Estrada adán, Guillermo E. y FErnándEz dE CasadEvantE romani, Carlos (Coords.), Derecho Internacional de los Derechos
Humanos. Manual, México, Facultad de Derecho, Unam-Porrúa,
2014, 455 pp.
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. Con la conformación de la denominada “Carta Internacional de Derechos Humanos”, integrada por la Declaración Universal aprobada
en el seno de la Organización de las Naciones Unidas, los Pactos de
Nueva York de 1966 y sus protocolos facultativos, adquirieron una notable fuerza los movimientos de carácter internacional por la defensa de los
derechos humanos. Esos movimientos han permitido la creación de bases
jurídicas que impregnan las fuentes del derecho internacional con un conjunto de directrices cuyo fin es el respeto, la protección y la realización de
los derechos humanos. Tanto en el sistema universal como en los sistemas
regionales, las preocupaciones en esta materia se han traducido en una serie
de normas (convencionales, consuetudinarias e institucionales) que, como
expresa Carlos Fernández de Casadevante, tienen por objeto la protección
de los derechos y libertades fundamentales del ser humano inherentes a su
dignidad. De esta manera adquiere gran importancia el Derecho internacional de los derechos humanos, que teniendo como base el Derecho internacional público, está dotado de una marcada especialización al reposicionar
al individuo en el escenario internacional y buscar su protección entendiendo el papel fundamental que tiene en este ámbito.
2. Sensibles a la creciente tendencia hacia la protección internacional de
los derechos humanos, Guillermo E. Estrada y Carlos Fernández de Casadevante se dieron a la tarea de coordinar un manual sobre la materia que es
producto de una colaboración editorial entre profesores de universidades españolas y profesores mexicanos, lo que permite reunir perspectivas distintas
pero dirigidas a un mismo propósito: ofrecer un enfoque claro y didáctico
que recoja la información esencial sobre el Derecho internacional de los
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derechos humanos, pero que al mismo tiempo evidencie de forma crítica las
necesidades y realidades que se presentan en este campo. Este manual está
integrado por dieciocho lecciones cuya finalidad es ofrecer a los estudiantes
iberoamericanos una herramienta que contenga la información substancial
de una materia que, por sus características, vive un desarrollo progresivo y
encuentra redefiniciones constantes.
3. Los trabajos contenidos en esta obra pueden reconducir a tres bloques
temáticos. El primero de ellos tiene carácter introductorio y está enfocado
al tratamiento de aspectos generales como el Derecho internacional de los
derechos humanos (Carlos Fernández de Casadevante), la protección de la
persona humana en el Derecho internacional y la protección internacional
de los derechos humanos (Guillermo E. Estrada Adán). El segundo bloque
se enfoca en las visiones universales de protección de los derechos humanos
con trabajos referentes a los Pactos Internacionales de 1966 (Julia Ruiloba
Alvariño), así como al tratamiento de derechos específicos en el marco del
Derecho internacional de los derechos humanos con colaboraciones concernientes a la lucha contra la discriminación racial (Virginia Mayordomo
Rodrigo), la tortura (Alberto Ulises Quero García y Carlos Fernández de
Casadevante) y la desaparición forzada de personas (Luis Lorenzo Córdova
Arellano). En este bloque también pueden comprenderse los trabajos relativos a la protección de los derechos de las mujeres y los colectivos LGBTI
(Socorro Apreza Salgado), los principios de aplicación de los derechos de
las y los niños (Dalia Berenice Fuentes Pérez), los derechos de las personas
con discapacidad (Carlos Fernández de Casadevante) y los que corresponden a los trabajadores migrantes (Rubén Carnero Castilla). Finalmente, un
tercer bloque corresponde a las visiones regionales de los sistemas continentales de derechos humanos y engloba trabajos que se refieren al Consejo
de Europa (Carlos Fernández de Casadevante y Ana Gemma López Martín)
y al sistema de protección de derechos fundamentales en la Unión Europea
(Carlos Humberto Reyes Días y Óscar Enrique Torres Rodríguez), al sistema americano (Luis Edgardo Amezcua Alcalá y Guillermo E. Estrada Adán)
y al sistema africano (Carlos Fernández de Casadevante).
4. Al ser presentada como un manual, esta obra expone aspectos básicos
sobre el Derecho internacional de los derechos humanos; sin embargo, su
valor no es de ninguna manera menor, pues en ella se contienen referencias
normativas, doctrinales y jurisprudenciales de primer orden sobre la materia
y el tratamiento que da al funcionamiento, regulación y operatividad prác-
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tica de los sistemas universales y regionales de protección a los derechos
humanos hacen de este libro una referencia obligada para aquellos que deseen tener una visión de conjunto sobre una disciplina caracterizada por la
heterogeneidad de sus normas.
