en las formas de la evaluación.
En segundo término se presentan barreras relacionadas con la participación, la comunicación
y la interacción. Este tipo de trabas generan formas de exclusión invisible, pues a pesar de que
las niñas, niños y jóvenes se encuentran en la
escuela, en el día a día viven la exclusión y el
desconocimiento de sus posibilidades de contribuir a la vida de la comunidad. En tercer lugar, y
quizá con mayor peso que las anteriores, se dan
barreras que proceden del modo en que el sistema
educativo se estructura o funciona, las cuales se
denominan como “discriminación institucional”.
Estas barreras se encuentran enraizadas en la
cultura y en las prácticas institucionales a un punto
tal, que aparecen como naturales o propias de
la vida escolar. Aspectos o criterios tales como
los “perfiles de los alumnos”, “los conocimientos
esperados”, “los comportamientos aceptados” y
muchos otros principios que orientan y definen los
proyectos institucionales y las maneras de actuar
del sistema educativo, no son puestos en duda, o
no son analizados desde el punto de vista de su
potencial de exclusión.
Por ello la inclusión implica el difícil proceso de
cuestionar las propios valores, las prácticas, actitudes y culturas. La eliminación de las barreras
que impiden el ejercicio del derecho a la educación
de los estudiantes con condiciones específicas o
en situaciones particulares busca asegurar que
su presencia en contextos educativos formales
lleve al sistema educativo a arriesgarse a innovar sus prácticas y las formas de ser maestro y
hacer escuela.
Las trampas de la exclusión
Sin embargo, la identificación y la superación de
las barreras, no pretende sólo poner en marcha
políticas y desarrollar prácticas sólo orientadas o
determinadas a grupos “especiales o singulares”.
Es una verdadera trampa pensar que la inclusión
educativa es un conjunto de mecanismos para
compensar o mitigar la vulnerabilidad o las desventajas de algunos estudiantes, pues con ello
estamos de nuevo generando formas de diferenciación entre quienes requieren la superación
de obstáculos y quienes, al menos en teoría, no
presentan limitación ni barreras para ser parte de
la comunidad o para acceder y valorar el saber.
Una segunda trampa, causa y a la vez consecuencia de la anterior, tiene que ver con el convencimiento en que son las condiciones individuales
7
E d u c a c i ó n i n c l u s i va / a b r i l de 2011
de las niñas, niños o jóvenes las que explican su
exclusión, desviando los procesos y las causas
que generan su discriminación. Es lo que Castell (2004) ha puesto en evidencia con claridad
al hacernos pensar sobre “la trampa” que, en
efecto, suponen muchas prácticas de inserción o
integración (escolar o social), cuando el trabajo se
centra en ayudar a los excluidos para eludir con
ello políticas preventivas y sistémicas destinadas
a evitar que la gente caiga en las situaciones de
exclusión.
La educación inclusiva es
educación sin exclusión
El concepto y la práctica de la educación inclusiva
supone dos procesos estrechamente relacionados entre sí. De una parte, cuestiona y critica las
educaciones tradicionales que aceptan la segregación y la elitización como hechos naturales. De
otro lado, se refiere a un mecanismo específico
que busca asegurar una educación apropiada
y pertinente para los grupos discriminados. Es
por lo anterior que la educación inclusiva implica
una transformación radical de las concepciones
y acciones que caracterizan a la escuela como
institución social y al sistema educativo. La escuela en la inclusión educativa pierde el sentido
reproductor de las diferencias y las inequidades
y es llamada a un cambio estructural y no sólo
a simples adaptaciones. Se trata de una profunda transformación lograr una educación para
todos, así como mejorar la calidad y la eficacia
de la educación de los alumnos de la enseñanza regular.
Esta comprensión en parte explica la evolución
de las formas de atención y de garantía de derecho a la educación de niñas, niños y jóvenes con
discapacidad o excepcionalidad, tradicionalmente
conocidos como con necesidades educativas especiales, pero de igual manera ha venido sucediendo con la cuestión de la garantía del derecho
a la educación de otras poblaciones. A manera de
ejemplo puede afirmarse que en lo relacionado
con la discapacidad se ha venido dando el paso
en primer lugar de la educación especial a la integración escolar, como un concepto y una práctica
para “insertar”, o dar acceso, a algunos alumnos
considerados especiales en un sistema escolar
tradicional que se asume como inalterable. En segundo término se ha venido dando el tránsito de la
integración escolar a la educación inclusiva, cuyo
propósito y cuya propuesta es la reestructuración
y la transformación de las formas tradicionales de
hacer escuela y de ser maestro, para garantizar
el derecho a la educación de todos los alumnos
según sus necesidades. Mientras que en la integración se busca generar apoyos de distinto tipo,
modalidades de atención y refuerzos individualizados para lograr que el estudiante se adapte al sistema educativo, la educación inclusiva se propone
flexibilizar las didácticas, los currículos, intervenir
la cultura escolar y, en general transformar las
prácticas y las concepciones de la enseñanza con
el fin de que las diversas maneras de aprender
tengan un lugar en nuestros colegios.
Este cambio de perspectiva implica de la misma
manera nuevos enfoques en lo relacionado al
derecho a la educación. Se trata no sólo de la necesidad de diseñar y poner en marcha opciones y
modalidades educativas para dar acceso para que
todos, más allá de sus condiciones o situaciones
individuales, se puedan adaptar a un sistema educativo que se considera inalterable u homogéneo.
También implica, tal y como propone la educación
inclusiva, el hacer posible una transformación de
la institucionalidad educativa en su conjunto, de
manera que aquellos estudiantes que se encuentran en riesgo o en situación de vulnerabilidad
aprendan y participen en condiciones de equidad.
Por eso la inclusión educativa no sólo propende
por la puesta en marcha de acciones diferenciadas
o de discriminación positiva “focalizadas” en ciertas necesidades educativas particulares, sino que
promueve la flexibilización de los currículos y de
las formas organizativas de la escuela en su conjunto. Lo que se propone es no preguntarse tanto
por las limitaciones o dificultades de unos determinados estudiantes sino, sobre todo, reflexionar y
actuar a partir de la identificación y mitigación de
los efectos de las barreras de distinto tipo que ha
levantado a su alrededor el sistema educativo y
que, en gran medida, condicionan las posibilidades de aprendizaje y de participación en la vida
E d u c a c i ó n i n c l u s i va / a b r i l de 2011
8
escolar de todos los estudiantes. Es, por tanto, la
escuela la que se adapta a las necesidades de
los estudiantes y no al contrario.
La educación inclusiva no es un término genérico, que se usa para nombrar variadas formas de
atención educativa a poblaciones vulnerables, o
tradicionalmente discriminadas. Incluso, muchos
de los críticos de la educación inclusiva insisten
en que el término es solo una forma “políticamente
correcta” de referirse a maneras de prestar un servicio educativo a quienes no tienen la capacidad
de tener éxito en el sistema educativo formal, y
por tanto, son desechados o no tienen acceso
a él. Para estos críticos la expresión educación
inclusiva no es ninguna novedad y no deja de ser
más que una forma moderna de nombrar viejas
prácticas que se vienen haciendo desde hace muchos años. Al fin y al cabo, sostienen, los sistemas
educativos desde su consolidación han tenido
que enfrentar la cuestión de la diferencia y de la
heterogeneidad de las formas de aprendizaje, lo
que ha implicado el desarrollo de estrategias de
atención especializada para compensar limitaciones o necesidades educativas específicas.
Más allá de la cuestión nominalista o de la dificultad para definir de una manera unívoca a la educación inclusiva, resulta necesario responder a la
pregunta por su sentido y alcance. ¿La inclusión
educativa es una expresión más del ritualismo de
la escuela y de la educación que cambia las denominaciones para que las prácticas y las formas
de hacer se mantengan invariables? ¿O más bien
corresponde a un desarrollo conceptual y pedagógico a un punto tal que es posible hablar de una
transformación de la educación como sostienen
los defensores de la inclusión educativa?
IIPE-Unesco. Buenos Aires. En: http://www.
oei.es/reformaseducativas/equidad_educativa_desigualdad_social_lopez.pdf.
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25 al 28 de noviembre de 2008. En: http://www.
ibe.unesco.org/ fileadmin/user_upload/ Policy_
Dialogue/48th_ICE /CONFINTED_48-3_Spanish.pdf.
Nota
1 Asesor Fundación Saldarriaga Concha en Educación
Inclusiva. Integrante del equipo del proyecto Una educación inclusiva en la formación Inicial de docentes del
Instituto para el desarrollo y la innovación educativa
(IDIE) en Formación de maestros de la OEI y de la
Fundación Saldarriaga Concha.
Decálogo de la Inclusión
“
Una sociedad Inclusiva es aquella
capaz de contemplar, siempre, todas las condiciones humanas, encontrando medios para que cada
ciudadano, del más privilegiado al
más comprometido, ejerza el derecho
de contribuir con su mejor talento al bien
común”. Tomado de Libro ¿Es usted
gente? El derecho de nunca ser cuestionado sobre su valor humano. Claudia
Werneck, pág. 25.
3.
Una estrategia para lograr la participación
y la eliminación de barreras en el entorno
para todas las personas independientemente de sus características.
9.
4.
La visibilización de los grupos poblacionales vulnerables presentes en la sociedad como ciudadanos en igualdad de
derechos.
10. El mandato para el Estado y los gobiernos que tienen la responsabilidad
de crear y mantener ambientes que
favorecen el bien común.
5.
El escenario para valorar todas las dimensiones que supone la existencia de
la diversidad.
La inclusión es:
6.
El reconocimiento de todos y todas a
partir de sus fortalezas y necesidades.
7.
La forma cómo podemos construir una
sociedad inclusiva, equitativa, con verdadera justicia social y garante de derechos.
8.
Una nueva perspectiva para las generaciones futuras con la posibilidad de
crecer en un mundo con equiparación
de oportunidades.
1.
2.
Una filosofía de vida que da la posibilidad de reconocer a cada persona
como un ser humano que no se categoriza con un mayor o menor valor
a partir de sus características.
La manera como se garantiza el
cumplimiento de los derechos para
todas las personas y la eliminación
de la discriminación y la exclusión.
Una sociedad que valora la diferencia
y ofrece una mejor calidad de vida a
todas las personas a partir de su condición.
E d u c a c i ó n i n c l u s i va / a b r i l de 2011
9
retos para alcanzar la inclUsión
Visión desde las familias
Mónica Alexandra Cortés
dIreCtora ejeCutIva asdown ColombIa
rePresentante de las Personas Con dIsCaPaCIdad
InteleCtual y sus famIlIas ante el Consejo naCIonal
de dIsCaPaCIdad y Consejo dIstrItal de dIsCaPaCIdad
Las grandes transformaciones sociales se han logrado por el sueño y convencimiento de grupos de
personas que han creído profundamente en que
es posible el cambio y se han unido para luchar,
para convencer.
En pleno siglo XXI, Las familias que tenemos un
hijo con discapacidad nos enfrentamos desde
el primer momento a profesionales de la salud
que nos dan la noticia como si tuviéramos en
nuestras manos a un ser de poco valor. Es
cuando reconocemos entonces que vivimos en
una sociedad en la cual priman otros valores,
donde lo más importante es la perfección, la
productividad, la belleza, por encima de la vida
humana.
Empezamos entonces a recorrer un camino donde
la construcción más importante que hacemos es
entender que nuestros hijos son valiosos, que tienen grandes fortalezas y que debemos desarrollar
una habilidad para identificar sus potencialidades
por encima de sus dificultades.
cidad y en ocasiones nos quedamos mirando sus
carencias, tenemos dolor, rabia y sobre todo bajas
expectativas, desde una mirada de hace décadas
que no nos permite conocer y ver el mundo de
posibilidades que tenemos hoy.
Tenemos el reto de construir una mirada y enfoque de derecho, donde nuestros hijos tienen que
visionar sus oportunidades en igualdad de condiciones con los otros niños sin discapacidad. Las
familias no queremos más una vida de soledad
y exclusión.
La invitación es a caminar juntos, construir una
sociedad que reconozca también a nuestros hijos,
los valore, pero no más en espacios segregados.
La generación de adultos con discapacidad que tenemos hoy -que han vivido en la segregación- nos
muestran que su vida sigue en el apartamiento. No
valen los ejemplos que nos traen algunos colegios
hoy, que ofrecen la inclusión para niños “leves”,
que en la realidad es otra forma acomodada de
excluir. Nuestros hijos con discapacidad construyen su vida real, rodeados de sus pares (vale
la pena aclarar que son sus pares en edad) que
les permiten identificar sus capacidades y valorar
sus dificultades, no necesitan que los protejamos,
los alejemos. Así lo expresan los mismos adultos
con discapacidad intelectual que hoy reclaman
sus derechos.
A los padres se nos convence de la incapacidad
de nuestros hijos. Médicos, profesionales de
rehabilitación, maestros, hasta nuestra misma
familia, centra su mirada e intervención en sus
dificultades, intentando de una u otra forma
avanzar hacía la mal entendida “normalización”, concepto devaluado en nuestros días,
porque todos somos diferentes, nadie es igual
al otro, entonces ¿Qué es ser normal?. ¿Con
qué derecho limitamos la participación de una
persona con discapacidad a determinado espacio en la sociedad, empezando por los entornos
escolares?
Ya es hora de que las familias dejemos de luchar
solas. Queremos unir nuestras voces y esfuerzos con más familias y con más aliados de la
sociedad: profesionales, maestros, empresarios,
autoridades, padres y madres del común y todos
los demás niños del mundo.
Por lo tanto el gran reto que tenemos desde el
inicio es sobreponernos a sus dificultades, desarrollar estrategias de afrontamiento que nos
permitan exaltar el valor de nuestro hijo, empezando por ver todas sus posibilidades, derribar las
barreras que impidan su participación y brindar y
reconocer los apoyos necesarios y a la medida
de cada niño o niña con discapacidad, para que
de ninguna manera se le excluya por causa de
su discapacidad.
Queremos servicios efectivos, atención en salud
con calidad, espacios escolares que permitan a
nuestros hijos crecer más en sus saberes y no
solamente en un oficio ocupacional que ha sido
la única alternativa ofrecida a lo largo de muchas
décadas.
Las familias así empezamos a transferir la visión
que tenemos de nuestro hijo. Sólo cuando logramos mostrarle a nuestro entorno inmediato que no
están enfermos, que son personas y que tienen
derecho a ser valorados dentro de sus fortalezas
y debilidades.
Nuestros hijos llegan a un entorno donde todos
tenemos una mirada desconocida ante la discapa-
Las familias queremos hoy construir una sociedad en la cual se respeta a cada persona, que el
concepto de inclusión sea una realidad asociada
al valor de la diferencia y no más a la lástima o
compasión (como lo proponen iniciativas como
Teletón).
Queremos el final de las etiquetas y debemos
empezar en casa. Somos nosotros los que conocemos en profundidad las capacidades de
nuestros hijos. Todos los días nuestros hijos nos
convencen de que pueden dar un paso tan grande
como el del hombre en la luna; pueden lograr metas tan célebres como los campeones olímpicos;
y pueden cambiar el mundo con la simplicidad
de una sonrisa.
Cada día nos convencen de que la realidad de la
nueva generación de la discapacidad ya cambió
y debemos advertir de eso al mundo.
E d u c a c i ó n i n c l u s i va / a b r i l de 2011
10
El sector público y sus responsabilidades
frente a la inclusión educativa
Fulvia Cedeño Ángel
Consultora fundaCIón
saldarrIaga ConCha
L
a Unesco plantea que la
inclusión educativa es
una responsabilidad de la
sociedad en su conjunto
sin embargo, es necesario tener muy claro que mediante la
política de Estado, el Gobierno tiene el rol de garantizar el derecho a
la educación de calidad para todos.
Es necesario que los gobiernos
entiendan que hay que ir más allá
del acceso a la escuela para integrar expansión, calidad e igualdad
de oportunidades. En la mayoría de
nuestros países se da más peso a la
ampliación de la cobertura que a la
calidad y a la equidad.
En este sentido, es muy importante que el sector gubernamental de
nuestro país tenga muy claro que
“Ofrecer una educación de calidad,
sin discriminación de ninguna naturaleza, implica transitar hacia un
enfoque que considere la diversidad
de identidades, necesidades y capacidades de las personas, favoreciendo el pleno acceso, la conclusión de
estudios y los logros de aprendizajes
de todos, con especial atención a
quienes se encuentren en situación
o riesgo de exclusión” (Unesco).
En la 48ª Conferencia Internacional
de Educación, realizada en el 2008
en la que participaron los gobiernos de 153 Estados Miembros de
Unesco, se recordó que el Artículo
26 de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos estipula
que toda persona tiene derecho a
la educación, se afirmó que una
educación inclusiva y de calidad
es fundamental para alcanzar el
desarrollo humano, social y económico.
En función de todo lo anterior quedan claramente establecidas las
responsabilidades que el sector
educativo tiene en la ejecución de
las siguientes acciones:
1. Promover mecanismos de concertación entre diferentes sectores del
gobierno y de la sociedad civil para
el debate y monitoreo de las políticas
educativas y para enfrentar las causas que generan desigualdad dentro
y fuera de los sistemas educativos,
proporcionando recursos adicionales
y diferenciados para que los estudiantes en situación o riesgo de exclusión educativa o social puedan, en
igualdad de condiciones, aprovechar
las oportunidades educativas.
2. Adoptar medidas educativas para
atender la diversidad, tales como:
educación intercultural para todos;
educación con enfoque de género;
diversificación de la oferta educativa; adaptación del currículo; elaboración de textos o imágenes que no
contengan estereotipos de ninguna
clase; extensión de la jornada escolar; y calendarios escolares flexibles
según zonas y necesidades, entre
otras.
3. Diseñar acciones específicas para
asegurar, a determinados colectivos,
el derecho a una educación de calidad en igualdad de condiciones:
• Promover una educación intercultural y bilingüe para los pueblos
originarios en todos los niveles
educativos.
• Dar prioridad a la mejora de la
calidad de las escuelas unidocentes y multigrado de zonas rurales,
vinculándolas al desarrollo local,
definiendo estrategias de acompañamiento al trabajo de sus docentes
y promoviendo la creación de redes
entre escuelas.
• Ampliar el acceso y mejorar la
calidad de la educación para las
personas con necesidades educativas especiales, fortaleciendo los
procesos de escuelas inclusivas
y transformando progresivamente
los centros de educación especial
en centros de recursos para la
comunidad y el resto del sistema
educativo.
4. Proporcionar apoyo interdisciplinario a los docentes para la
identificación y atención temprana
y oportuna de las dificultades de
aprendizaje.
5. Ampliar el acceso de los estudiantes a las tecnologías de información
y comunicación con el fin de mejorar
los aprendizajes y reducir la brecha
digital.
6. Impulsar medidas para lograr un
clima escolar favorable que propicie
la integración, el respeto mutuo y la
solución de conflictos a través del
diálogo entre los diferentes actores
de la comunidad educativa.”
Es responsabilidad de la sociedad
civil, velar por que los gobiernos
hagan efectivos estos compromisos
de tal manera que se reflejen en la
cualificación de la educación.
Cibergrafía
http://www.ibe.unesco.org.
http://www.ibe.unesco.org/fileadmin/
user_upload/Policy_Dialogue/48th_
ICE/CONFINTED_48-2_Spanish.pdf.
E d u c a c i ó n i n c l u s i va / a b r i l de 2011
11
¿Qué significa la educación inclusiva hoy?
Marisol Moreno Angarita1
E
s una pregunta que se puede
responder desde lo que dice
la literatura y desde lo que
pasa en las aulas. Hoy entendemos
más y seguiremos profundizando
nuestra comprensión de lo que significa que todos podamos compartir
la experiencia de aprender, sin importar la raza, el género, la condición
y/o la discapacidad.
Suena sencillo, y lo es, pero su práctica ha estado rodeada de muchos
mitos, creencias, y resistencias. En
el fondo, la educación inclusiva,
pone a prueba nuestro concepto de
condición humana. Es así como, es
un reflejo directo del tejido social,
de las nociones de convivencia, solidaridad, respeto y dignidad humana. Por eso, puede ayudar el hacer
claridades sobre la noción que nos
brinda la literatura universal, y ese
es el propósito del presente texto,
pero de otra parte, son las prácticas
sociales y culturales las que modelan
la expresión de la inclusión.
En los últimos años hemos aprendido muchísimo de los colegios, los
docentes, las familias, los líderes sociales, la literatura y por supuesto del
trabajo académico que realizamos. A
continuación presentamos algunas
ideas, que nos han sido útiles.
1. La Educación Inclusiva es una
práctica social que se construye en
muchos sectores, pero que se refleja
particularmente en las organizaciones escolares, independientemente
del nivel educativo que manejen.
2. Los documentos que se producen
sobre el tema, dentro y fuera del
país, son de gran utilidad. Tenemos
mucho por comprender, apropiar,
reconocer y reaprender acerca del
tema. Por eso el trabajo desarrollado por la Unesco alrededor del
movimiento de inclusión que data
desde 1994 con la Conferencia Mundial sobre Necesidades Especiales
Educativas: Acceso y Calidad, en
Salamanca, España, la cual fue firmada por 92 gobiernos, centrada en
el concepto de “alumnos con necesidades educativas especiales”, fue
un impulso para llegar hoy a lo que
llamamos la Educación para todos,
con todos y cada uno. Cada paso es
valioso, porque el recorrido demanda
de todos los saberes que conforman
la sociedad humana.
Estamos avanzando, al pasar de
preocuparnos solamente por garantizar el acceso al sistema educativo
desde una perspectiva de cobertura,
y estamos ahora centrando nuestros
esfuerzos en garantizar también la
participación y calidad educativa.
Esta transición no es fácil y amerita
esfuerzos importantes tanto en las
autoridades educativas, como en la
formación docente, al igual que en
todo el sistema educativo y cultural y
la sociedad en general (Peters, 2004;
Muñoz, 2007).
¿Qué dicen los investigadores? En
resumen, Peters (1994) propone
que Educación Inclusiva se refiere
tanto al:
• Concepto de un cambio de paradigma de alto nivel para los sistemas
educativos a fin de incluir y servir a
los niños de manera efectiva;
• Como al mandato específico para
que los alumnos con discapacidad
asistan a las escuelas ordinarias
y a las aulas con sus hermanos
y compañeros sin discapacidad,
con los apoyos que necesitan para
tener éxito.
Esta definición resulta de arduos
debates, basados todos en las experiencias concretas referidas en
los países, las cuales recogen los
testimonios de familias, padres y especialmente los propios sujetos que
vivieron las experiencias de niños y
que las relatan de adultos.
ves, Cooke & Laberge, 1983; 3) el
aprendizaje colaborativo, (Johnson
y Jonhson, 1986; Wood, algozine y
Avett, 1993); enseñanza de alfabetización recíproca (Palincsar y Brown,
1996, y Aprendizaje diferenciado
(Tomlinson).
Es afín con los desarrollos teóricos
de la teoría de las Múltiples inteligencias y de la enseñanza para la comprensión, aportes muy importantes
para el aprendizaje significativo.
El Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) se dirige a cualquier
aprendiz que desee participar en
el aula, independientemente de
su condición, situación o ritmos de
aprendizaje. El DUA es:
Todo este contexto internacional,
que ya hemos apropiado localmente
mediante la Ley 1346 de 2009, con
la Convención de Naciones Unidas
acerca de los derechos de las personas con Discapacidad, nos obliga
a tomar medidas concretas encaminadas a promover la educación
inclusiva, la Educación para todos,
con todos y para cada uno. En su
apartado referente a educación, selecciona la perspectiva del Diseño
Universal para el Aprendizaje, el
cual está alimentando las propuestas
locales que estamos implementando
en el país.
(...) un marco de trabajo y juego
de principios que proporciona las
mismas oportunidades de aprender
a TODOS los estudiantes. Le permite a los maestros escoger entre
una lista de recursos y estrategias
incorporadas al currículo. El uso de
los principios del DUA hace que el
currículo y la enseñanza sean accesibles y atractivos para todos los
estudiantes. Se reducen las barreras
del currículo; se respalda el aprendizaje; los estudiantes adquieren conocimientos, aptitudes y entusiasmo
por aprender, y su aprendizaje es
evaluado en forma válida… El DUA
mejora los resultados educacionales
de TODOS los estudiantes al garantizarles un acceso práctico al currículo
y una evaluación exacta de sus habilidades y conocimientos. (National
Universal Design for Learning. Task
Force, UDLforallstudents.com).
¿Qué es el Diseño Universal para el
Aprendizaje? Es un enfoque pedagógico interdisciplinario que recoge
múltiples estrategias de aprendizaje,
paradigmas, metodologías y didácticas. Por una parte recoge y sintetiza
un número importante de enfoques
educativos tales como: 1) el profesor
como cogestor (O’Donell, 1998); 2) el
aprendizaje como un proceso (Gra-
El Diseño Universal para el Aprendizaje ha sido impulsado por el grupo
del profesor David Rose de la Universidad de Harvard e implementado
por el Centre for Applied Tecnology
–CAST-. Se basa en los desarrollos
de las Neurociencias, que identifican
tres redes neuronales que se activan
frente a las tareas de aprendizaje.
Estas son las redes de reconoci-
miento, estratégicas y afectivas.
(Rose, 2006). Esta comprensión se
aplica en tres principios:
• Primer principio. Proporcionar múltiples métodos flexibles de presentación para ofrecer varias maneras
de adquirir información y conocimientos a estudiantes con diversos
estilos de aprendizaje.
• Segundo principio. Proporcionar
múltiples medios flexibles de acción
y expresión para brindar a la diversidad de aprendices opciones para
demostrar lo que han aprendido, y
• Tercer principio. Proporcionar
múltiples medios flexibles de participación a fin de aprovechar los
intereses de cada aprendiz, estimularlos apropiadamente, y motivarlos
a aprender.
Utilizando estos tres principios, el
DUA incorpora flexibilidad en los
componentes del currículo: metas,
métodos de enseñanza, materiales
de instrucción y evaluaciones.
Basados en la propuesta de CAST
y del grupo de trabajo del profesor
David Rose de la Universidad de
Harvard, se están implementando
los principios de DUA bajo las condiciones y el contexto colombiano, con
las acomodaciones y ajustes disponibles en las instituciones, las comunidades y los entornos locales.
¡A identificar barreras y construir facilitadores para que todos podamos
aprender! Educación para todos, con
todos y cada uno.
Nota
1 Mag. Com. PHD Salud Pública Directora I.D.H. Instituto Del Desarrollo
Humano, (Dis)capacidades y Diversidades. Profesora Asociada. Dpto de
la Comunicación Humana. Facultad
de Medicina. Universidad Nacional de
Colombia. mmorenoa@unal.edu.co.
12
E d u c a c i ó n i n c l u s i va / a b r i l de 2011
Generando capacidades para la inclusión en el aula