6. DE OBRERAS Y SEÑORITAS
Culturas de trabajo en la ciudad de México
en la compañía Ericsson, en la década de 1920
Susie S. Porter
Universidad de Utah
No hay clase media … Solo nos separa
el prejuicio atávico de las costumbres
Vía libre, órgano del CGT1
En el año 1927, en medio de negociaciones con telefonistas, el señor Flyckt,
gerente de la empresa de teléfonos Ericsson, sostuvo frente a la Junta de
Conciliación y Arbitraje que “las señoritas telefonistas [… no son …] propiamente obreras”,2 de haber sido así, las telefonistas se hubieran beneiciado
de los mismos derechos constitucionales que las obreras, especialmente los
señalados en el Artículo 123, fracción 5ª, en el que, según el laudo dictado
por la Junta, establecía una serie de protecciones en caso de embarazo, tales
como descanso de tres meses antes del parto y uno más después de éste, con
saldo íntegro y conservación del empleo; protección en trabajos que exigían
labor física considerable; además de descansos para amamantar a sus hijos.3
Aunque la frase “las señoritas telefonistas [no son] propiamente obreras”, apareció de manera incidental en el argumento del Señor Flyckt, también pudo
haberla dicho porque en realidad existía una cultura de trabajo dentro de la
compañía Ericsson que cultivaba ciertas normas de feminidad y que diferenciaba a las mujeres entre “señoritas” y “obreras”.
El conflicto de las telefonistas en la década de los veinte demuestra justamente que en ciertos momentos históricos hubo ambigüedad en el
lenguaje utilizado con respecto a los procesos de formación de identidades
1.
2.
3.
“No hay clase media”, Vía libre, 22 de septiembre, 1922, p. 2.
Archivo General de la Nación Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (en adelante AGN, JFCA) 41: 928/630.
AGN, JFCA 41: 928/630.
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de clase.4 Éstas, parte de la cultura de trabajo, se expresaron por medio de
discusiones acerca de normas de feminidad y, desde cierta perspectiva, como
una tensión entre la cultura religiosa y laica, tal como lo señalan María Teresa
Fernández Aceves en su trabajo realtivo a la movilización de las tortilleras
en Guadalajara y Heather Fowler-Salamini en su estudio de las escogedoras
de café en Veracruz.5 El conlicto de las telefonistas de Ericsson de los años
veinte revela cómo las identidades de clase y de género son parte integral de
la cultura de trabajo, lo que se entiende como el conjunto de normas y valores implícitos en los procesos laborales y que proveen una visión o forma de
entender al mundo, tanto de los trabajadores como de los empresarios.6 En
el caso especíico de la Compañía Ericsson, la cultura de trabajo consistía
en políticas de contratación; en la segregación ocupacional; en las diferencias salariales entre mujeres y hombres; así como en ciertas prácticas internas
referentes al espacio laboral, tales como la vigilancia en el lugar del trabajo,
el fomento de chismes, la evaluación de las telefonistas con base en ciertas
normas de moralidad; y una campaña de propaganda en la prensa capitalina. Estas políticas laborales no eran privativas del caso mexicano, sino que
también eran trasnacionales, como demuestra Dora Barrancos para el caso
argentino; Steven H. Norwood en el de Estados Unidos; y Sangter, Sumner
y Strong-Boag para el de Canadá.7 En el caso Ericsson surgieron, entre estas
prácticas internas, dos organizaciones de personal: una formada por obreros y obreras y, la otra, por ingenieros y “señoritas”, cada organización con
4.
5.
6.
7.
Véase Gareth Stedman Jones, Languages of Class. Studies in English Working Class History 1832-1982, 1983;
William Sewell, Work and Revolution in France, 1980; Patrick Joyce, Visions of the People, 1991; William Reddy,
Money and Liberty in Modern Europe, 1987.
María Teresa Fernández Aceves, “Once We Were Corn Grinders” en International Labor and Working Class
History, vol. 63, abril, 2003, pp. 81-101; Heather Fowler-Salamini, Working Women, 2013b.
John Womack, Jr. El trabajo en la Cervecería Moctezuma 1908, 2012, p. 16. Womack deine a cultura de trabajo
como “la experiencia técnica colectiva que especiica sus fuerzas objetivas”, a lo que agregamos procesos de
contratación, segregación ocupacional, salarios, políticas internas.
Dora Barrancos, “¿Mujeres comunicadas? Las Trabajadoras telefónicas en las décadas de las 1930-1940” en
Hilda Beatriz Garrido y María Celia Bravo, Temas de Mujeres, 1998; y “La puñalada de Amelia” en Trabajos
y Comunicaciones, 2008, núm. 34, 2a época. Stephen H. Norwood, Labor’s Flaming Youth, 1990; Joan Sangter,
“he 1907 Bell Telephone Workers Strike: Organizing Women Workers” en Labour/Le Travail, vol. 3, 1978,
pp. 109-130; Veronica Strong-Boag, “he Girls of the New Day. Canadian Working Women in the 1920s” en
Labour/Le Travail vol. 4, 1979, pp. 131-164; Judith Sumner, Number, Please, 2009; Kenneth Lipartito, “When
Women Were Switches: technology, Work, and Gender in the Telephone Industry, 1890-1920” en American
Historical Review, vol. 99, núm. 4, octubre, 1994, pp. 1 075-1 111.
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su propia política laboral ligada a las identidades de clase condicionada por
normas de género.
El contexto legal también es importante, sobre todo en México,
cuando durante los años veinte, la nueva legislación asociada con la revolución mexicana aún estaba por interpretarse. Helga Baitenmann, Victoria
Chenault y Ann Varley en la introducción de Decoding Gender, deinen las
leyes como el corpus de leyes escritas, procedimientos legales y prácticas
cotidianas, y en este ensayo se considera el conjunto de éstas.8 El estudio se
basa en los expedientes de la Junta de Conciliación y Arbitraje, establecida
en 1927, y de su antecedente, las juntas constituidas en el ámbito estatal y en
el Distrito Federal en 1917. La Junta fue, además, generadora de documentos
que incluyen las perspectivas de las obreras, los empresarios de Ericsson y el
Estado mexicano, donde se puede trazar la relación entre la vida social y la
legislación laboral.9 Aquí es relevante la advertencia que Ann Varely hace en
su ensayo “Domesticating the Law”, en el que sugiere “tener cuidado con la
proclamación de que la Ley de Relaciones Familiares introdujo ideas modernas en la familia”.10 En el año 1917 se promulgó la nueva Constitución, a
la par de la Ley de Relaciones Familiares; al respecto, el conlicto Ericsson
revela cómo una inluyó en la otra y cómo las mismas mujeres las entendieron, interpretaron e, incluso, inluyeron en su instrumentación. Mientras que
Varley se enfoca en el texto de esta ley, yo ofrezco un análisis de cómo la Ley
de Relaciones Familiares inluyó en la legislación laboral y en la evolución de
la feminidad “moderna” como parte integrante de la subjetividad femenina.11 En este caso concreto, dichas leyes impulsaron a la movilización obrera,
tanto a las trabajadoras como a los trabajadores domésticos, a partir de la Ley
Federal del Trabajo (1931), tal como sostiene Mary Goldsmith Connerly.12
8.
Helga Baitenmann, Victoria Chenault y Ann Varley (coords.), Decoding Gender, 2007; Ann Varley,
“Domesticating the Law” en Decoding Gender, 2007, pp. 145-161.
9. William J. Suarez-Potts, he Making of Law, 2012. Jefrey Bortz, Revolution within the Revolution, 2008;
Fowler-Salamini, Working Women, 2013b, pp. 143-144.
10. Ann Varley, “Domesticating the Law” en Helga Baitenmann, Victoria Chenaut y Ann Varley (eds.), Decoding
Gender, 2007, p. 146.
11. Ana Lidia García Peña, “Continuidades y cambios en las relaciones de género en la familia, del poririato a la
Revolución Mexicana” en Eduardo N. Mijangos Díaz y Marisa Pérez Domínguez (coord.) Voces del antiguo
régimen. Representaciones, sociedad y gobierno en México contemporáneo, México, Universidad Michoacana de
San Nicolás de Hidalgo/Instituto Mora, 2009. pp.311-342.
12. Mary Goldsmith Connelly, “Política, trabajo y género. La sindicalización de las y los trabajadores domésticos
y el Estado mexicano” en Orden Social e Identidad de Género, 2006, pp. 215-244.
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Identidades de clase
Las identidades de clase social asociadas con el trabajo de telefonista se ubicaron entre la clase obrera y la clase media, lo que hace necesaria una explicación más matizada acerca de cómo se conceptualizaron. Hasta hace poco
tiempo, la historia laboral sólo se había enfocado en la clase obrera, sobre todo
en los empleados de fábricas, o en los trabajadores visibles dentro de la movilización obrera. Sin embargo, recientemente, autores como Mario Barbosa
Cruz han cuestionado la relación entre las identidades que aplicamos a cierto
grupo de personas, la ubicación de su lugar de trabajo y sus condiciones de
vida. Por ejemplo, Barbosa también considera a los trabajadores de las calles
como clase obrera “aunque no esté inserta en los grupos de obreros de fábricas
ni de talleres industriales o artesanales”.13 Por otra parte, Brígida von Mentz
ha analizado los procesos de movilidad de clase social, señalando además que
ésta no es homogénea para todos los miembros de una familia: “depende de
la sociedad circundante y está relacionada con las leyes, costumbres y valores
vigentes en determinada época y lugar”.14 Esta línea de preguntas proporciona la posibilidad de profundizar aún más acerca de a quién se incluye en
la historia laboral y cómo se le incluye. En este sentido, el presente ensayo
traza dichas ambigüedades y contradicciones en las identidades de clase en
un momento histórico especíico y, en lugar de establecer categorías homogéneas, ofrece nuevas formas de conceptualizar identidades de clase social que
toman en cuenta cómo el género cambia de signiicado según los contextos
laborales, políticos y legales.
Tanto en México como en Estados Unidos, Canadá y otros países, la
identidad de clase de las telefonistas en los años veinte podría ser ambigüo,
siendo que se posicionó entre la clase media y la clase obrera.15 Las telefonistas
se ubicaban en la conluencia de la historia del trabajo de oicina, asociada
con identidades “clasemedieras” donde a las mujeres jóvenes y solteras solían
llamarlas “señorita”; y la historia de la clase obrera, que incluye a “la obrera”
–entre otras formas de referirse a las mujeres que trabajaban fuera de la esfera
13. Mario Barbosa Cruz, El trabajo en las calles, 2008, pp. 21-22. Véase también Susie S. Porter, Mujeres y trabajo
en la ciudad de México, 2008, pp. 28-29, 209.
14. Brígida von Mentz (coord.), Movilidad social de sectores medios, 2003, p. 8.
15. Norwood, Labor’s Flaming Youth, 1990, p. 62.
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De obreras y señoritas
doméstica–. Ya para la década de 1880, “la obrera” se había convertido en un
tema importante de conversación; cuando las mujeres entraron a las fábricas
en esa misma época, las obreras comenzaron a ocupar un espacio que había
sido concebido previamente como masculino. Dentro del discurso público,
la separación de las dos esferas (mujer/hogar, hombre/público) se consideraba esencial para conservar la honra femenina y, por tanto, la “mezcla de los
sexos” representaba un peligro para la moral sexual y la respetabilidad femenina.16 Sin embargo, si en épocas anteriores, la identidad “clasemediera” se
asociaba con un papel doméstico para las mujeres, posteriormente, el “ángel
del hogar” tendría que salir de casa para trabajar. Durante las dos primeras
décadas del siglo veinte ya se habían expandido las oportunidades de trabajo para la mujer como secretaria, taquígrafa, mecanógrafa y telegraista
–ocupaciones de asociación vacilante entre la clase obrera y la clase media–.
Los discursos públicos prevalentes sobre las obreras sirvieron como base para
entender la entrada de las mujeres al trabajo de oicina.
Las telefonistas de la compañía Ericsson
Algunas mujeres comenzaron a trabajar en la empresa Ericsson, que se estableció en México en 1903, desde la instalación de los conmutadores.17 La
empresa, que estaba en la calle Victoria, números 53 y 55, creció con rapidez.
Siguiendo políticas de la empresa ya instrumentadas en Suecia y otros países
del creciente imperio Ericsson, la compañía implantó una clara segregación ocupacional de género. Por un lado, se empleaba a los hombres como
gerentes, ingenieros, encargados y obreros en la instalación de líneas; por
otro, se empleaba a las mujeres como operadoras. La década de 1920 estuvo
marcada por la competencia con la Compañía Mexicana de Teléfonos y
algunos intentos de controlar los costos de la compañía. A pesar de la competencia, las líneas telefónicas Ericsson se extendieron por la ciudad y luego
por toda la república, llegando hasta Dallas, Texas, en la década de 1920.
Seguramente algunas de las conversaciones telefónicas que transitaron por
16. Porter, Mujeres y trabajo en la Ciudad de México, 2008, p. 22.
17. www.ericssonhistory.com/templates/Ericsson/Article.aspx?id=2126&ArticleID=1241&CatID=&epslanguage
=EN (consultado el 13 de abril de 2011).
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esta red creciente de líneas trataron acerca de las disputas laborales, pues
como señala Jaime Tamayo, los años veinte vieron el mayor número de huelgas en el país y los trabajadores de Ericsson formaron parte integral de esta
ola de protesta laboral.
En 1920, el inspector Juan de Beraza, del Departamento del Trabajo,
visitó la Empresa Ericsson y reportó posteriormente que había 401 obreros,
de los cuales 271 eran hombres (de edades promedio 20-30-40) y 130 mujeres (de
edades promedio 18-25-30); que los obreros ganaban 1.00, 2.50 o 5.75 pesos al
día, mientras las obreras ganaban 14, 22 o 78 centavos la hora; y que ninguno
de los obreros u obreras habían reportado tener hijos. Sorprende que de entre
401 obreros y obreras, ninguno tuviera hijos. ¿Podría haber sido éste un descuido del inspector Beraza, o un intento por parte de los obreros de aparecer
sin responsabilidades familiares? Y si así hubiera sido, ¿por qué? Ciertamente
no puede saberse con exactitud; sin embargo, como veremos más adelante, la
cuestión de tener hijos o no, era relevante para tener un empleo en Ericsson.
Cuando el inspector Beraza preguntó si había habido huelgas entre
los trabajadores, el gerente de Ericsson respondió que una vez 40 operadoras habían pedido un aumento de salario, entre “otras cosas”; sin embargo,
la empresa le aseguró al inspector Beraza que los obreros eran “cumplidos
en términos generales”. Para inalizar la inspección, Beraza solamente señaló
que las condiciones del lugar eran satisfactorias para los “empleados, obreros y operadoras”.18 No obstante, a pesar de su tono positivo, el inspector
Beraza debió de haber visto algo que le preocupó, porque ese mismo día
escribió al secretario del Departamento del Trabajo, señor Esteban Flores,
algunas sugerencias para mejorar las condiciones de empleo de las operadoras; en éstas incluyó la reducción de horas de trabajo a las reglamentarias
[48 horas semanales,] debido a que algunas de ellas trabajaban 24 horas al
día. Particularmente, en referencia a dos operadoras, mencionó que “éstas
constantemente tienen que estar en la casa y por la noche se ven en la necesidad de llevar su cama cerca del aparato conmutador para atender [… las]
llamadas de los abonados y por consiguiente no pueden disponer de ningún
18.
AGN, DT 222:16.
Carta del Secretario, Departamento de Comercio y Trabajo a la compañía Ericsson, 16 de
marzo, 1920. 17/01/20.
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día de descanso”.19 El secretario Flores tomó nota y se puso en contacto con
la gerencia de la empresa Ericsson, señaló las violaciones laborales y agregó
que la labor física, tanto de hombres como de mujeres, era tal que sería difícil
trabajar a ese ritmo año tras año. Dado lo pesado del trabajo, el secretario le
pidió a la empresa Ericsson que aumentara los salarios.20
La gerencia se opuso y recurrió a un argumento muy común entre
los dueños de compañías de aquel tiempo para resistirse al cumplimiento de
leyes laborales o nuevas reformas, sobre todo en lo tocante al día de descanso.
Tal como en los casos de los dueños (o dueñas) de las casas de asignación
(prostíbulos), así como de los expendios de tortillas, la compañía Ericsson
insistió en que por la naturaleza del empleo al que se dedicaban estas mujeres,
la empresa no podía proveerles un día de descanso.21 En cambio, insistió en
su incapacidad como empresa para cumplir con dichas reformas y terminó
contratando a algunas ayudantes para asistir a las operadoras, con lo que se
redujeron un poco sus horas de trabajo. El señor Bertil Flyckt, gerente de
la empresa Ericsson, se disculpó por no poder aumentar los salarios, ya que
éstos se habían establecido en el año 1903, cuando todavía, según él, “las condiciones económicas eran otras”.22
La empresa no llegó a satisfacer las demandas de las telefonistas y,
como consecuencia, el 5 de mayo de 1921, se declararon en huelga, una huelga
que duró hasta el día 16 del mismo mes.23 he New York Times, periódico
estadounidense, reportó una pérdida de servicio inicial de 3 000 clientes, que
llegó a afectar a más de 50 por ciento del servicio en la ciudad de México.
La policía llegó cuando los huelguistas ya habían volcado tres carros con
“trabajadores voluntarios”.24 En una reunión en la mañana del 11 de mayo,
otros sindicatos se ailiaron en solidaridad y se extendió así la acción a panaderos, meseros, tranviarios y otros, para amenazar con un paro general. La
19.
20.
21.
22.
23.
24.
AGN, DT 222:16 Carta del Inspector Juan de Beraza, Departamento de Comercio y Trabajo al Sr. Esteban
Flores, 17 de enero de 1920. Carta a la Empresa Ericsson, 16 de marzo de 1920. Carta de la Empresa al
Secretario de Comercio y Trabajo, 20 de abril de 1920.
Ibídem.
Bliss, Compromised Positions, 2001, p. 175; Porter, Mujeres y trabajo…, 2008, p. 258.
AGN, DT 222:16. Carta de Ericsson al Srio. Departamento del Trabajo, 20 de abril de 1920.
AGN, JFCA. 3:927/73.
“Phone Strike in Mexico City” en he New York Times, mayo 7 de 1921; “hreaten General Strike” en he
New York Times, may 12, 1921.
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movilización de las operadoras se entrelazó con, y formó parte fundamental
de la movilización por un paro general en 1922, cuando la bandera rojinegra
ondeaba sobre las puertas de cines, en señal de apoyo a las operadoras.25
La movilización de las telefonistas Ericsson data, por lo menos, del
año 1914, cuando se habían aliado con telefonistas de la Mexican Telephone
and Telegraph, con tranviarios y electricistas y se fueron a la huelga en 1915.26
Posteriormente, las telefonistas de Ericsson se ailiaron al Gran Cuerpo Central
de Trabajadores. Con la inluencia cada vez mayor de la CROM, en especial en
la ciudad de México, el Gran Cuerpo Central de Trabajadores se estableció
en 1918. Los obreros de sectores no apoyados por la CROM que se ailiaron
con el Gran Cuerpo incluyeron a harineros, tranviarios, textileros, panaderos
y ferrocarrileros.27 El Gran Cuerpo desempeñó un papel importante en la
huelga de maestros en mayo de 1919, que incluyó a un número importante
de maestras. Al año siguiente (agosto de 1920), el Partido Comunista inició
la Federación Comunista del Proletariado Mexicano (FCPM), que incluía al
Sindicato de Obreros y Empleados de la compañía de Teléfonos Ericsson.28
La FCPM formaría la Confederación General de Trabajadores (CGT)
en febrero de 1921, con unas 350 personas de Ericsson.29 Con base en documentos del Departamento del Trabajo del mismo año, todo indica que todos,
menos 51 de los trabajadores de Ericsson, estaban ailiados a la CGT. En su
periódico Nuestros Ideales, la CGT reportó que 80 por ciento de los obreros
de Ericsson, entre ellas “las esforzadas operadoras”, estaba ailiado a la CGT,
aun a pesar de las actividades de un sindicato católico.30 A principios de 1921,
una serie de conlictos hizo que los miembros de la CGT se solidarizaran y en
septiembre del mismo año tuvo lugar su primer congreso, al que asistieron
las telefonistas representadas por el señor Araoz de León y Antonio Pacheco,
reconocidos anarquistas.31 Jaime Tamayo describe a varios grupos como los
25. “Mexico City Strike in Tight Deadlock”, junio 16 de 1922, p. 36. “Strike Closes Mexico City Movies” en he
New York Times, septiembre 1 de 1922; y, “Strike Today in Mexico”, octubre 25 de 1922, p. 32.
26. http://my.opera.com/telmendez/blog/ (consultado el 4 de julio de 2011).
27. Molineros, conductores de carruaje, botoneros y un grupo cultural formaron el Gran Cuerpo.
28. Jaime Tamayo, La clase obrera en la historia de México, 1987b, pp. 116-122. La FCPM incluía lugares de trabajo
con muchas obreras como El Palacio de Hierro, El Buen Tono, etc. En agosto de 1920, obreros en El Bueno
Tono se fueron a huelga y otras organizaciones de obreros los apoyaron.
29. Taibo, 1986, p. 128.
30. “El Sindicato de la Ericsson en la completa actividad” en Nuestros Ideales, 18 de marzo de 1922, p. 8.
31. Según Taibo, el primer congreso de la CGT fue el 4-11 de septiembre de 1921.
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más combativos del Distrito Federal de aquel entonces e incluye en este grupo
a las telefonistas.32
La alianza que las telefonistas formarían con la CGT emergió como
parte de una historia de resistencia a la CROM, escisión que se debió en alguna
medida a la forma en que la CROM no defendió los derechos laborales de
las mujeres. Así fue el caso, por ejemplo, con un conlicto entre las cigarreras y los obreros ailiados con la CROM que ocurrió entre 1920 y 1921, en la
ciudad de México.33 En consecuencia, las cigarreras de la fábrica El Buen
Tono y otras obreras se ailiaron a la CGT. Ignacio Taibo, citando una carta
de su posesión, sostiene que Elena Torres acusó a la CROM de no incluir a las
mujeres en posiciones de autoridad dentro del movimiento obrero y de no
representar sus intereses.34 El Congreso Feminista salió de la CROM, también
citando su falta de apoyo a las mujeres. La acusación coincide, desde luego,
con la experiencia de las escogedoras de café en Veracruz, quienes lucharon
por proteger sus intereses frente a los intentos de la CROM para sobreponerse,
sin representar los intereses de las mujeres.35
Las telefonistas tuvieron un papel central en el Sindicato de Obreros y
Empleados de la compañía de Ericsson y la CGT, y su participación dentro de
las luchas laborales fue decisiva. Las mujeres protagonizaron varios incidentes
de quejas que terminaron en huelga; formaban parte integral de la movilización, deinición de demandas y negociaciones y ocuparon posiciones de liderazgo. Rebeca Vásquez y Gudelia Gómez fueron de las tres o cuatro personas
que representaron al sindicato frente a la Junta de Conciliación y Arbitraje.
María del Carmen Frías sirvió como subdirectora de la CGT.36 Además, las
demandas formuladas por el sindicato a lo largo de los años de lucha relejaron tanto intereses especíicos de las mujeres, como el descanso de maternidad y los derechos laborales de las embarazadas; así como demandas que se
podrían denominar “universales” (aunque todavía parte de las condiciones
especíicas del trabajo de las mujeres), tales como salario, horas de trabajo y
32. Tamayo, 1987b, p. 143. Fue cuando se marginó a los comunistas dentro del CGT, y los anarquistas, en alianza
con los que se denominaron sindicalistas, ascendieron en su inluencia dentro del CGT. Tamayo, 1987b, p. 145.
33. Porter, Mujeres y trabajo, pp. 164-165.
34. Paco Ignacio Taibo, Bolsheviques, 1986, p.138.
35. Heather Fowler-Salamini, Working Women, 2013b, p. 183.
36. Taibo 1986, p. 128.
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deinición de las responsabilidades de cada puesto.37 Estas últimas demandas se basaban en las condiciones particulares de las mujeres, la segregación
ocupacional y, en el caso de las telefonistas, en un horario de trabajo que
se justiicaba con argumentos basados en las particularidades de las labores
designadas a las mujeres.
La huelga de 1921 resultó en un contrato colectivo de trabajo irmado
ante el gobernador del Distrito Federal, Celestino Gasca, en 1922. En mayo
de ese año, El Demócrata declaró: “Hay Mar de Fondo en el Sindicato de
Telefonistas de la Ericsson”, reportando que las elecciones habían resultado
en 123 votos a favor y 24 en contra del acuerdo. El sindicato católico, formado
por 15 obreros de ambos sexos, incluía a ingenieros y “señoritas telefonistas”,
que no estuvieron de acuerdo en establecer un contrato colectivo, por lo que
la dirección optó, en acuerdo con el sindicato católico, por dejar en vigor el
antiguo reglamento.38 Este sector de las operadoras no se ailió con el sindicato asociado con el movimiento obrero (CGT), sino con una organización
que las identiicaba como “señoritas” y que, al mismo tiempo, las alineó con
políticas laborales favorables a la gerencia. Además, estas señoritas aceptaron
contratos individuales, escogieron participar en una cultura de trabajo que
se distanciaba de la identidad de la clase obrera y adoptaron una postura
que destacaba algunas normas culturales, tales como cierta deinición de la
moralidad sexual y pautas de feminidad. Sin embargo, la voz de ellas no aparece en los documentos, sino solamente en una carta escrita por un ingeniero
empleado de la compañía.
Las alianzas formadas en 1921 y 1922 fortalecieron los lazos entre
las telefonistas y la movilización más amplia de la CGT. En enero de 1923,
la CGT se declaró en huelga general y el primero de febrero convocó a una
reunión en sus salas en la calle Uruguay número 25, en el tercer piso, donde
señoritas operadoras, obreros y empleados del sindicato de la empresa
de Teléfonos Ericsson, entre muchos otros de diversas ocupaciones, se juntaron para apoyar a los tranviarios y miembros de la Federación de Obreros
37. Jaime Tamayo, La clase obrera en la historia de México, 1987b, p. 200.
38. Luis Araiza, Historia del movimiento obrero en México, t. II, 1975, p. 116; “Hay Mar de Fondo en el Sindicato
de Telefonistas de la Ericsson” en El Demócrata, 6 de mayo de 1922, p. 4.
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De obreras y señoritas
y Empleados de la Cía. de Tranvías de México.39 Al mediodía se corrió la
voz de que un tranvía, que salía de la estación de la Indianilla, pasaría por
la calle Uruguay a las 12:30. Según Araiza, las personas presentes construyeron una barricada con muebles y vigas que encontraron en la azotea y otras
cosas en la esquina con la calle Bolivia. Entre balazos y el cierre de puertas
de las tiendas circundantes llegó la gendarmería y cuando el tranvía pasó
por enfrente de las oicinas del sindicato, “fue recibido hostilmente por un
numeroso grupo de obreros huelguistas”;40 Araiza agrega que “después de
una hora de combate y cuando el tiroteo era más nutrido, desde los balcones
del mencionado ediicio [sede de la CGT] apareció improvisada la bandera
del parlamento formada con enaguas de mujer”.41 El conlicto aumentó las
tensiones, tanto entre la CGT y el presidente Obregón, así como entre los
obreros y sus empleadores, en especial en la compañía Ericsson.
La respuesta de Ericsson al conlicto laboral no se limitó a argumentos legales frente al Departamento de Trabajo, ni tampoco a la negociación
con obreros, sino que incluso fomentó una cultura interna de trabajo que
despojaba a las telefonistas empleadas en su compañía, de su identidad como
obreras. Coincidiendo con una tendencia nacional, la compañía Ericsson
promovió una organización obrera católica y patronal. La señorita Sofía del
Valle, secretaria particular en la gerencia, convocaba a las mujeres empleadas
en Ericsson a participar en reuniones de índole educativa y espiritual, auspiciadas por la Secretaría de las Obras Femeninas de la Confederación Nacional
Católica del Trabajo (CNCT), lo que serviría de base para la formación del
sindicato católico de la Ericsson.42 La señorita Del Valle se dedicó a organizar a las mujeres empleadas en fábricas de ropa, como El Nuevo Mundo,
La Britania, la perfumería Casa Bourgeois y la antes mencionada El Buen
Tono. Su entrada a las fábricas fue facilitada por contactos de su padre y por
39. Araiza, 1975, p. 113. “Hay Mar de Fondo en el Sindicato de Telefonistas de la Ericsson” en El Demócrata, 6 de
mayo de 1922; “Troops Keep Order in Mexican Strike” en he New York Times, June 15, 1922, p. 3; “Mexico
City Strike in Tight Deadlock” en he New York Times, junio 16 de 1922, p. 36.
40. Araiza, 1975, pp. 116-117.
41. Ibíd., p. 109.
42. Miguel Olimón Nolasco, Sofía del Valle; una mexicana universal, México, Instituto Nacional de las Mujeres,
2009, pp. 54-56; Patience Schell, Church and State Education in Revolutionary Mexico City, Tucson,
University of Arizona Press, pp. 140-142; Stephen J.C. Andes, “A Catholic Alternative to Revolution. he
Survival of Social Catholicism in Postrevolutionary Mexico” en he Americas, vol. 68, núm. 4, abril, 2012, pp.
529-562.
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la reputación del Secretariado Social Mexicano, órgano del episcopado, que
auspició su trabajo. Del Valle fue miembro de la Unión de Damas Católicas
y, posteriormente, fundadora de la Juventud Católica Feminina Mexicana
( JCFM). En 1924, la CNCT tendría 219 organizaciones, con un total de 21 500
obreros por toda la república.43 Buscando una conciliación entre patrones y
obreros, los miembros de la CNCT solían decir, “Dios no vino a establecer
igualdades absurdas, sino a restaurar la igualdad moral”.44 La CNCT incluía
a sindicatos de empleadas, telefonistas, organizaciones de mujeres, “uniones
de empleadas y la Unión Femenina del Magisterio”.45 Evidentemente, hubo
una tendencia de movilización entre una gama amplia de ocupaciones, que
incluían a quienes se asociaban con la clase media, como era el caso de maestras y oicinistas. Pero, las telefonistas, ¿en dónde se ubicaron, tanto en el
movimiento laboral como en su identidad de clase?
El protagonismo de las mujeres en el conlicto cultural entre estas dos
facciones (denominadas dentro de la historiografía como “católicos” y “rojos”)
se aprecia claramente en el periódico del sindicato de Ericsson: Micrófono. Su
primera edición apareció en 1922, en pleno conlicto, y el sindicato explicó el
signiicado del título del periódico que, “haciendo de su nombre un símbolo,
quiere hacerse oír muy lejos, aunque es pequeño”.46 En la primera plana dirige
sus comentarios a “los compañeros telefonistas” y a “las compañeras telefonistas” a quienes describió como “escuchando, a fuerza de esclavitud, todas
las miserias morales, todas las urdimbres políticas y comerciales de las clases
privilegiadas”. El editor pide a los lectores que “aporten sus observaciones, sus
experiencias, para que se conozcan en el mundo de los sin patria, sin pan, sin
hogar”.47 Justo después de la presentación del nuevo periódico, apareció el
artículo: “Para la emancipación de la mujer”, donde se desarrollan los peligros
acerca de “los prejuicios religiosos y los prejuicios sociales” sobre la mujer. 48
43. Tamayo, 1987b, pp. 185-186. La CNCT El Archivo Social, núm. 67, índice clasiicador 96 (Archivo Miguel
Palomar y Vizcarra, CESU-UNAM).
44. Tamayo, 1987b, p. 191; El Obrero Católico, 24 y 31 de julio; 7, 14 y 21 de agosto de 1921.
45. Ibídem.
46. “No hay clase media” en Vía libre, 22 de septiembre de 1922, p. 2.
47. “Otro pequeño que nace” en El micrófono. Órgano del Sindicato de Obreros y Empleados de la Co. de Teléfonos
“ERICSSON” del D.F., núm. especial, México, 25 de junio de 1920, p. 1.
48. Ana María Berta Romero, “La emancipación de la mujer” en El micrófono, núm. especial, México, 25 de junio
de 1920, p. 2.
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La autora Ana María Berta Romero, reiriéndose al problema central de las
diferencias culturales para la conciencia de clases subrayó: “Los prejuicios
sociales son más difíciles de extirpar, la imitación, la ley atávica se impone
de una manera terrible”.49 Dichas diferencias culturales, para la cohesión del
movimiento, no podrían ser más claras para los editores y contribuidores a el
Micrófono.
6 .1 Huelga de Obreras y Obreros de la compañía Ericsson, 1921. (NO HAY IMAGEN)
Fuente: Fototeca Nacional.
En mayo de 1926, los obreros de Ericsson de nuevo estuvieron en
conlicto con la empresa, esta vez por una serie de diferencias que incluían
la falta de cumplimiento al contrato colectivo de trabajo de 1921.50 Además,
hubo un desacuerdo porque la gerencia de Ericsson no quiso reconocer al sindicato rojo, el sindicato de Obreros y Empleados de la Empresa de Teléfonos
de Ericsson (OEE/Sindicato de Ericsson), debido a que la empresa ya había
apoyado a un grupo de ingenieros que formaron el sindicato de Empleados,
Operadoras y Obreros en el Ramo de Teléfonos (EOO), que incluyó, gracias
al trabajo de la señorita Del Valle y a las políticas de contratación de la compañía Ericsson, a buen número de mujeres telefonistas. Con los miembros del
sindicato católico y en los departamentos donde el sindicato rojo no tenía la
mayoría, Ericsson hizo contratos individuales de trabajo.51 Cuando la disputa
llegó a la Junta de Conciliación y Arbitraje, Ericsson justiicó su posición
apelando al Artículo 123 de la Constitución (1917), que garantiza a los obreros
el derecho a organizarse. Según Ericsson, el impedir a los obreros formar un
sindicato (católico) sería una violación de sus derechos laborales. Siguiendo
esta lógica, en los casos en que la mayoría de un departamento determinado
de la empresa no era adherido al Sindicato OEE de Ericsson, el contrato colectivo de 1921 no aplicaría. Es decir, en palabras del Señor Flyckt, las telefonistas tendrían su propio sindicato y sus propias “resoluciones”.52
49. Ibídem.
50. AGN, JFCA 3: 927/73, 1926.
51. “Telephone Operators Out in Mexico” en he New York Times, 4 de mayo de 1926, p. 3.
52. AGN, JFCA. 3: 927/73, 1926.
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Habiendo ya insistido en ser el único sindicato con derecho legal para
representar a los obreros y empleados de Ericsson, el Sindicato OEE replicó
que la empresa había cultivado una cultura de trabajo contraria a sus intereses. Sobre todo, esta cultura fomentaba ciertas normas de feminidad que,
como empleador, la empresa manipuló en su beneicio. Desde el momento
de haber irmado de común acuerdo un contrato colectivo como resultado de
la huelga de 1921, Ericsson había iniciado una campaña propagandística para
fomentar esta cultura laboral por medio de una serie de prácticas, comenzando por la contratación de empleados y obreros. En declaraciones ante la
Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, el sindicato sostuvo que
el personal, tanto de operadoras como de obreros que de 1921 a la fecha ha estado
recibiendo la empresa, ha sido por conducto del Sindicato de Operadoras y
Operarios en el Ramo de Teléfonos, auspiciado por la misma Empresa y formado
por la A .C .J.M . y [los] caballeros de Colón, ya que los estatutos y demás actos,
demuestran un vínculo muy estrecho con esta clase de Asociaciones.53
En el caso de las mujeres, el proceso de contratación implicaba obligaciones y restricciones especíicas de su género. La señorita Del Valle, empleada
de la gerencia y encargada de tramitar las solicitudes de empleo, “insinuaba
a las señoritas que pretendían el puesto de telefonista a que previamente se
adhirieran a ese sindicato, costumbre que todavía siguen la señora Terrazas
y otras empleadas de la Central, entre ellas la señorita Elguero que es líder
de ese sindicato y empleada superior”.54 Además, la empresa solía contratar a
las operadoras por un periodo de prueba indeinido, durante el cual la mujer
debía someterse a un examen médico. La compañía buscaba evitar responsabilidad con respecto a cualquier predisposición a enfermedades profesionales,
de las que tendría que hacerse cargo, como en el caso de embarazo, que analizaremos más abajo.
Los representantes del sindicato también acusaron a la compañía de
haber difamado al sindicato con una campaña de prensa y artículos publicados en el Universal Ilustrado, dándole al público la impresión de que las
53. AGN, JFCA. 3: 927/73, 1927.
54. Ibíd. Stephen J. C. Andes, “A Catholic Alternative to Revolution. he Survival of Social Catholicism in
Postrevolutionary Mexico” en he Americas, vol. 68, núm. 4, abril, 2012, pp. 529-562.
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personas huían del sindicato “rojo” (OEE).55 Como contestación a esta campaña periodística de desprestigio, los representantes del OEE, A. Guerrero
y A. Araoz de León, publicaron su respuesta en El Demócrata.56 La revista
de la compañía misma, L.M. Ericsson, apareció con una edición especial
sobre las condiciones de trabajo en la compañía en México, que presentaba
fotografías de las telefonistas en un entorno de trabajo limpio, disfrutando
de una sala de reposo donde podían leer el periódico, tocar el piano y estar
en companía exclusivamente de mujeres.
6 .2 Sala de reposo de las telefonistas de Ericsson, 1926 .
Fuente: L. M. Ericsson, vol. 3 , marzo-abril, núms. 3 y 4 , 1926 , p. 34 .
El Sindicato del Ramo (patronal) se declaró como totalmente ajeno al
movimiento obrero y se distanció de su identidad de clase obrera. En su carta
55. “Estallarán la huelga los telefonistas de la Ericsson” en El Universal, 24 de marzo de 1926; “Conlicto en la
Ericsson”, martes 4 de mayo de 1926.
56. Ibídem.
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a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, un representante de la Unión
Libre de Empleados y Operadoras en el Ramo de Teléfonos insistió en que
la Unión consiste de operadoras y empleados, con intereses totalmente distintos a
los del otro sindicato [cuyos obreros] corresponden únicamente a trabajo de taller
e instalaciones … El sindicato a que me he referido se denomina Rojo, y no tiene
Ninguna Relación ni actividad con la Unión que represento, toda vez que somos
empleados, técnicos, y administrativos y operadoras, y la mayoría de nuestro trabajo es intelectual.57
Su insistencia en asumirse como empleados, técnicos, administrativos
y operadoras, así como describir su trabajo como intelectual (no manual),
conllevó un esfuerzo por distinguirse, no solamente del sindicato de Ericsson,
sino de la identidad de la clase obrera, reclamando así ciertos recursos sociales
y no los derechos laborales provenientes de la Constitución.58
Dentro del contexto de fomento de una cultura de trabajo que
competía con ellos, el sindicato de Obreros y Empleados de la Empresa de
Teléfonos Ericsson tomó en serio las quejas de las mujeres cuando le escribió
una carta al gerente, el señor Erik Ostlund, en la que señalaba las siguientes
violaciones laborales: en primer lugar, el despido injustiicado de seis obreros; en segundo, la falta de días de descanso para los porteros; en tercero,
el despido injustiicado de las operadoras Matilde Guevara e Irene Rueda;
y, por último, una política de la empresa que violaba los derechos laborales
de las trabajadoras Consuelo Salazar y Elena Bernal, que estaban en “estado
interesante”, reiriéndose de esta manera al embarazo. Mientras se resolvían
las cuestiones de los despidos injustiicados y los días de descanso para los
porteros, los conlictos relacionados con los derechos de las mujeres tardaron
mucho en solucionarse.59
57. Ibíd., carta de mayo, 1928. AGN Presidentes. 2.331.6 (29)-11. 14-A. Telefonistas y el Sindicato de Obreros y
Empleados de la Empresa de Teléfonos de Ericcson se pusieron en huelga el 26 de agosto de 1928. “Strike to
Force Workers into Red Union Cripples Phone Service in Mexico” en he New York Times, 28 de agosto de
1928, p. 12. Describe la huelga como estrategia para forzar a todos los obreros a pertenecer al sindicato “rojo”,
y por un aumento signiicativo de salario, entre otras demandas menores. Menciona que se lanzaron a la
bandera roja en el ediicio, cerrado y protegido por la guardia armada.
58. Ibíd., carta del abogado Alejandro Gadsky, Abogado, Ediicio Plateros, Avenida Madero # 70, Desp. 53,
México, D. F., a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, 6 de mayo de 1928.
59. AGN, JFCA, RT 3:927/73.
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El conlicto llegó a la Junta de Conciliación y Arbitraje en octubre de
y el expediente relevante contiene evidencia de cómo la cultura de trabajo fomentada dentro de la compañía repercutió en las condiciones laborales
para las telefonistas. En una carta del 29 de octubre de 1927, Consuelo Salazar
le escribió al Sindicato de Obreros y Empleados de la Empresa de Teléfonos
Ericsson, S.A., que la señora Terrazas, directora de tráico del departamento
Central, “me propuso la conveniencia de que me separara de mi empleo de
operadora”60 y que la compañía le pagaría un mes íntegro de su salario completo y un mes de la mitad de su salario. A lo que Salazar respondió: “Pero
como considero que esto, ni con mucho, se acerca a lo prescrito para casos
como el mío, en el Artículo 123, me negué a aceptar dicha proposición”.61
La señora Terrazas llevó a Salazar con el señor Rost, quien la interrogó por
no haber querido renunciar. Como Salazar se mantuvo irme en su decisión,
Rost la trató “de una manera soez” y la despidió. En consecuencia, Salazar
inmediatamente recurrió al sindicato y le escribió,
1927
Como considero que tales procedimientos son en grado máximo afectantes de los
intereses obreros que legalmente están estipulados, pido y espero, que de acuerdo
con la justicia y legalidad se harán cuanto esté de parte de nuestra Organización,
para que se dicte un fallo por la autoridad que está conociendo del caso, en el sentido de que la Empresa está fuera de toda ley y razón, y se le condene a concederme
todos los derechos que la ley me concede.62
Es relevante la plena conciencia de las telefonistas acerca de los derechos concedidos por la Constitución a las mujeres en caso de embarazo. Por
otro lado, Elena Bernal señaló en una carta su derecho a cuidados médicos
estipulados en el convenio que el sindicato celebró con la empresa en abril
de 1926. Bernal reclamó, además, que la señora Ostland, esposa del gerente,
aprovechaba toda oportunidad para “asherir [sic] a mi dignidad, queriendo
con ello que yo renunciase a mi empleo, pues hasta provocaba toda clase de
ocasiones para insultarme”.63 Las dos mujeres, una que ya llevaba tiempo
60.
61.
62.
63.
Ibídem.
Ibídem.
Ibídem.
Convenio que el sindicato celebró con la empresa en abril de 1926. Ibídem.
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como miembro de la CGT, y la otra, de más reciente ingreso, adoptaron una
posición de solidaridad con el sindicato. Bernal cerró su carta diciendo: “de
ustedes su compañera, Elena Bernal”; mientras que la otra irmó: “sin mas/
por ahora, quedo de ustedes su compañera Consuelo Salazar”.
El testimonio y las pruebas entregadas a la Junta de Conciliación
y Arbitraje revelan una larga historia de prácticas injustas en contra de las
mujeres embarazadas, además de despedir a las que se casaban o tenían una
“relación ilícita”. La gerencia de la empresa se creía con derecho a adoptar
dicha posición. Así, Bertil Flyckt escribió:
Por regla general, la Empresa solamente admite en esta clase de trabajo á mujeres
solteras que por lo tanto, no estén expuestas a la maternidad; y todas las empleadas
del trabajo indicado quedan advertidas de que será causa justiicada para cesarlas en su trabajo, el hecho que contraigan matrimonio legal ó de que acepten
cualquiera otra unión ilícita, pues el propósito de la Compañía es que no tengan
hijos pequeños, pues está demostrado que durante todo el tiempo del embarazo y
durante el periodo de crianza, la eiciencia de la mujer en el trabajo, por razones
del cambio notable en sus facultades mentales y morales, disminuye de tal manera,
que resultan graves prejuicios en el servicio.64
En argumentos verbales, el representante de la empresa agregó que
las prestaciones de la ley debían aplicarse a “la maternidad legítima ya que
no sería posible admitir que la ley autorizara las uniones ilícitas”. Además,
durante las negociaciones, el señor Flyckt expuso dos justificaciones por
haber despedido a Salazar y Bernal: primero, que la compañía, más que sus
propios intereses, quería proteger a las operadoras despedidas; y segundo, que
la compañía quería responder a las quejas de las otras operadoras. De nuevo,
en palabras del señor Flyckt,
por lo que se reiere especialmente a la telefonista Elena Bernal, no fué destituida
de su empleo por la Empresa; sino que ella abandonó su puesto, probablemente
por el estado en que se encontraba; y por lo que toca á la telefonista Consuelo
Salazar, la Compañía sí la destituyó para poner término al desorden y hasta
64. Ibídem.
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escándalo provocado por el estado físico de la empleada, entre sus compañeras de
trabajo que, por razón de las costumbres, estiman como persona poco honorable
á la mujer que concibe fuera del matrimonio; y también entre los obreros que la
hacían objeto de burlas.65
Según Flyckt, en varias ocasiones, las mismas telefonistas se quejaron con la empresa, personalmente y por medio de sus familiares, para que
ésta destituyera a las telefonistas embarazadas, pues juzgaban que la deshonra
de éstas perjudicaba su “buena” reputación.66 La intención de proteger a las
demás trabajadoras, como justiicación por despedir a una mujer embarazada, había sido un argumento utilizado anteriormente por otros empleadores como, por ejemplo, la gerencia de El Buen Tono.67
A pesar de la fuerza del argumento fundado en la supuesta falta de
moralidad de las mujeres, el sindicato insistió en los derechos laborales de las
mujeres, derechos que no debían estar limitados por cuestiones morales. El
sindicato señaló particularmente que la empresa no había proveído ninguna
prueba fehaciente de que los trabajadores se burlaran de las operadoras. Al
contrario, el sindicato entregó cartas escritas por obreros diciendo que a causa
de la segregación ocupacional del trabajo, ellos casi no tenían oportunidad
de ver a las operadoras, por lo que ni siquiera tenían ocasión de burlarse de
ellas. Así, en palabras de un mismo obrero, las operadoras y los obreros “casi
no rozan”.68 Además, en el caso de que un obrero le faltara al respeto a una
operadora, argumentó el sindicato, “¿por qué despedirla a ella, y no a él?”.69
El sindicato también reiteró la importancia de los derechos laborales tocantes
al poder de las “costumbres” y señaló que el señor Rost no había tomado en
cuenta la antigüedad de las operadoras cuando consideró el caso. Salazar
tenía cuatro años trabajando con Ericsson y la señora Bernal, once. Cuando
el representante del sindicato le preguntó al señor Rost si había valorado la
antigüedad de las mujeres, él confesó no tener la menor idea de cuánto tiempo
65.
66.
67.
68.
69.
Ibídem.
Ibídem.
Porter, Mujeres y trabajo, 2008, pp. 164-165.
Ibídem.
Ibídem.
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habían trabajado para la compañía. El mero hecho de no saber ese dato, ya
era de por sí una violación de los derechos laborales de las telefonistas.
Al investigar más, se reveló hasta qué punto la compañía Ericsson
fomentaba una moralidad especíica en sus oicinas. El expediente de la Junta
de Conciliación y Arbitraje incluye dos cartas de renuncia, una de Matilde
Guevara y la otra de Irene Rueda, las dos con fecha del 10 de septiembre.
Según el señor Flyckt, no había razón para hablar del asunto, pues ellas habían
renunciado a su trabajo y no estaba en su derecho impedírselos. Cuando el
sindicato insistió en el asunto, el señor Flyckt cambió de táctica e insinuó
que más que una cuestión de la compañía, ése era un asunto de la policía;
sin embargo, el caso no se cerró tan fácilmente. Las dos mujeres recurrieron al sindicato pidiéndole su apoyo, a lo que éste, por su parte, respondió
asumiendo la representación de ambas (una de ellas pertenecía al sindicato
desde antes de ser despedida y la otra no se ailió hasta después de ser despedida). Los representantes fueron a visitar al señor José Mascorro, jefe de
las comisiones de Seguridad, en la Inspección General de Policía. Ahí descubrieron que tanto Matilde Guevara como Irene Rueda escribieron sus cartas
de renuncia de trabajo por la amenaza de que las meterían a la cárcel, por estar
asociadas, supuestamente, con una investigación criminal relacionada con una
acusación de estafa a un exempleado de Ericsson.70 Los del sindicato tuvieron
que representar el papel de detectives y señalaron a la junta que ambas cartas
de renuncia habían sido escritas en el mismo tipo de papel, el mismo tipo de
letra y el mismo estilo de redacción. Las cartas fueron entregadas a cada mujer
por un tal señor León;71 es decir, en palabras del sindicato, la empresa las
corrió “mediante una argucia que puede ser un delito”.72 Sin embargo, pese
a sus esfuerzos, la junta no aceptó el argumento de la coerción y Ericsson se
mantuvo irme en las renuncias de las dos operadoras.
Como en un juego de naipes, la empresa Ericsson salió al último
momento con lo que, aparentemente, era su “as bajo la manga”, entonces,
entregó a la junta una carta del sindicato dirigida al señor Helge Rost en
marzo de 1925. La carta revelaba que el sindicato se había puesto de acuerdo
con la empresa acerca del despido de dos mujeres embarazadas en 1925,
70. Ibíd. Carta de resignación irmada por Matilde Guevara y por Irene Rueda, 10 de septiembre de 1927.
71. Ibídem.
72. Ibídem.
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así como también le había concedido a la empresa el derecho de disuadir
de embarazarse a las mujeres empleadas en la compañía. El sindicato había
acordado con Ericsson que, en lo sucesivo, con el in de evitarse todo compromiso derivado del hecho de que las empleadas estuvieran en cinta, “se pusiera
un dique a la prostitución que se había ido apoderando del personal de operadoras”; pues, según ellos, la mayoría era víctima de la ligereza de unas cuantas, por lo que sólo se daría empleo a “señoritas”, mientras no se promulgara
una Ley que previera y reglamentara tales situaciones. Asimismo, Ericsson
aceptó la nueva disposición mientras no afectara a los casos ya acontecidos y
únicamente se aplicara en lo venidero.73 La empresa no solamente esperaba
justiicar sus acciones demostrando que el sindicato en algún momento había
estado de acuerdo, sino que además quería fomentar el conlicto entre mujeres y hombres dentro del mismo sindicato.
¿Cuál sería la posición de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje?,
¿ésta tomaría como relevante la supuesta falta de moralidad de las mujeres
embarazadas?, ¿apoyaría a la compañía Ericsson en sus políticas internas en
cuanto a contratar solamente a mujeres solteras y despedir a mujeres embarazadas? y, inalmente, ¿cómo podría entenderse la posición cambiante del sindicato? Los años veinte se caracterizaron por ser una década de transición en
cuanto a conceptos de los derechos de las mujeres en el núcleo familiar y con
base en su relativa posición dentro de ésta. El mismo año en que se declaró
la nueva Constitución (1917), también se promulgó la Ley de Relaciones
Familiares. Al respecto, se ha estudiado muy poco el efecto concreto de esta
segunda proclamación; sin embargo, se sabe que surgieron conversaciones
acerca de los derechos de las mujeres que tuvieran hijos fuera del matrimonio, así como los de estos mismos niños.74
Cuando la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje dictó acerca de
este caso, se reirió a la cuestión de la maternidad de las telefonistas como un
asunto que merecía atención. En su laudo subrayó que “se trata de cuestiones
73. Ibídem.
74. García Peña, Ana Lidia, “Continuidades y cambios en las relaciones de género en la familia, del poririato a la
Revolución Mexicana” en Eduardo N. Mijangos Díaz y Marisa Pérez Domínguez (coord.), Voces del antiguo
régimen. Representaciones, sociedad y gobierno en México contemporáneo, México, Universidad Michoacana de
San Nicolás de Hidalgo/Instituto Mora, 2009. pp. 311-342.
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que afectan a la mayoría de los trabajadores de la empresa”.75 La junta reconoció el derecho de la empresa a establecer políticas internas con relación al
embarazo; sin embargo, señaló que en caso de que una mujer quedara embarazada, estas políticas internas deberían ajustarse a la ley. La Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje expuso que la empresa estaba en su justo derecho de
imponer determinadas condiciones a las obreras que prestaran sus servicios,
para impedir, hasta donde fuera posible, que llegaran a embarazarse. Pero
cuando ese estado se hubiera ya producido, la empresa carecía de todo derecho para quitar de su trabajo a las operadoras y para faltar a los mandatos
de la ley, que estaban inspirados principalmente en la necesidad social de
proteger, dentro de los límites posibles, a la futura madre y al ser que llevara
dentro.76
Respecto a la cuestión del embarazo fuera del matrimonio, la junta
se expresó claramente, revelando con su respuesta las bases legales en que se
fundó:
La circunstancia de que las operadoras que se encuentran en estado de embarazo
sean objeto de burlas y faltas de respeto por algunos de los trabajadores, no puede
signiicar nada en contra de esas operadoras por ser hechos de terceras personas
que dentro de la más elemental lógica juridical no deben afectarles en sus intereses. Es por demás insistir en que el punto de vista de la maternidad no apegada a
la ley, alegada por la empresa, para justiicar sus procedimientos, carece de base
sólida, toda vez que por el espíritu que anima a la Ley de Relaciones Familiares,
que borra las antiguas diferencias que establecía el Código Civil entre los hijos
y la cual fué promulgada en el año mil novecientos diez y siete mismo en que lo
fué la Constitución … un nuevo principio de moral social se ha aceptado sobre la
material y conforme a él no debe hacerse objeto de una sanción al hijo, por culpas
o faltas de los padres.77
Llama la atención la lógica legal instrumentada en la decisión de
la junta, en especial con relación a la Ley de Relaciones Familiares (1917). La
junta recurrió a esta misma ley como documento básico para interpretar
75. Ibídem.
76. Ibídem.
77. AGN, JFCA 3:927/73, 1a parte. 1927.
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la Constitución y sus artículos relevantes respecto a los derechos laborales.
Regresando a la advertencia de Varley, sostengo que en este caso especíico,
las ideas “modernas” sobre la mujer, y la Ley de Relaciones Familiares en especíico, fueron abrevadero para la elaboración de las leyes laborales. La idea de
que la mujer con hijos no debía trabajar y, si lo hacía, no podía recurrir a los
derechos laborales previstos en la Constitución de 1917, iba cambiando. El
caso demuestra también que la independencia de las jóvenes que trabajaban
se estaba dando en México y más allá de sus fronteras. Entre 1902 y 1923, las
telefonistas estadounidenses y canadienses se pusieron en huelga, ganaron
incrementos salariales de hasta 28% y lograron formar una sección de mujeres
en el International Brotherhood of Electrical Workers.78
Ericsson le escribió a la junta protestando en contra de la posición de la
Junta de Conciliación y Arbitraje con respecto a las operadoras embarazadas.
Su postura dejó ver que la identidad de clase de las mujeres operadoras era de
importancia fundamental en la cultura de trabajo fomentada en Ericsson con
base en ciertas identidades femeninas, y que esta identidad de clase conformó
el conlicto laboral, pues la compañía argumentó que las “señoritas” operadoras no estaban sujetas a las leyes laborales, por no ser obreras. El representante
de Ericsson, el señor Flyckt, le escribió a la Junta que
sin que por nuestra parte aceptemos que las señoritas telefonistas sean propiamente obreras, debemos manifestar que en esta Empresa, el cumplimiento de ese
precepto es completamente imposible: la señorita telefonista ó dá pleno servicio
al público ó su labor no sirve para nada y por lo tanto no puede desempeñar
ninguna.79
El señor Flyckt insistió con estas palabras en que las telefonistas no
eran propiamente obreras, sino señoritas. Esta diferenciación pudo hacerla
solamente porque ya existían las distinciones culturales arraigadas en las
normas de feminidad, e implícitas en una ocupación que, tanto en México
como en otros países, se asociaba ya con la oicina y con la identidad clasemediera, así como con la clase obrera.
78. Norwood, Labor’s Flaming Youth, 1990, pp. 260-261. Alice Kessler-Harris, “Problems of coalition building.
Women and trade unions in the 1920s” en Ruth Milkman (ed.), Women, Work, and Protest, 1985, p. 114.
79. AGN, JFCA 3:927/73, 1a parte, 4 de noviembre de 1927.
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La postura de los representantes del sindicato con respecto a la cuestión de los derechos laborales de las mujeres demostró un compañerismo en
aumento. Sin una resolución en el asunto de las embarazadas, el sindicato
indicó: “no estamos dispuestos por ninguna razón a dejar que a esas compañeras nuestras, se les deje en la calle”.80 Así, el 26 de agosto, el sindicato se
declaró en huelga. La junta la consideró como una huelga legal y, por tanto,
la compañía Ericsson tenía que cumplir con lo estipulado en la Constitución
de 1917, Art. 123, fracción 5ª. A causa de la resistencia de Ericsson, el sindicato
y la compañía entraron en negociaciones que duraron meses. La empresa
tomó una postura de intransigencia, primero proclamando ser un “servicio
público” y, por ende, no obligada a celebrar contratos colectivos ni sujeto
a la autoridad de la Junta de Conciliación y Arbitraje.81 Como empleados
públicos tampoco hubieran tenido el derecho de huelga. Sin embargo, la
junta indicó que, a pesar de haber celebrado un acuerdo con la Secretaría de
Comunicaciones y Obras Públicas, la compañía Ericsson no se consideraba
parte del gobierno que sí estaba sujeto a la Junta de Conciliación y Arbitraje,
y que los empleados y obreros de la Ericsson sí tenían derecho a contratos
colectivos y a declararse en huelga.
El conlicto entre las operadoras y la compañía Ericsson tuvo otros
efectos, en especial con respecto a la radicalización y la capacitación de mujeres como líderes laborales. El archivo de la junta esclarece un misterio acerca
de una fotografía de Gudelia Gómez, con la descripción: “dejaron su juventud en las trincheras de la lucha”, que aparece en el libro de Luis Araiza,
Historia del movimiento obrero mexicano.82 Nacida en Oaxaca, Gudelia
Gómez se trasladó a la ciudad de México en 1919 y entró a trabajar en la
Compañía de Tranvía en el Departamento de Imprenta, sección de glosa
de boletos. Participó de forma integral en la movilización de los tranviarios
y Araiza la describe como participante “dinámica” en las reuniones. Gómez
salió de la compañía de tranvías y entró a Ericsson como telefonista en 1921
y fue miembro del comité que representaba a los y las obreras. Gómez se
presentó diariamente por meses, y luego por años, a la Junta de Conciliación
y Arbitraje para negociar con los representantes de Ericsson. Gómez, como
80. Ibídem.
81. Ibídem.
82. Araiza, 1975, p. 119.
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secretaria del Interior, junto con Ignacio García, secretario General, y Rebeca
Velázquez, secretaria del Exterior, irmaban la mayoría de los documentos de
negociación frente a la Junta de Conciliación y Arbitraje.83 En marzo de 1927,
cuando el conlicto involucraba a ferrocarrileros, textileros y otros del CGT,
las telefonistas y algunos miembros del sindicato adherido a la Confederación
General de Trabajadores, nombraron una comisión para que recorriera los
talleres de los ferrocarriles con la intención de convencer también a los que
no habían secundado la huelga. La tropa apresó a las telefonistas, encabezadas por la valiente Gudelia Gómez, y las enviaron a las oicinas de la policía
de los ferrocarriles en Buenavista, que habían sido convertidas en cárcel. 84
Cuando los telefonistas de Ericsson en Torreón se sumaron el conlicto, con
sus propias quejas similares a los de la ciudad de México, Gómez, como secretaria del Interior del Sindicato de Obreros y Empleados de Ericsson, viajó
a Torreón para intervenir en el conlicto. Gómez estuvo con la compañía
Ericsson hasta 1933.
Después de un periodo de desempleo, en 1935 Gómez entró como
inspectora para el Departamento del Trabajo. Este conjunto de experiencias,
tanto ocupacionales como en las negociaciones con la compañía Ericsson
frente a la Junta Federal, la llevó a ser nombrada presidenta de la Junta de
Conciliación y Arbitraje, número 15, en Toluca, Estado de México. En
1936, en compañía de otras mujeres que trabajaban como inspectoras para
el Departamento de Trabajo y con el apoyo de Jenaro García, formaron la
Oicina Investigadora de la Situación de la Mujer y del Niño, en la que Gómez
presidió como jefa en 1947.85 La Oicina Investigadora de la Situación de la
Mujer y del Niño realizó una serie de estudios de mujeres que trabajaban en
una gran variedad de lugares, desde restaurantes hasta fábricas, y abogó por
protecciones para costureras y cabareteras, entre otras.
La participación de las mujeres en el movimiento no se limitó a líderes sobresalientes como Gómez, aunque la mayoría de los documentos de
83. AGN, JFCA 41: 928/630.
84. Elías Barrios, El Escuadrón de Hierro, 1978, pp. 134-135.
85. Adelina Zendejas, “La Mujer en la Vida”, 22 de marzo de 1947, p. 1. “Página femenina para la empleada, la
obrera, y el ama de casa; Comité Nacional Femenino de Acción Social Antialcohólico” en El Nacional, 24 de
junio de 1936, p. 3; sobre el esfuerzo de Gómez para proteger a las cabareteras véase El Nacional, 15 de octubre
de 1937, p. 4.
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negociación frente a la Junta de Conciliación y Arbitraje aparece con las irmas
de Gudelia Gómez R., secretaria del Interior. También Rebeca Velázquez,
secretaria del Exterior, desempeñó un papel importante.86 Además de su presencia, Gómez y Velázquez representaron de manera insistente los intereses
especíicos de las mujeres durante todo el conlicto. En varios momentos de
negociación, la representación de la compañía intentó cuestionar la moralidad sexual de las operadoras embarazadas y de las operadoras en general.
Velázquez no aceptó esta línea de preguntas por parte de la empresa y, al inal,
los intereses de las operadoras se aceptaron como parte integral del contrato
colectivo resultado de las negociaciones.
La participación fundamental de estas mujeres inluyó en el contenido de las negociaciones. El contrato propuesto por el sindicato de Ericsson
ailiado a la CGT se diferenció de forma sustancial del de la compañía, en
especial con relación a las mujeres. El sindicato de Ericsson comenzó por
reconocer las diversas identidades de los trabajadores, tales como obreros,
operadoras y empleados y, al mismo tiempo, consideró a todos en el mismo
régimen legal-laboral. Señalaron que la empresa se había acostumbrado a
hacer diversas interpretaciones de los términos “obrero”, “trabajador”, “operadora” y “empleado”, según su conveniencia, de tal manera que el mismo individuo en un departamento podía ser considerado obrero y, posteriormente,
para los castigos, empleado. Para rectiicar tales circunstancias, el Artículo 30
del contrato colectivo de trabajo hizo una distinción: “se entiende por ‘trabajadores’ a los obreros, operadoras y empleados”;87 éste reconocía las condiciones especíicas del trabajo de las operadoras, a quienes la empresa requirió
un trabajo más afín a la labor doméstica, tal como la limpieza del local. Las
mujeres también trabajaban jornadas mixtas y el artículo 22 del contrato estipuló que se calcularan los salarios de forma que se reconociera su derecho al
pago, a razón de su salario base más tiempo extra. Por su parte, el artículo
23 estableció requisitos para predeterminar el tiempo y las condiciones adecuadas para dormir cuando las mujeres atendieran conmutadores durante la
noche, pues “la empresa acondicionará en el mismo ediicio, con una cama y
ropa para cada una de las operadoras. En ningún caso la empresa permitirá
86.
87.
AGN, JFCA 41: 928/630.
AGN, JFCA 41. 928/630, 1928.
Anexo núm. 1, 9 de abril de 1928. La compañía promovió contratos individuales
entre sus empleados, obreros y telefonistas.
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que dos operadoras o más duerman en una misma cama. La ropa de las
camas será cambiada dos veces por semana”. El contrato también estipuló los
descansos para la jornada diurna. Con la expansión de la compañía hubo un
intento por aumentar el número de clientes atendidos por cada operadora y el
sindicato insistió en que la atención de las operadoras no excedería en ningún
caso los 200 aparatos. Se rehusaron, además, a la práctica de tomar el tiempo
en segundos para que las operadoras contestaran las llamadas, calculando así
su eiciencia.
La protección de las obreras embarazadas también iguraba en el contrato colectivo presentado por el sindicato. En los artículos referentes a la
obligación de la compañía de proveer servicio médico, se incluía a un partero
y médico alópata, de interés particular para las mujeres que se encargaban
de la salud de su familia. El artículo 23 del contrato colectivo estipuló el descanso pagado para las mujeres que estaban a punto de dar luz y, asimismo, al
regresar a su trabajo, tiempo y espacio para la lactancia.
El sindicato se posicionó a favor de los derechos laborales de las mujeres, tomando en cuenta sus circunstancias particulares de género, a la vez que
exigió un trato igualitario con los hombres. Entonces, el contrato del sindicato reconoció la igualdad de derecho entre mujeres y hombres en el artículo
14, donde “Queda establecido que a trabajo igual corresponde salario igual,
sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad …”.88 Después presentaron a la junta
un comparativo de los salarios pagados por la empresa, según lo que consideraban justo, para luego pedir un aumento de alrededor de treinta a cuarenta
por ciento, dependiendo de la posición laboral. Reconoció, además, las divisiones creadas dentro de la fuerza laboral femenina y propuso la nivelación
de los salarios de las operadoras de la Central con los de los sucursales, lo que
afectaba sobre todo a mujeres. Como justiicación por tal consideración, el
sindicato indicó que “sabe que la mujer viene llenando sus funciones sociales
en el … trabajo como el hombre, y en muchísimos casos esas mujeres que trabajan son las que sostienen a sus familias”.89 No trabajaban las mujeres, contradecían, por “diletantismo”. En su argumentación por mejores salarios, los
representantes de las telefonistas hicieron mención a sus demandas tanto en
88. AGN, JFCA 41: 928/630, 1928.
89. Ibídem.
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su calidad de trabajadoras, como de mujeres, dirigiéndose tanto a la empresa
como al público al que servían,
la operadora es siempre la víctima de reclamaciones del público, es ella la que carga
con las inconsecuencia, con las intolerancias de propios y extraños; lleva en sí el
reproche del servicio público y está sujeta a las más duras disciplinas por parte de
la Empresa. Además, la Empresa siempre se preocupa por exigir que las operadoras
se presenten decentemente vestidas, entiéndase bien DECENTEMENTE , pero ¿es
que los sueldos miserables pueden alcanzar a pagar las más imperiosas necesidades
de la vida?90
Así que si la empresa se preocupaba por la moralidad de las telefonistas, éstas pedían los recursos necesarios para proteger su salud y presentarse
físicamente vestidas con un estilo que se considerara decente. Cuestionaron
la hipocrecía de la compañía y su hincapié en las señales externas –como el
vestido–, que marcaban a una mujer como señorita a la vez que insistieron en
su demanda para mejores salarios, que serían necesarios para alcanzar tales
estándares.
El sindicato de Obreros y Empleados de la Empresa de Teléfonos
Ericsson, en abril de 1928 le escribió al jefe del Departamento del Trabajo y
presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, para que lo apoyara
en las negociaciones que aún no habían terminado.91 Después de más de seis
meses de negociaciones, la compañía y el sindicato solamente habían llegado
a ponerse de acuerdo acerca de seis artículos que, según representantes del
sindicato, favorecían solamente a la compañía. Además, durante este tiempo
la compañía ya había corrido a muchos obreros ailiados al sindicato, que se
habían rehusado a ailiarse al católico, organización patronal ahora denominada Unión Libre de Empleados y Operadores. El sindicato también se
quejó de las condiciones en las que tuvieron que negociar ante la junta, como
limitaciones de tiempo de solamente hora y media, de manera que cada día se
agotaba sin llegar a ningún acuerdo con respecto a las quejas de los obreros.
Pidieron un representante del Departamento de Trabajo, quejándose de que
90. Ibídem.
91. AGN, JFCA 41: 928/630. Carta del 11 de abril de 1928.
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la compañía les había enviado a alguien que favorecía al sindicato patronal
católico.92 Por su lado, la compañía insistía en impugnar la autoridad del
sindicato, a pesar de haber estado en negociaciones desde hacía meses, de
nuevo señalando la cantidad de telefonistas pertenecientes a la agrupación
patronal. De hecho, el representante de Ericsson se negó a presentarse ante la
junta y, en agosto de 1928, cuando ésta dictó su fallo, la empresa se negó, no
solamente a respetarlo, sino tampoco a la autoridad de la junta para decidir
“un verdadero reglamento económico” y llevó sus quejas hasta la cuarta sala
de Justicia Federal y luego a la segunda sala de la Corte Suprema de Justicia
de la Nación en 1932.93
A pesar de la insistencia de Ericsson en buscar amparo legal, el 28 de
noviembre de 1929, el sindicato y la compañía llegaron a un acuerdo acerca de
un contrato colectivo que incluía demandas esenciales de las mujeres, desde
condiciones de trabajo y el pago de salarios, hasta especíicas para las telefonistas embarazadas.94 Con respecto a este último caso, el contrato colectivo
incluyó que no realizarían trabajos que exigieran esfuerzos físicos mayores
durante los tres meses previos al parto; un descanso de dos meses como
máximo, distribuidos antes y después del parto; así como también, durante
el periodo de lactancia, se estipularon dos descansos extraordinarios al día, de
30 minutos cada uno, en lugares que reunieran condiciones de higiene básicas. Ericsson reconoció también que “a trabajo igual salario igual”, sin tomar
en cuenta el sexo. Por otro lado, las condiciones especíicas del trabajo de
operadora fueron reconocidas, así que se les otorgó un descanso de tres horas
y media, dividido en dos partes iguales. El descanso se tomaría en un local
que la empresa acondicionaría con cama y ropa para cada una de las operadoras y, como se había solicitado años antes, en ningún caso la empresa permitiría que dos o más operadoras durmieran en la misma cama; asimismo, la
ropa de cama sería cambiada una vez por semana. Por otro lado, los abusos
del sistema de pruebas se limitaron y, en cuanto cumplieran tal periodo, las
trabajadoras serían consideradas de planta. Se respetaría el escalafón y cada
92. Ibídem.
93. AGN, JFCA 41: 928/630.
94. “Strike to Force Workers into Red Union Cripples Phone Service in Mexico City” en he New York Times,
27 de agosto de 1928, p. 12.
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operadora tendría a su cargo no más de 200 aparatos, obligándolas a dar un
servicio eiciente.
Conclusión
Un análisis de los signiicados de las distinciones de clase fundados en las
normas de género inherentes a los conflictos de las telefonistas, amplía
nuestro entendimiento acerca de la cita del periódico de la CGT que abrió
el ensayo: “No hay clase media … Sólo nos separa el prejuicio atávico de
las costumbres”.95 Ciertas normas de feminidad, que la CGT entendía como
“prejuicios atávicos”, eran de suma importancia para los sindicatos de los años
veinte. Las pretensiones sobre distinciones de clase media como, por ejemplo,
el ser “señorita”, abrieron una brecha entre las personas que trabajaban en
Ericsson, lo que propició diferencias entre las señoritas y las obreras, debilitó
la fuerza del sindicato y, por tanto, afectó considerablemente las condiciones
de trabajo de todos. La maternidad fuera del matrimonio, por ejemplo, era
relevante en la cuestión de las distinciones de identidad de clase y de la deinición de los derechos laborales de las mujeres y fue parte integrante de los
conlictos entre diferentes sectores del movimiento sindical. El trato caballeroso del empleador hacia las señoritas telefonistas de la empresa, en contraste
con su desdén por trabajar al lado de mujeres embarazadas y la distancia que
mantenía con las sindicalizadas, apoyaba aún más la postura de la compañía
de negarle derechos laborales a las mujeres. Tales distinciones coinciden con
varios casos donde las escisiones entre la CNCT, la CROM y la CGT se expresaron por medio de disputas acerca de cómo las mujeres debían portarse en los
espacios laborales.96
Las identidades de clase basadas en normas de feminidad pueden
transformarse según los contextos políticos y los usos legales a los que se
aplican. Aun cuando se menciona con frecuencia la importancia del artículo
123 en cuanto a la protección para las obreras en el momento de dar luz y
el periodo de lactancia, así como la Ley de Relaciones Familiares respecto al
95. “No hay clase media” en Vía libre, 22 de septiembre de 1922, p. 2.
96. Heather Fowler-Salamini, Working Women, 2013b.
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estatus legal de las mujeres, en realidad no se sabe mucho del efecto concreto
de tal legislación. El caso de las telefonistas demuestra por sí solo que no fue
letra muerta, pero también es cierto que la aplicación de la ley no fue contundente. Los jueces de la Junta de Conciliación y Arbitraje comprendieron
que la revolución representaba, entre otras cosas, un cambio en las normas
morales y que la Ley de Relaciones Familiares debería tomarse en cuenta como
parte inherente a la Constitución de 1917. Así, los jueces de la junta, tomando
en cuenta las demandas de las mujeres, expusieron sus argumentos para yuxtaponer la Ley de Relaciones Familiares a la Constitución, lo que demuestra la
manera en que las nuevas ideas y leyes inluyeron en la vida cotidiana de las
mujeres, a través del cuestionamiento profundo de las normas tradicionales
respecto a las mujeres en el contexto laboral.
Al hablar de identidades de clase se aprende mucho más si se presta
atención a los aspectos subjetivos y a los significados culturales, en lugar
de basarnos únicamente en los análisis objetivos y condiciones materiales.
¿Cuáles fueron los términos que estos sujetos históricos utilizaron para describir su propia identidad de clase? Si tomáramos en cuenta los salarios o la
rutina laboral de las operadoras, podría denominárseles “clase obrera”. En el
caso de las operadoras ailiadas a la CGT, éstas reclamaron su identidad como
“obreras” porque las fortalecía en su argumento para la aplicación de las leyes.
De hecho, por su participación en el movimiento obrero se debería considerar
a la mayoría de las telefonistas como parte de la clase obrera. Sin embargo,
hubo otras operadoras que se referían a ellas mismas como “señoritas” y, a su
labor, como trabajo intelectual. No se quejaron, por lo menos formalmente,
de tener que vestirse “decentemente” y, aparentemente, les ofendía tener que
trabajar en una compañía en la que había mujeres que tenían hijos fuera del
matrimonio. ¿Qué ganaban estas mujeres asociándose con los ingenieros y la
gerencia? No se sabe con precisión, pero probablemente las telefonistas con
bajos salarios esperaban alcanzar algún grado de respetabilidad en el trabajo,
o quizá se conformaban con las etiquetas de la gerencia para poder trabajar.
A las que se unieron a la señorita Sofía del Valle y su grupo de estudio, seguramente les atraía la vida cultural y la convivencia basada en su fé católica.
Si para algunas mujeres la ailiación al movimiento obrero no trajo
consigo la respetabilidad que buscaban; para otras, la experiencia que lograron por medio de su activismo y liderazgo, sí les trajo cierto éxito que podría
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denominarse como respetabilidad. Gudelia Gómez aprendió mucho de su
activismo y se postuló para acceder posteriormente a una posición como
miembro de la Junta de Conciliación y Arbitraje de Toluca. También logró
formar parte de las mujeres empleadas en el Gobierno federal, quienes formaron la Oicina Investigadora de la Situación de la Mujer y del Niño, en la que
Gómez presidió como jefa en 1947. Asimismo, Gómez también participó en
el movimiento por el sufragio femenino; aun dentro de este ámbito de cierto
privilegio, seguía identiicándose como “obrera”.
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