Los interesados en el derecho internacional de los derechos humanos encontrarán en esta obra una perspectiva actual sobre la materia, con la que al
tiempo que se ofrecen herramientas teóricas importantes para poner al individuo al centro del debate del Derecho internacional actual (Estrada Adán),
también se expone el papel predominante del Estado en esta área en la medida en que, de manera general, las técnicas de control que determinan la efectividad del Derecho internacional de los derechos humanos se encuentran
condicionadas a la aceptación de los Estados de la competencia de órganos
internacionales (Fernández de Casadevante). De hecho, sobre este último
punto, se señala en el manual que el papel preponderante del Estado en este
ámbito se da debido a: 1) la posibilidad de excluir o modificar obligaciones
del convenio de que se trate mediante el recurso a las reservas; 2) los requisitos que deben cumplirse no sólo para que el particular pueda demandar al
Estado sino incluso, en determinadas circunstancias, para que otro Estado
pueda denunciarle; 3) la facultad que posee de aceptar o no el sometimiento
a determinados órganos como comisiones o tribunales específicos, y 4) la
posibilidad que tiene de suspender o restringir determinados derechos (Fernández de Casadevante).
Pero además de señalarse el papel central del Estado en el Derecho internacional de los derechos humanos, en esta obra se ofrece una visión clara
sobre el redimensionamiento de aspectos centrales relacionados con esta
forma de organización. Se aborda, por ejemplo, la creación por parte de
los Estados de instituciones internacionales que adquieren fuerza propia y
que contribuyen a la construcción de una nueva forma de pensar el derecho
internacional, muchas veces incluso en contra de las voluntades de las que
surgen. Asimismo, se plantea una nueva concepción de la soberanía estatal
alejada de las pautas establecidas en el siglo XVI por Bodin, en la medida en
que éstas no se ajustan a la realidad actual a partir de la reformulación práctica y teórica de dos fenómenos que escapan a la voluntad del Estado: las relaciones y el Derecho internacional. Se redimensionan así la voluntad estatal
y la soberanía internacional que, como señala Guillermo E. Estrada, no es
más que la concentración de posturas tales como la federación de los pueblos de Kant, el globalismo judicial kelseniano, el constitucionalismo global
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de Ferrajoli, o el nuevo derecho público de Armin von Bogdandy. Esta idea
de un Estado más permeable al Derecho internacional que redimensiona su
propia soberanía abre una veta importante de análisis y discusión a la que sin
duda debe apuntar el debate sobre la estatalidad.
6. La revisión que se hace en este manual del papel que adopta el individuo en el Derecho internacional para la protección de sus derechos hace
indispensable abordar a su vez el papel fundamental que han adquirido otros
actores en el ámbito internacional. Por ello, la valía de esta obra aumenta
en la medida en que en ella se refleja la contribución de las organizaciones
internacionales a la evolución del derecho internacional contemporáneo al
hacer que éste sea, como en el propio manual se señala, más democrático,
social y humanizado. Además, al advertirse el rol central que tienen los órganos jurisdiccionales supranacionales, los temas que se abordan en esta
obra contienen atinadas referencias a la jurisprudencia internacional pero no
sólo para valorar sus aportaciones, sino también para poner el dedo sobre la
llaga en aquellos casos en que las determinaciones de estos órganos no son
las más adecuadas o pueden reflejar un activismo mal entendido que hace
evidentes tanto los excesos del órgano jurisdiccional como las deficiencias
que en algunos casos tienen las normas internacionales. No se deja de lado
tampoco la actuación de las instituciones que realizan labores de policía y
cuasi jurisdiccionales en la protección de los derechos humanos en el ámbito
internacional, por lo que en esta obra se ofrece un cuadro bastante completo
sobre los sujetos que participan en la protección de los derechos humanos.
Todos estos apuntes denotan la intención de dejar de lado la postura clásica que ha sostenido como criterio para determinar a los sujetos del Derecho
internacional, la capacidad de negociación, creación, exigencia y aplicación
de las normas internacionales, que sólo daba espacio a los Estados para considerarse como sujetos del Derecho internacional en virtud de su conducta
generadora de normas jurídicas. De esta manera, se refleja la idea de plantear
un nuevo escenario en el que los actores aumentan y, cada uno en su ámbito,
adquiere un papel central cuyo guión encuentra sus bases en la protección
de los derechos y en el anhelo de su respeto y exigencia de manera eficaz.
7. La obra coordinada por Guillermo E. Estrada Adán y Carlos Fernández
de Casadevante Romani no sólo está dirigida a quienes se interesan por el
Derecho internacional, sino también a todas aquellas personas comprometidas con una nueva idea de derecho público en la que las normas internacionales adquieren un papel trascendental. Debido a las carencias que presenta
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el diseño estatal, el sistema internacional ha adquirido una influencia marcada en el discurso de los derechos humanos a través del diálogo entre instituciones y jurisdicciones nacionales e internacionales con el que se reconstruyen categorías que se pensaban inmutables. Un panorama sobre este proceso
evolutivo enmarcado en el tratamiento de temas fundamentales del Derecho
internacional de los derechos humanos es ofrecido en esta obra que, como
una virtud más, encuentra que su generalidad no opaca el tratamiento de las
particularidades que acompañan a cada uno de los temas que en ella se abordan. Pero además, los aciertos de este manual se suman a su oportunidad y
pertinencia, pues se publica en un momento en el que la protección de los
derechos humanos de fuente internacional ha adquirido renovados bríos. En
este sentido, a pesar de su estricto carácter científico, este manual denota
preferencias y refleja una estimación de valores que debe celebrarse pues,
sin duda, marcan una dirección y señalan una meta clara: lograr una mayor
y más eficaz protección de los derechos humanos.
Rodrigo Brito mElgarEjo
Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM